Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar en congreso a realizarse en España
UNIVERSIDAD NACIONAL
DEL ALTIPLANO - PUNO
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 1950-2026-R-UNA
Puno, 9 de setiembre del 2026
VISTOS:
El OFICIO Nº 598-2026-D-FCCA-UNA (12-08-2026), cursado por la señora Decana de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Casa Superior de Estudios, referido al requerimiento de autorización de viaje al exterior, del docente de la Escuela Profesional de Ciencias Contables, Dr. JAVIER BELTRÁN MAMANI LARICO, con fines de participación en calidad de ponente en evento de carácter internacional con sede en la ciudad de MADRID - ESPAÑA;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;
Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello, se colige que todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria;
Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado, en su artículo 4º sobre la publicidad, establece: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente, su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”;
Que, el art. 93 del Estatuto – UNA-PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “93.16 Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”;
Que, con OFICIO Nº 598-2026-D-FCCA-UNA, la señora Decana de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Casa Superior de Estudios, hace alcance la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 275-2026-D-FCCA-UNA (12-08-2026), que autoriza la licencia por capacitación oficializada del 17 al 28 de setiembre del 2026, a favor del docente, Dr. JAVIER BELTRÁN MAMANI LARICO, para su participación en calidad de PONENTE en el XIII CONGRESO INTERNACIONAL DE GOBIERNO ADMINISTRACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS GIGAPP 2026, que se desarrollará del 21 al 25 de setiembre 2026, con sede en la ciudad de MADRID – ESPAÑA, con la ponencia: “Proyectos de Inversión en infraestructura vial y su incidencia en el desarrollo socioeconómico de la Región Puno - Perú”; acto administrativo que a su vez, autoriza la asignación de una Bolsa de Viaje por el monto de OCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/. 8,000.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados – Programa de Maestría en Contabilidad y Administración, Centro de Costo 02.06.04.03.08. Solicitándose su ratificación;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Presupuesto, ha emitido su opinión técnica contenida en el INFORME Nº 1671-2026-UP-OPP-UNA-PUNO (13-08-2026), del cual se infiere la existencia de disponibilidad presupuestal en la Meta SIAF 0011 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.03.08 Maestría en Contabilidad y Administración mención en Gestión Pública; considerando por consiguiente, VIABLE su autorización por el monto de S/. 8,000.00 Soles. Por su parte, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 599-2026-OAJ-UNA-PUNO (13-08-2026), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, contiene pronunciamiento favorable para autorizar el viaje al exterior, del docente comprendido en la presente;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; contando con el INFORME Nº 0648-2026-ADMC-EPG-UNA emitido por Administrador Contable de la Escuela de Posgrado, sobre la existencia de disponibilidad de fondos para la atención del presente requerimiento; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 013-2026-AU-UNA; y,
De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 07 de setiembre del 2026;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de MADRID - ESPAÑA, del docente de la Escuela Profesional de Ciencias Contables, Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, Dr. JAVIER BELTRÁN MAMANI LARICO, del 17 al 28 de setiembre del presente año, con fines de participación en calidad de PONENTE en el XIII CONGRESO INTERNACIONAL DE GOBIERNO ADMINISTRACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS GIGAPP 2026, con el tema “Proyectos de Inversión en infraestructura vial y su incidencia en el desarrollo socioeconómico de la Región Puno - Perú”, que se desarrollará del 21 al 25 de setiembre del 2026; acorde con la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 275-2026-D-FCCA-UNA y fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, se otorgue una bolsa de viaje por la suma de OCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/. 8,000.00), a favor del docente, Dr. JAVIER BELTRÁN MAMANI LARICO, con cargo a la Meta SIAF 0011 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.03.08 Maestría en Contabilidad y Administración mención en Gestión Pública.
Artículo Tercero.- El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la institución, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DANTE ATILIO SALAS AVILA
Rector
ANA PAOLA PALOMINO TORRES
Secretaria General
2552953-1