Aceptan donación dineraria de la Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz, en el marco de convenio de cooperación interinstitucional para el financiamiento de servicios educativos en el distrito de Pataz, provincia de Pataz, departamento de La Libertad
ACUERDO REGIONAL
N° 000172-2026-GRLL-CR
Trujillo, 7 de septiembre del 2026
AUTORIZAR LA ACEPTACIÓN DE DONACIÓN DINERARIA DE LA ASOCIACIÓN PATAZ, DESTINADA A FINANCIAR INTERVENCIONES DE APOYO EN EL SECTOR EDUCACIÓN, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS FOCALIZADAS DE LOS NIVELES PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL DISTRITO DE PATAZ Y HUAYLILLAS, BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA UNIDAD DE
GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PATAZ
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 01 de septiembre del 2026, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen N° 00043-2026-GRLL-CR- COMPLAN de fecha 28 de agosto del 2026 suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dr. Samuel Alfonso Leiva López, que contiene el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a “AUTORIZAR LA ACEPTACIÓN DE DONACIÓN DINERARIA DE LA ASOCIACIÓN PATAZ, DESTINADA A FINANCIAR INTERVENCIONES DE APOYO EN EL SECTOR EDUCACIÓN, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y COMPROMISO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL PARA LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS FOCALIZADAS DE LOS NIVELES PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL DISTRITO DE PATAZ Y HUAYLILLAS, BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PATAZ”, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, los literales a) y d) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establecen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios;
Que, la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz, en el marco de sus competencias, tiene, entre otras, la función y responsabilidad de orientar la aplicación de las políticas nacionales y regionales en materia de gestión educativa, coadyuvando a que las instituciones educativas promuevan una educación integral, basada en valores, que contribuya al desarrollo personal de los educandos y a su integración en la sociedad como ciudadanos justos y solidarios;
Que, en el contexto de lo señalado precedentemente, el Gobierno Regional de La Libertad, con fecha 11 de febrero de 2026, suscribió el “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad, Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz para el financiamiento de la cobertura de servicios educativos en el distrito de Pataz, provincia de Pataz, departamento de La Libertad”, modificado mediante Primera Adenda de fecha 4 de agosto de 2026, cuyo objetivo es aunar y establecer esfuerzos para lograr la cobertura de los servicios educativos en las instituciones educativas de los niveles primaria y secundaria, principalmente en el distrito de Pataz, con la finalidad de mejorar la calidad educativa de los estudiantes de dichas instituciones educativas; para tal efecto, las partes otorgarán el financiamiento conforme a los montos descritos en el Anexo 01: “Detalle de plazas del convenio para 2026”, bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz;
Que, conforme al Convenio Interinstitucional suscrito entre el Gobierno Regional de La Libertad, Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz, y de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.3 de la Cláusula Quinta, denominada “Obligaciones de las partes”, la Asociación Pataz efectuará una donación dineraria ascendente a la suma de S/ 739,456.00 (Setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis y 00/100 soles), destinada al pago de los honorarios profesionales de los docentes contratados por la UGEL Pataz, conforme al Anexo 01: “Detalle de plazas del convenio para 2026”;
Que, mediante Informe Nº 000095-2026-GRLL-GGR-UGELPT-AGI-JGJ, de fecha 12 de agosto de 2026, concluyó que el Convenio de Cooperación Institucional y su Primera Adenda contemplan un mecanismo de financiamiento mediante donaciones dinerarias destinadas a atender los gastos derivados de la contratación del personal docente. Asimismo, conforme a la documentación obrante en el expediente, el Anexo Nº 01 contiene la programación financiera correspondiente al ejercicio fiscal 2026 por el importe total de S/ 739,456.00 (setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y seis y 00/100 soles). No obstante, la solicitud de incorporación presupuestaria materia del presente expediente se circunscribe a los recursos efectivamente percibidos y acreditados a favor del Gobierno Regional La Libertad, por el importe de S/. 379,349.00 (trescientos setenta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve y 00/100 soles);
Que, en cumplimiento de los compromisos asumidos en el Convenio Interinstitucional, la Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz, durante el año fiscal 2026, han efectuado depósitos de los fondos donados en moneda nacional por la suma de S/ 379,349.00 (Trescientos setenta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve y 00/100 soles) monto acreditado mediante copia del reporte denominado “Resumen de recaudación de ingresos por fuente de financiamiento - Donaciones y Transferencias”, que se anexa y forma parte del expediente promovido mediante Oficio N° 001152-2026-GRLL-GGR-GRE-UGELPT, de fecha 13 de agosto de 2026, presentado ante la Gerencia Regional de Presupuesto del Gobierno Regional de La Libertad por la directora de la UGEL Pataz, mediante el cual solicita la incorporación de mayores recursos, vía crédito suplementario, por el monto total de S/ 379,349.00 (Trescientos setenta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve y 00/100 soles), con cargo a los fondos donados durante el presente año fiscal por la Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz, para el financiamiento del pago del personal docente contratado para la cobertura de servicios educativos en el distrito de Pataz, conforme al Convenio Interinstitucional antes referido;
Que, el numeral 70.1 del artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes de aquellas vinculadas a operaciones de endeudamiento público, se aceptan mediante Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo, en el caso de los Gobiernos Regionales, y de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y su finalidad. Dicha Resolución o Acuerdo se publica en su portal institucional. Los Gobiernos Locales que carezcan de página web realizan la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional;
Que, asimismo, el numeral 70.2 del artículo 70 del Decreto Legislativo N° 1440 establece que la entidad beneficiaria de la donación es responsable de garantizar el financiamiento de las contrapartidas derivadas de la donación, con cargo a su presupuesto institucional, de ser el caso;
Que, mediante Informe Nº 000275-2026-GRLL-GGR-GRP, de fecha 19 de agosto de 2026, la Gerencia Regional de Presupuesto evaluó la solicitud de incorporación de mayores ingresos y, conforme a la documentación que obra en el expediente, emitió opinión favorable respecto de la incorporación presupuestaria del importe de S/ 379,349.00, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, señalando que los recursos se encuentran efectivamente percibidos y disponibles para su incorporación presupuestaria, de acuerdo con la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Para tal efecto, ha formulado la propuesta de Acuerdo Regional para formalizar la aceptación de la donación dineraria y viabilizar su incorporación al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora Nº 308-842 Educación Pataz, para el cumplimiento de la finalidad específica prevista en el Convenio y su Primera Adenda;
Que, con Informe Legal N° 0017-2026-GRLL-GGR-GRAJ-VJDR, de fecha 20 de agosto del 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, concluye que: RESULTA JURÍDICAMENTE PROCEDENTE la aprobación de la propuesta de Acuerdo de Consejo Regional, mediante el cual se acepte la donación dineraria efectuada por Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz a favor del Gobierno Regional La Libertad, por el importe efectivamente recibido de S/ 379,349.00 (trescientos setenta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve y 00/100 soles), conforme a lo informado por la Gerencia Regional de Presupuesto mediante Informe Nº 000275-2026-GRLL-GGR-GRP. Dicha donación está destinada a contribuir al financiamiento de la contratación de dieciséis (16) plazas docentes, de las cuales quince (15) están destinadas a instituciones educativas públicas de los niveles de educación primaria y secundaria ubicadas en el distrito de Pataz, y una (01) plaza corresponde a una institución educativa ubicada en el distrito de Huaylillas, ambos distritos de la provincia de Pataz, en el marco del Convenio de Cooperación Institucional suscrito el 11 de febrero de 2026 entre el Gobierno Regional La Libertad, Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz, cuyo objeto es contribuir a garantizar la continuidad del servicio educativo en las referidas instituciones educativas;
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 14° y 52° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 0013-2020-GR- LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDO POR UNANIMIDAD:
Artículo Primero.- ACEPTAR LA DONACIÓN DINERARIA
Aceptar la donación dineraria efectuada en el marco del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad, Compañía Minera Poderosa S.A. y Asociación Pataz para el financiamiento de la cobertura de servicios educativos en el distrito de Pataz, provincia de Pataz, departamento de La Libertad”, ascendente a la suma de S/ 379,349.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) destinada a financiar las intervenciones de apoyo en el sector educación para las instituciones educativas focalizadas de los niveles primaria y secundaria, correspondientes a quince (15) plazas docentes en el distrito de Pataz y una (1) plaza docente para una institución educativa ubicada en el distrito de Huaylillas, bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz.
Artículo Segundo.- DISPONER LA INCORPORACIÓN DE LOS RECURSOS
Disponer que la Gerencia Regional de Presupuesto efectúe las acciones correspondientes para la incorporación de recursos, hasta por el monto de la donación ascendente a S/ 379,349.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 308: Educación Pataz, conforme al requerimiento efectuado por la directora de la UGEL Pataz, destinados al pago del personal docente correspondiente a las intervenciones de apoyo en el sector educación previstas en el Convenio de Cooperación Interinstitucional antes referido.
Artículo Tercero.- RESPONSABILIDAD DEL DESTINO DE LOS RECURSOS
Establecer que la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz es responsable de garantizar que los recursos provenientes de la donación sean destinados exclusivamente al pago de los honorarios correspondientes a los docentes durante el año escolar 2026, de conformidad con las intervenciones de apoyo en el sector educación previstas para las instituciones educativas focalizadas en los distritos de Pataz y Huaylillas.
Artículo Cuarto.- DIFUNSIÓN
Difundir el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.
POR TANTO,
Mando se registre, publique y cumpla.
INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON
Presidenta del Consejo Regional
Gobierno Regional La Libertad
2552039-1