Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Moquegua a España, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL
DE MOQUEGUA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
N° 588-2026-CU
Moquegua, 2 de setiembre de 2026
VISTOS:
El Informe N° D0060-2026-DAVM y el Informe N° D0018-2026-SIAI/DCII/VRI/UNAM, correspondientes a las solicitudes de comisión de servicios al exterior presentadas por los docentes investigadores; los Informes N° D0497-2026-UNAM-VRI-DCII y N° D0544-2026-UNAM-VRI-DCII, emitidos por la Dirección de Centros e Institutos de Investigación Interfacultativos; los Informes N° D1861-2026-UNAM-R-OPP-UP y N° D1931-2026-UNAM-R-OPP-UP, emitidos por la Unidad de Presupuesto; los Informes N° D1826-2026-UNAM-R-OPP y N° D1892-2026-UNAM-R-OPP, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Legales N° D1150-2026-UNAM-R-OAJ y N° D1184-2026-UNAM-R-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; los Oficios N° D0179-2026-UNAM-VRI y N° D0186-2026-UNAM-VRI, emitidos por el señor Vicerrector de Investigación; los Proveídos N° D4318-2026-UNAM-R y N° D4394-2026-UNAM-R, emitidos por el señor Rector de la Universidad Nacional de Moquegua; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al 4to párrafo del artículo 18, de la Constitución Política del Perú, el artículo 8 de la Ley N° 30220-Ley Universitaria. Concordante con el artículo 1, de la Ley N° 31520, así como la Ley N° 32141, que establece sobre la autonomía Universitaria y fortalecimiento institucionalidad de las Universidades Públicas licenciadas;
Que, de conformidad con el artículo 149 del TUO de la Ley N° 27444, la autoridad administrativa puede disponer la acumulación de procedimientos que guarden conexión; en ese sentido, y existiendo vinculación en los hechos y pretensiones, corresponde acumular los actuados a fin de garantizar la economía procedimental;
Que, el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria N° 09-2026-SO-CU-UNAM, de fecha 02 de setiembre de 2026, ACORDÓ: POR UNANIMIDAD, AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al exterior del país y el otorgamiento de pasajes y viáticos a favor del Dr. César Augusto Napa Almeyda, Investigador Principal, por el periodo del 20 de setiembre al 04 de octubre de 2026; y del Dr. Saul Huaquipaco Encinas, Investigador Principal, por el periodo del 21 de setiembre al 03 de octubre de 2026;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220-Ley Universitaria, y el Estatuto de la Universidad y lo acordado por el pleno del Consejo Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al exterior del país al Dr. César Augusto Napa Almeyda, del 20 de setiembre al 04 de octubre de 2026, al Instituto de Investigación en Ciencias de la Alimentación (CIAL), instituto mixto del CSIC y la UAM, en Madrid - España, y al Dr. Saul Huaquipaco Encinas, del 21 de setiembre al 03 de octubre de 2026, al Grupo de Reconocimiento de Formas e Inteligencia Artificial (GRFIA) de la Universidad de Alicante - España; en su condición de docentes investigadores de la Universidad Nacional de Moquegua.
Artículo 2°.- OTORGAR viáticos y pasajes terrestres, pasajes aéreos (Moquegua - Tacna - Lima, Perú - Madrid, España y viceversa), a favor del Dr. César Augusto Napa Almeyda, por el monto de S/ 20,300.00 soles.
Artículo 3°.- OTORGAR viáticos y pasajes aéreos (Lima, Perú - Madrid, España y viceversa), a favor del Dr. Saul Huaquipaco Encinas, por el monto de S/ 6,790.00 soles.
Artículo 4°.- DISPONER que, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluido el viaje, tanto el Dr. César Augusto Napa Almeyda, así como el Dr. Saul Huaquipaco Encinas, presenten ante el Titular de la Entidad un informe detallado que describa las actividades realizadas, los resultados obtenidos durante la comisión de servicios autorizada, así como la correspondiente rendición de cuentas, conforme a la normativa vigente.
Artículo 5°.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.
Artículo 6°.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Moquegua (www.unam.edu.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase.
HUGO RUBEN MARCA MAQUERA
Rector
Presidente del Consejo Universitario
JOSE LUIS PACHECO CACERES
Secretario General
2552094-1