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Fecha de publicación: 19/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pisco y San Andrés de la provincia de Pisco del departamento de Ica

Autorizan viaje y participación de delegación de la Universidad Nacional de Frontera, para participar en evento a realizarse en la República del Ecuador

UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

Nº 546-2026-UNF/CO

Sullana, 4 de setiembre de 2026.

VISTOS:

El Oficio Nº CGP-LOJA Nro. 047-2026, de fecha 12 de agosto de 2026, del Consulado General del Perú en Loja; el Proveído Nº 1491-2026-UNF-P, de fecha 14 de agosto de 2026;; el Oficio Nº 309-2026-UNF-VPAC/DPSEC-UEC, de fecha 18 de agosto de 2026; el Informe Nº 010-2026-UNF-VPAC/DPSEC, de fecha 26 de agosto de 2026; el Informe Nº 2199-2026-UNF-PCO-OPP-UP y el Informe Nº 716-2026-UNF-PCO-OPP, ambos de fecha 28 de agosto de 2026; el Oficio Nº 3317-2026-UNF-VPAC, de fecha 26 de agosto de 2026; Informe Nº 0342-2026-UNF-OAJ, de fecha 02 de septiembre de 2026; y demás documentos que obran en el expediente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18 de la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía universitaria, y el artículo 8 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que esta se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes, comprendiendo la potestad de establecer normas internas y organizar el régimen académico, económico y administrativo de la universidad.

Que, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 244-2021-MINEDU y Nº 055-2022-MINEDU, se aprobaron las disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución.

Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 461-2021-UNF/CO de fecha 29 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera.

Que, en el Estatuto en mención, en su TÍTULO III se establece las DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS:

(…)

CUARTA. GOBIERNO DE LA UNF

Durante el proceso de constitución de la Universidad, el gobierno de ésta se ejerce por:

a) La Comisión Organizadora, tiene atribuciones administrativas que competen a la Asamblea Universitaria, al Consejo Universitario y al Consejo de Facultad.

b) El Presidente de la Comisión Organizadora de la UNF, tiene atribuciones propias del Rector.

c) Los Coordinadores de Facultad tiene atribuciones de Decano.

Que, mediante Oficio Nº CGP-LOJA Nro. 047-2026, el Consulado General del Perú en Loja invitó a la Universidad Nacional de Frontera a participar en la segunda edición de la “Quincena Cultural Transfronteriza QUIPU LOJA 2026”, a desarrollarse del 16 al 30 de septiembre de 2026 en la ciudad de Loja y el cantón fronterizo de Macará, República del Ecuador, precisando que asumirá los gastos de traslado, alojamiento y alimentación de la delegación participante en el trayecto Loja-Macará.

Que, mediante Proveído Nº 1491-2026-UNF-P, la Presidencia de la Comisión Organizadora remitió la invitación a la Dirección de Proyección Social y Extensión Cultural (DPSEC) a fin de evaluar la factibilidad técnica de la participación institucional solicitada.

Que, mediante los Informes Nº 2199-2026-UNF-PCO-OPP-UP y Nº 716-2026-UNF-PCO-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorgó disponibilidad presupuestal favorable hasta por S/ 4,000.00, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.04.01 - Dirección de Proyección Social y Extensión Cultural, precisando que, antes de la certificación de crédito presupuestario y desembolso del encargo, corresponde contar con el informe técnico de la Unidad de Abastecimiento que sustente la restricción de la oferta en el mercado, conforme al numeral 8.2.1 de la Directiva Nº 006-2019-UNF y al artículo 40º de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15.

Que, mediante Informe Nº 0342-2026-UNF-OAJ, de fecha 02 de septiembre de 2026, dicha Oficina concluyó que resulta jurídicamente viable la participación de la delegación de la Universidad Nacional de Frontera en la “Quincena Cultural Transfronteriza QUIPU LOJA 2026”.

Que, la autorización del viaje al exterior se encuentra sujeta a la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, correspondiendo que la autorización conste en resolución debidamente sustentada y sea publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio del viaje.

Que, mediante Acta Nº 055-2026-SO-CO, de fecha 03 de septiembre de 2026, la Comisión Organizadora, luego de evaluar la documentación e informes técnicos y legales que sustentan la presente, acordó por UNANIMIDAD autorizar la participación de la delegación institucional de veinticinco (25) personas en el referido evento, del 15 al 20 de septiembre de 2026.

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Resolución Viceministerial Nº 045-2023-MINEDU; la Resolución Viceministerial Nº 064-2024-MINEDU; y el Acta Nº 055-2026-SO-CO;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje y participación de la delegación institucional de veinticinco (25) personas, integrada por estudiantes, instructores y personal administrativo del Elenco de Danzas Folclóricas, Marco Musical, Talleres de Dibujo y Pintura y Escultura, y personal de apoyo, con destino a la ciudad de Loja y al cantón fronterizo de Macará, República del Ecuador, para participar en la “Quincena Cultural Transfronteriza QUIPU LOJA 2026”, del 15 al 20 de septiembre de 2026, conforme al siguiente detalle:

NOMBRE Y APELLIDO

ESCUELA PROFESIONAL / CONDICIÓN

DNI

PRISCILA ISABEL MERINO ZAPATA

EDUCACIÓN INICIAL

61336575

GINA YACORI VILLEGAS ORTIZ

ING. AMBIENTAL

75347158

ANGELA MERCEDES SILVA VILLALTA

ING. ECONÓMICA

61262673

JAHIR ALEXANDER AGURTO FARFÁN

ING. ECONÓMICA

60650291

JUAN LUIS FABRIZIO JULIÁN CASTILLO

ING. AMBIENTAL

61190937

LUIS JAIME ALBURQUEQUE RUGEL

ADMINISTRACIÓN HOTELERÍA Y TURISMO

60757805

JOSÉ ANDRÉS RIOFRÍO PORTOCARRERO

ING. ECONÓMICA

61262520

STEFANY LISETH SAENZ SORIANO

ING. AMBIENTAL

72194756

JESÚS STEVEN MAURICIO ÁVILA

ING. BIOTECNOLOGÍA

76140894

JORGE LEONARDO VILLEGAS ORTIZ

ING. AMBIENTAL

61183332

ANTHONI LEONEL MORALES ORDINOLA

ING. INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

60812621

ALEX JUNIOR PICOTA MENA

ING. ECONÓMICA

72121902

CRISTHIAN PAOLO CHUNGA VERA

COLABORADOR VOLUNTARIO - INVITADO

61183020

MIRELY YULIANA CARRANZA NAVARRO

COLABORADOR VOLUNTARIO - INVITADO

61436118

LUIS WALDIR CHORRES ZAPATA

COLABORADOR VOLUNTARIO - INVITADO

77420847

SHARON ANDREINA MECA OVIEDO

INSTRUCTOR: TALLER DE DANZAS FOLCLÓRICAS

73207444

EDGAR MARIO ANCAJIMA VILCHERREZ

INSTRUCTOR: TALLER DE CANTO, CORO, TUNA

60913426

VÁSQUEZ NÚÑEZ JUSTO MARTÍN

INSTRUCTOR: TALLER DE MÚSICA PERUANA

47666601

REY CRUZ KLEVER JAVIER

INSTRUCTOR: TALLER DE MÚSICA LATINOAMERICANA

70052174

JEAN MARVIN PAKER ACUÑA

INSTRUCTOR: TALLER DE ESCULTURA

72626504

RIGGESUS FERNANDO IPANAQUE MADRID

INSTRUCTOR: TALLER DE DIBUJO Y PINTURA

71987225

CLAUDIA GIOVANNA ARRIETA CARRASCO

JEFE DPSEC

40424159

LUIGGI BRUNO CASTILLO CHUNGA

DOCENTE - DIRECTOR DE ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN HOTELERÍA Y TURISMO

3382096

FOSSA ESPINOZA DIANA ELIZABERTH

GESTORA CULTURAL

74069642

DENYS VALENTIN NOLE FLORES

APOYO ADMINISTRATIVO

76736434

Artículo Segundo.- AUTORIZAR el desplazamiento del vehículo institucional (bus) y personal de conducción para el traslado de la delegación en los tramos de ida (15/09/2026) y retorno (20/09/2026) entre la Universidad Nacional de Frontera y el CEBAF de Macará.

Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Patrimonio registre la salida y retorno de los bienes institucional trasladados.

Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Dirección General de Administración para los fines correspondientes.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” con anterioridad al inicio del viaje, supeditando su validez y eficacia a dicha publicación.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

José Florentino Molero López

Presidente de la Comisión Organizadora

Iván Basilio Sandoval Ravello

Secretario General

2551465-1