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Fecha de publicación: 10/09/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN en representación de los Colegios Profesionales del Perú

Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

RESOLUCIóN N° 2154-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026241829

EL PORVENIR - TRUJILLO - LA LIBERTAD

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, 30 de julio de 2026

VISTO: el Oficio N° 0283-2026-MDEP/SG, del 22 de julio de 2026, mediante el cual don Víctor Hugo Alvarado Rodríguez, secretario general de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad (en adelante, señor solicitante), remitió el Acuerdo de Concejo N° 039-2026-MDEP, del 13 de julio de 2026, y la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por doña Johana Elizabeth Oloya Sánchez, regidora de la referida comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de su participación como candidata al cargo de regidora provincial en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTES

1.1. A través del oficio citado en el visto, el señor solicitante remitió el Acuerdo de Concejo N° 039-2026-MDEP, del 13 de julio de 2026, por el cual el Concejo Distrital de El Porvenir aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por la señora regidora, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación como candidata a regidora provincial en las ERM 2026.

1.2. Asimismo, se adjuntó el cargo de la solicitud de licencia sin goce de haber que la señora regidora presentó el 12 de junio de 2026 ante la Municipalidad Distrital de El Porvenir, con motivo de su participación como candidata al cargo de regidora provincial en las ERM 2026.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley N. º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1

1.3. Se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20262

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:

[…]

6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del JNE3 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14 regula lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, por el Acuerdo de Concejo N° 039-2026-MDEP, del 13 de julio de 2026, el Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por la señora regidora para participar como candidata a regidora provincial en las ERM 2026, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.

2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 6.1. del numeral 6 de la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de la licencia abarca desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las ERM 2026.

2.3. En ese sentido, dado que el Concejo Distrital de El Porvenir aprobó la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por la señora regidora, corresponde, de conformidad con la LOM y la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), y a fin de completar el número legal de miembros del concejo municipal, convocar a don Félix Fernando Quipas Huaylla, identificado con DNI N° 48120425, candidato no proclamado de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidor del referido concejo. Para tal efecto, se le otorgará la credencial que lo acredite como tal.

2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Johana Elizabeth Oloya Sánchez, como regidora del Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.

2. CONVOCAR a don Félix Fernando Quipas Huaylla, identificado con DNI N° 48120425, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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