Derogan la Ordenanza Regional N° 000006-2026-GR.LAMB/CR, que aprueba la incorporación de precisiones técnicas, información complementaria y un texto consolidado del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) Lambayeque al 2040
ORDENANZA REGIONAL
N° 000012-2026-GR.LAMB/CR [516379120 - 10]
Chiclayo 4 de setiembre de 2026
El Gobernador Regional del Gobierno Regional Lambayeque;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de agosto de 2026, aprobó la derogatoria de la Ordenanza Regional N° 00006-2026-GR.LAMB/CR, que aprueba la incorporación de precisiones técnicas, información complementaria y un texto consolidado del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) Lambayeque al 2040.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú establecen que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ejerciendo sus funciones con arreglo a la Constitución y las leyes.
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que las Ordenanzas Regionales constituyen las normas de mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico regional y regulan materias de competencia del Gobierno Regional, debiendo sujetarse al ordenamiento jurídico nacional.
Que, el Decreto Legislativo N° 1088 creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como ente rector del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, correspondiéndole establecer las políticas, directivas, metodologías y lineamientos técnicos de observancia obligatoria para todas las entidades públicas.
Que, la planificación estratégica constituye un sistema nacional sujeto a principios de coordinación, articulación, consistencia metodológica y alineamiento con las políticas nacionales, correspondiendo a los Gobiernos Regionales adecuar sus instrumentos de gestión a las disposiciones emitidas por el CEPLAN.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 000003-2026-GR.LAMB/CR se aprobó el Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) Lambayeque al 2040, instrumento de planeamiento estratégico formulado conforme a la metodología aprobada por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, respecto del cual dicho ente rector emitió opinión técnica favorable al verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la “Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial”.
Que, mediante Ordenanza Regional N° 000006-2026-GR.LAMB/CR se aprobó la integración del Anexo del Plan de Desarrollo Regional Concertado Lambayeque al 2040, incorporando precisiones técnicas e información complementaria en los apartados de caracterización y diagnóstico, así como un texto consolidado del referido instrumento.
Que, el numeral 38.3 de la Directiva General de Planeamiento Estratégico, aprobada mediante Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, establece que la solicitud de opinión técnica al CEPLAN es obligatoria para los Planes de Desarrollo Regional Concertado, disponiendo además en el literal d) del numeral 39 que toda propuesta de modificación de un plan aprobado debe contar previamente con una nueva opinión técnica del ente rector.
Que, de la revisión técnica efectuada por los órganos competentes del Gobierno Regional de Lambayeque, en concordancia con las precisiones formuladas por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, mediante Oficio N° 000369-2026-CEPLAN-PCD, se ha determinado que la Ordenanza Regional N° 000006-2026-GR.LAMB/CR incorporó modificaciones al Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) Lambayeque al 2040 mediante un procedimiento no previsto en la normativa del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, sin contar previamente con la opinión técnica correspondiente del ente rector, afectando la consistencia metodológica y la seguridad jurídica del instrumento de planeamiento.
Que, asimismo, se ha identificado la necesidad de fortalecer la seguridad jurídica y la articulación de los instrumentos de planeamiento institucional, evitando interpretaciones divergentes o eventuales observaciones de los órganos rectores y de control.
Que, en aplicación de los principios de legalidad, competencia, jerarquía normativa, coordinación intergubernamental y mejora continua de la gestión pública, resulta necesario dejar sin efecto la Ordenanza Regional N° 000006-2026-GR.LAMB/CR, a fin de garantizar la adecuada implementación del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2026 - 2040.
Que, mediante Informe Legal N° 000677-2026-GR.LAMB/ORAJ [516379120-4], de fecha 30 de julio de 2026, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha opinado que resulta procedente la solicitud de la derogación de la Ordenanza Regional N° 000006-2026-GR.LAMB/CR, en los términos contenidos en el proyecto formulado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, conforme a la propuesta consolidada que adjuntan, toda vez que constituye una medida jurídicamente idónea, razonable y proporcional para preservar la coherencia metodológica del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, al encontrarse debidamente sustentada en el marco constitucional, en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Decreto Legislativo N° 1088, en la Directiva General de Planeamiento Estratégico, en la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado y en los principios previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS.
Que, en concordancia a lo expuesto, mediante Dictamen N° 023-2026-GR.LAMB/CR-CSCYDC, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Inversión y Cooperación Internacional ha recomendado, entre otros aspectos, que el Consejo Regional apruebe lo solicitado por el Ejecutivo Regional, considerando los informes técnicos y legales que forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Así, en Sesión Ordinaria de fecha 19 de agosto de 2026, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, conforme a lo acordado y aprobado, y de acuerdo a las atribuciones y facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a su Reglamento Interno del Consejo Regional, ha aprobado lo siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL N° 00006-2026-GR.LAMB/CR, QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE PRECISIONES TÉCNICAS, INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Y UN TEXTO CONSOLIDADO DEL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO (PDRC) LAMBAYEQUE AL 2040.
Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional N° 000006-2026-GR.LAMB/CR, que
aprueba la incorporación de precisiones técnicas, información complementaria y un texto consolidado del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) Lambayeque al 2040; DEJÁNDOSE SIN EFECTO todas sus disposiciones en dicho cuerpo normativo.
Artículo Segundo.- DISPONER que las dependencias y entidades del Gobierno Regional Lambayeque, en el ámbito de sus competencias, deberán adoptar las medidas administrativas y técnicas necesarias para asegurar la implementación del Plan de Desarrollo Regional Concertado (PDRC) Lambayeque 2026-2040, de conformidad con su contenido técnico aprobado, garantizando la ejecución de sus objetivos, acciones estratégicas e indicadores territoriales desde el año 2026, así como su adecuada articulación con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y los procesos de programación, presupuesto, seguimiento y evaluación.
Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina Regional de Administración publique la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, así como en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la región Lambayeque y en el Portal Web institucional del Gobierno Regional de Lambayeque (www.regionlambayeque.gob.pe).
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a todas las dependencias del Gobierno Regional Lambayeque, a efecto de que, a través de ellas, se ponga en conocimiento al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN la presente ordenanza regional.
Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque para su promulgación conforme a Ley.
Dado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, a los DIECINUEVE días del mes de AGOSTO del año dos mil veintiséis.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
JORGE LUIS PEREZ FLORES
Gobernador Regional
2552632-1