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Fecha de publicación: 11/09/2026
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Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua

Resolución Nº 3012-2026-JNE

Expediente Nº JNE.2026242245

SAN ANTONIO - MARISCAL NIETO - MOQUEGUA

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, 10 de agosto de 2026

VISTO: el Oficio Nº 606-2026-MDSA/A/GM, del 24 de julio de 2026, mediante el cual don Johan Henrry Coaguila Flores, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua (en adelante, señor solicitante), comunicó la licencia sin goce de haber concedida a don Santos Eulogio Villegas Mamani, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTES

En el expediente JNE.2024000556

1.1. Con la Resolución Nº 0126-2024-JNE, del 8 de mayo de 2024, se declaró fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por don Melecio Felipe Rosado Cuayla; en consecuencia, se revocó el Acuerdo de Concejo Nº 001-2024-CM/MDSA, del 5 de enero de 2024, y, reformándolo, se declaró fundada la solicitud de vacancia presentada en contra de don Óscar Arnaldo Zeballos Guevara, regidor del Concejo Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por la causa de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, se dejó sin efecto la credencial otorgada a dicha autoridad y se convocó a doña Shirley Mercedes Apaza Porcela, identificada con DNI Nº 74171010, para que asuma el cargo de regidora del citado concejo distrital, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026.

En el presente expediente

1.2. Mediante el oficio del visto, el señor solicitante informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor alcalde, a fin de que se efectúe la convocatoria correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 049-2026-CM/MDSA, del 3 de junio de 2026, mediante el cual el Concejo Distrital de San Antonio, acordó aprobar la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde, por treinta (30) días naturales, por el periodo del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las ERM 2026.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación.

En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, el numeral 2 del citado artículo preceptúa que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1

1.3. Mediante el mencionado decreto, se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los consejos regionales de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales a nivel nacional.

En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20262

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:

6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones). [Resaltados agregados].

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14 contempla:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. En el presente expediente se verifica que, el 26 de mayo de 2026, el señor alcalde presentó ante la Municipalidad Distrital de San Antonio su solicitud de licencia sin goce de haber por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, esto es, dentro del plazo establecido para su presentación (ver SN 1.4.). Asimismo, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 049-2026-CM/MDSA, del 3 de junio de 2026, el Concejo Municipal aprobó la referida licencia, con motivo de su participación en las ERM 2026.

2.2. Conforme al numeral 1 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.), en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil de su propia lista electoral.

2.3. De acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, emitida con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022), corresponde convocar al primer regidor proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, agrupación a la que pertenece la autoridad edil cuya licencia ha sido aprobada.

2.4. En consecuencia, dado que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, y con la finalidad de garantizar la continuidad del gobierno municipal durante el periodo de ausencia temporal de la autoridad edil, corresponde dejar sin efecto temporalmente la credencial otorgada al señor alcalde y convocar a doña Ledi Lourdes Mamani Mazuelos, identificada con DNI Nº 04415309, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Antonnio, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

2.5. Asimismo, al corresponder que doña Ledi Lourdes Mamani Mazuelos asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa, resulta necesario completar el número de regidores del Concejo Distrital de San Antonio. Al respecto, se advierte que la lista de candidatos no proclamados de la organización política Alianza para el Progreso se encuentra agotada, toda vez que doña Shirley Mercedes Apaza Porcela, quien ocupaba la quinta posición de la lista de candidatos a regidores de dicha organización política, fue convocada mediante la Resolución Nº 0126-2024-JNE, del 8 de mayo de 2024, para reemplazar a don Óscar Arnaldo Zeballos Guevara.

2.6. Ante el agotamiento de la referida lista, corresponde verificar, según el orden de votación obtenido en las ERM 2022, la existencia de candidatos no proclamados hábiles en las demás organizaciones políticas. Así, se advierte que los candidatos a regidores de Podemos Perú tienen la condición de improcedentes; asimismo, respecto de Avanza País - Partido de Integración Social, doña Jackeline María Medina López ya fue proclamada como regidora, mientras que los demás integrantes de su lista no cuentan con la condición de candidatos inscritos.

2.7. En ese sentido, corresponde continuar con la organización política Partido Político Nacional Perú Libre, en cuya lista la candidata ubicada en la primera posición tiene la condición de excluida, mientras que don Gonzalo Flores Churaira, identificado con DNI Nº 46140952, ubicado en la segunda posición, figura como inscrito. Por consiguiente, corresponde convocarlo para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Antonio, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

2.8. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, con motivo de las ERM 2022.

2.9. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, temporalmente, la credencial otorgada a don Santos Eulogio Villegas Mamani, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de la licencia sin goce de haber aprobada mediante el Acuerdo de Concejo N° 049-2026-CM/MDSA, del 3 de junio de 2026.

2. CONVOCAR a doña Ledi Lourdes Mamani Mazuelos, identificada con DNI Nº 04415309, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, en reemplazo de don Santos Eulogio Villegas Mamani, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. CONVOCAR a don Gonzalo Flores Churaira, identificado con DNI Nº 46140952, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Antonio, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2553163-1