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Fecha de publicación: 05/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pangoa y Río Tambo de la provincia de Satipo del departamento de Junín; en los distritos de Megantoni, Kumpirushiato, Echarate, Villa Virgen, Villa Kintiarina, Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y en los distritos de Ayna, Santa Rosa, Anchihuay, Río Magdalena, Samugari, Anco y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho

Dan por terminadas funciones de Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y ante el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 141-2026-RE

Lima, 4 de setiembre de 2026

VISTAS:

La Resolución Suprema Nº 032-2024-RE, de 19 de febrero de 2024; la Resolución Ministerial Nº 0151-2024-RE, de 21 de febrero de 2024; y, la Resolución Suprema Nº 046-2024-RE, de 4 de marzo de 2024;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 032-2024-RE, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Manuel José Antonio Cacho-Sousa Velázquez;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0151-2024-RE, se fijó el 1 de mayo de 2024, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana;

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 046-2024-RE, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Italiana, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Manuel José Antonio Cacho-Sousa Velázquez, como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y ante el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana, a partir del 1 de mayo de 2024;

De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Término de funciones ante la FAO, el PMA y el FIDA

Se dan por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Manuel José Antonio Cacho-Sousa Velázquez como Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), ante el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y ante el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con sede en la ciudad de Roma, República Italiana.

Artículo 2.- Fecha de término de funciones

La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Cartas Credenciales y Plenos Poderes

Se cancelan las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 4.- Agradecimiento

Se le dan las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 5.- Egreso

Se aplica el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 6.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI

Presidenta de la República

ALFONSO CARLOS ESPÁ Y GARCÉS-ALVEAR

Ministro de Relaciones Exteriores

2551405-3