Logo El Peruano
Fecha de publicación: 05/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pangoa y Río Tambo de la provincia de Satipo del departamento de Junín; en los distritos de Megantoni, Kumpirushiato, Echarate, Villa Virgen, Villa Kintiarina, Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y en los distritos de Ayna, Santa Rosa, Anchihuay, Río Magdalena, Samugari, Anco y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000493-2026-MIMP

Lima, 4 de septiembre del 2026

VISTOS, el Informe Técnico N° D000033-2026-MIMP-DTEG de la Dirección de Transversalización del Enfoque de Género; el Memorándum N° D000474-2026-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación; el Informe N° D000032-2026-MIMP-OC de la Oficina de Contabilidad; la Nota N° D000450-2026-MIMP-OGA de la Oficina General de Administración; el Informe N° D000373-2026-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Memorándum N° D000792-2026-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000754-2024-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, señala, entre otros aspectos, que las sociedades de auditoría son designadas, previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros y evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; asimismo, indica que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, previa solicitud de aquella, para cubrir los gastos derivados de la contratación de dichas sociedades de auditoría, precisando además que las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, a través del Oficio N° 001435-2026-CG/GAD, la Contraloría General de la República comunica al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) que, con la finalidad de que la intervención “Promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública en Perú” sea incorporada en la convocatoria del Concurso Público de Méritos para la realización de la auditoría financiera gubernamental, debe realizar la transferencia de recursos por concepto de retribución económica para el periodo a auditar del 29 de diciembre de 2023 al 28 de diciembre de 2025, hasta por el monto total ascendente a S/ 44 486,00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), y efectuar el pago por concepto de designación y supervisión ascendente a S/ 2 262,00 (DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES);

Que, con Memorándum N° D000474-2026-MIMP-DGIGND, la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación, en atención al Informe Técnico N° D000033-2026-MIMP-DTEG de la Dirección de Transversalización del Enfoque de Género, solicita a la Oficina General de Administración realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 44 486,00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por concepto retribución económica para la sociedad de auditoría, así como realizar el pago de S/ 2 262,00 (DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) por concepto de derecho de designación y supervisión, a fin de realizar la auditoría financiera gubernamental de la intervención “Promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública en Perú”;

Que, mediante Nota N° D000450-2026-MIMP-OGA, la Oficina General de Administración manifiesta su conformidad con el Informe N° D000032-2026-MIMP-OC de la Oficina de Contabilidad, el cual sustenta y solicita la aprobación del proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia financiera, con cargo al presupuesto institucional 2026 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 44 486,00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General para financiar la auditoria financiera gubernamental a la intervención “Promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública en Perú”;

Que, con Memorándum N° D000792-2026-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000373-2026-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, complementado con correo electrónico de fecha 26 de agosto de 2026, el cual señala que desde el ámbito estrictamente presupuestal, emite opinión favorable respecto de la disponibilidad presupuestal requerida para la aprobación de la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 44 486,00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), toda vez que la misma ha sido atendida mediante la Certificación de Crédito Presupuestario N° 4064 del 20 de agosto de 2026;

Que, mediante Informe N° D000754-2026-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Oficina General de Administración y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para continuar con la emisión de la presente Resolución Ministerial;

Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia financiera antes descrita;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 000380-2025-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2026 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 44 486,00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar la auditoría financiera gubernamental a la intervención “Promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública en Perú” por el periodo comprendido del 29 de diciembre de 2023 al 28 de diciembre de 2025.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, Categoría Presupuestal 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001072, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Meta Presupuestal: 206, Específica del Gasto 2.4.1.3.11 “Otras Unidades del Gobierno Nacional”, Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias.

Artículo 3.- Acciones Administrativas

La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA MAGDALENA SEMINARIO MARON

Ministra

2551402-1