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Fecha de publicación: 07/10/2026
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Conceden licencia con goce de haber a docentes de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento académico en México

UNIVersidad NACional DE SAN ANTONIO

ABAD DEL CUSCO

secretaría general

RESOLUCIÓN N° CU-475-2026-UNSAAC

Cusco, 21 de agosto del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, el Oficio Nro. 376-2026-FIC-UNSAAC/VIRTUAL, registrado con el Expediente Nro. 26071010 presentado por el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil de la Institución, solicitando autorizar licencia con goce de haber que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el expediente del Visto, el DR. ING. JOSE FRANCISCO SERRANO FLORES, profesor principal a dedicación exclusiva en el Departamento Académico de Ingeniería Civil y decano de la Facultad de Ingeniería Civil, hace de conocimiento que, conjuntamente con el DR. ING. ADRIEL GAMARRA DURAND, profesor principal a dedicación exclusiva en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, han recibido invitación para participar en el XXV CONGRESO NACIONAL DE INGENIERIA ESTRUCTURAL, a desarrollarse en la ciudad de León, Guanajuato - México, del 29 al 31 de octubre de 2026;

Que, por tal motivo solicita se les otorgue licencia con goce de haber, del 28 de octubre al 02 de noviembre de 2026, a fin de constituirse en la ciudad de León, Guanajuato - México y participar en el XXV CONGRESO NACIONAL DE INGENIERIA ESTRUCTURAL; precisando que dicho periodo comprende los días necesarios para su desplazamiento de ida y retorno; asimismo, solicita se le otorgue pasajes, viáticos e inscripción;

Que, mediante Informe Nro. 02-2026-DAIC-UNSAAC el director del Departamento Académico de Ingeniería Civil, señala que el pedido de los docentes en referencia fue aprobado por unanimidad, conforme se desprende del acta de sesión extraordinaria de fecha 08 de julio de 2026 de la Junta de Docentes del referido Departamento Académico, que forma parte del expediente;

Que, obran en el expediente las cartas de compromiso del Mgt. Ing. Mijail Montesinos Escobar y Mgt. Ing. Daniel Chavarry Morveli, quienes asumirán la carga académica de los referidos docentes durante su ausencia por la licencia académica solicitada, con lo que se garantiza la solución de la carga académica;

Que, forma parte de los actuados la carta de fecha 04 de junio de 2026, suscrita por el Presidente de la Sociedad Mexicana de Ingeniería Estructural A.C., mediante la cual cursa invitación a los docentes señalados precedentemente para participar en el referido evento académico;

Que, a través del Informe Escalafonario Nro. 1921-2026-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL), el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones, da a conocer la carrera docente de los beneficiarios de la licencia;

Que, con Oficio Nro. 562-2026-VRAC-UNSAAC el Vicerrector Académico de la Institución, emite opinión favorable para otorgar la licencia con goce de haber y eleva el expediente para la emisión de la resolución respectiva;

Que, conforme a lo señalado, la jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 1211-2026, indicando que existe crédito presupuestal, debiendo afectarse conforme al detalle que aparece en el anexo de la presente resolución;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje;

Que, el presente expediente ha sido puesto a consideración del Consejo Universitario en sesión ordinaria realizada el día 19 de agosto de 2026, siendo aprobado por mayoría;

Estando al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor de los docentes: DR. ING. JOSE FRANCISCO SERRANO FLORES, Decano de la Facultad de Ingeniería Civil y DR. ING. ADRIEL GAMARRA DURAND, profesor principal a dedicación exclusiva en el Departamento Académico y Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, del 28 de octubre al 02 de noviembre de 2026, a fin de que participen en el XXV CONGRESO NACIONAL DE INGENIERIA ESTRUCTURAL, a llevarse a cabo del 29 al 31 de octubre de 2026, en la ciudad de León, Guanajuato - México, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a cada uno de los docentes DR. ING. JOSE FRANCISCO SERRANO FLORES y DR. ING. ADRIEL GAMARRA DURAND los siguientes conceptos:

• Apoyo Económico traducido en viáticos por dos (02) días: S/ 2,956.80 ($ 880 = T.C. S/ 3.36 al 14/08-SUNAT).

• Pasajes aéreos

• Publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

• Inscripción a evento

Tercero.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nro. 1211-2026 que en anexo constituye parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los beneficiarios de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo, están en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, los comisionados deberán de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD; rendición de cuenta que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS- RESOLUCIÓN Nro..NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentarán informe ante el Despacho Rectoral.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.

Séptimo.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones publique la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe y Página Web Institucional: www.unsaac.edu.pe

El Vicerrectorado Académico, Dirección General de Administración y Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LAURO ENCISO RODAS

Rector

Nota: La Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco ha señalado que el anexo de la presente Resolución N° CU- 475 -2026-UNSAAC esta publicada en la siguiente página web: https://www.gob.pe/unsaac

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