Ordenanza Municipal que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Provincial de Pataz
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 11-2026-MPP
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PATAZ
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Pataz, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de julio de 2026;
VISTOS:
El Oficio N° 000980-2026-SERVIR-PE suscrito por el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, Memorándum N° 0289-2026-MPP/GM, suscrito por la Gerente Municipal, Informe N° 760-2026-MPP/URR.HH.BS, suscrito por el Jefe de Recursos Humanos y Bienestar Social, Informe N° 0142-2026-MPP/OAJ, suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, Informe N° 0127-2026-MPP/GM, suscrito por la Gerente Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndoles ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración conforme al ordenamiento jurídico vigente.
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 8 del artículo 9 de la Ley N° 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo, el artículo 40 señala que las ordenanzas son las normas de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y de las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece el Principio de Legalidad, según el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas.
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, con competencia para emitir normas, opiniones técnicas y directivas que regulan la organización y gestión del recurso humano en las entidades públicas.
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establecen las normas orientadas a la modernización de la gestión de recursos humanos en las entidades públicas;
Que, el artículo 46° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Sistemas Administrativos son de aplicación (Nacional, Regional y Local) y tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso; entre estos Sistemas Administrativos se encuentra el Sistema de Gestión de los Recursos Humanos;
Que, el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, precisa lo siguiente:
Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional): Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE).
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH denominada “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, modificada posteriormente por SERVIR, la cual establece los lineamientos, requisitos, procedimientos y criterios técnicos para la formulación, actualización y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional en las entidades públicas.
Que, conforme a la citada Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional constituye un instrumento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos estructurales previstos por la entidad, definidos sobre la base de su estructura orgánica vigente y del Manual de Clasificador de Cargos, constituyéndose en un instrumento indispensable para la adecuada administración de los recursos humanos.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 013-2025-MPP-T, de fecha 23 de septiembre de 2025, la Municipalidad Provincial de Pataz aprobó su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), estableciendo la estructura orgánica, competencias y funciones de los órganos y unidades orgánicas que conforman la entidad.
Que, mediante Resolución de Gerencia N° 0373-2026-MPP-GM, de fecha 21 de abril de 2026, se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos (MCC), instrumento técnico que clasifica los cargos estructurales de la entidad conforme a la estructura orgánica establecida en el ROF, constituyendo el sustento técnico para la elaboración del CAP Provisional.
Que, mediante Oficio N° 000980-2026-SERVIR-PE, de fecha 23 de junio de 2026, suscrito por el Presidente Ejecutivo -Autoridad Nacional del Servicio Civil, adjunta el Informe Técnico N° 000055-2026-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos que contiene la opinión Técnica favorable de SERVIR del Cuadro para Asignación de Personal (CAP Provisional) de la Municipalidad Provincial de Pataz.
Que, mediante Memorándum N° 0289-2026-MPP/GM, de fecha 24 de junio de 2026, suscrito por la Gerente Municipal, solicita informe técnico para aprobación del CAP Provisional de la Municipalidad Provincial de Pataz (con opinión favorable de SERVIR)
Que, mediante Informe N° 760-2026-MPP/URR.HH.BS, de fecha 01 de julio de 2026, suscrito la Unidad de Recursos Humanos y Bienestar Social, sustenta la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Provincial de Pataz, señalando que el mismo se encuentra alineado a la estructura orgánica vigente ROF y al Manual de Clasificador de Cargos aprobado por la entidad, resultando técnica y legalmente viable su aprobación mediante Ordenanza Municipal;
Que, mediante Informe N° 0142-2026-MPP/OAJ, de fecha 2 de julio de 2026, suscrito por el Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye que se emite opinión favorable de la propuesta de ordenanza municipal que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAPP) de la Municipalidad Provincial de Pataz, toda vez que habiéndose revisado se advierte que cumple con los lineamientos establecidos en la normativa, además cuenta con opinión favorable de SERVIR;
Que, mediante Informe N° 0127-2026-MPP/GM, de fecha 3 de julio de 2026, suscrito por la Gerente Municipal, eleva propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Provincial de Pataz, con opinión favorable del SERVIR, para su aprobación mediante Ordenanza Municipal;
Que, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Provincial de Pataz, a fin de fortalecer la gestión institucional y optimizar la administración de los recursos humanos de la entidad;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL
Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Provincial de Pataz, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Municipal, la Oficina de Recursos Humanos y las demás unidades orgánicas competentes adopten las acciones necesarias para la implementación del CAP Provisional aprobado.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y de su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Pataz y en los medios que correspondan conforme a ley.
Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munipataz.gob.pe en la misma fecha de publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario “El Peruano”
POR TANTO:
Mando se publique, registre, comunique y cumpla.
ROLFE M. BARRIOS CASTILLO
Alcalde Provincial
2551970-1