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Fecha de publicación: 05/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pangoa y Río Tambo de la provincia de Satipo del departamento de Junín; en los distritos de Megantoni, Kumpirushiato, Echarate, Villa Virgen, Villa Kintiarina, Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y en los distritos de Ayna, Santa Rosa, Anchihuay, Río Magdalena, Samugari, Anco y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho

Autorizan viaje de Viceministro de Hacienda a Tailandia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 399-2026-EF/43

Lima, 4 de setiembre del 2026

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Comunicación Electrónica de fecha 24 de junio de 2026, el Grupo del Banco Mundial (GBM) cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en las “Reuniones Anuales del Grupo del Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI) - 2026”, a desarrollarse en la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 12 al 18 de octubre de 2026;

Que, el Perú es un país miembro de los organismos especializados que conforman el Grupo del Banco Mundial (GBM) y el Fondo Monetario Internacional (FMI), cuya dirección se encuentra a cargo de la Junta de Gobernadores de cada entidad, la cual está integrada por los Ministros de Economía o Hacienda y los Presidentes de los Bancos Centrales de los países miembros, denominados Gobernadores, quienes tienen Reuniones Anuales para analizar el trabajo de sus respectivas instituciones;

Que, las Reuniones Anuales del Grupo del Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), constituyen un evento internacional de suma importancia, dado que congrega altas autoridades económicas, financieras y políticas de los países miembros, junto a las autoridades de las instituciones financieras multilaterales y los representantes de agencias para el desarrollo, los ejecutivos del sector privado, los banqueros, así como, los líderes empresariales y académicos, para debatir diferentes temas con el propósito de lograr la reducción de la pobreza a nivel mundial, estableciendo políticas para su erradicación;

Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación del señor Erick Wilfredo Lahura Serrano, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, en las “Reuniones Anuales del Grupo del Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI) - 2026”; toda vez que, permite ejercer las atribuciones que le corresponden en representación de un país miembro del GBM, entre ellas, la participación en la Reunión Anual del GBM y del FMI, convocada cada año por ambos organismos; asimismo, tiene la posibilidad de formar parte de seminarios, sesiones informativas regionales, conferencias de prensa y otros eventos centrados en la economía mundial, el desarrollo internacional y los mercados financieros mundiales, a fin de intercambiar ideas y opiniones con los diversos participantes de los países invitados;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Erick Wilfredo Lahura Serrano, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 12 al 18 de octubre de 2026, de conformidad con el itinerario de viaje propuesto, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, precisando que dichos montos son compensados y reembolsados posteriormente, de acuerdo a las condiciones establecidas por el Grupo del Banco Mundial (GBM);

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43, que aprueba la Directiva N° 002-2024-EF/43.06 ”Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Erick Wilfredo Lahura Serrano, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas a la ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 12 al 18 de octubre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos : US $ 11 628,43

Viáticos (3+2 días): US $ 2 500,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELMER CUBA BUSTINZA

Ministro de Economía y Finanzas

2551326-1