Logo El Peruano
Fecha de publicación: 06/09/2026
Designan Ejecutiva de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Tacna

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 2727-2026-MP-FN

Lima, 4 de setiembre de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 002560 y 002667-2026-MP-FN-PJFSTACNA, de fechas 20 de julio y 3 de agosto de 2026, respectivamente, e informe Nº 0150-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 1 de septiembre de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, remite y expresa conformidad a la carta de renuncia y escrito complementario, presentados en fechas 17 de julio y 3 de agosto de 2026, respectivamente, suscritos por la abogada Astrid Jimena Torres Vilca, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Tacna, designada en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales.

En la carta de renuncia y escrito complementario, la citada abogada solicita que su renuncia se haga efectiva a partir del 17 de agosto de 2026, para lo cual presenta la misma considerando el plazo de anticipación previsto en la ley; asimismo, señala el haber comunicado a su jefe inmediato sobre su renuncia, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 579-2023-MP-FN, de fecha 10 de marzo de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Astrid Jimena Torres Vilca, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Tacna, designándola en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Del reporte de quejas y denuncias Nº 02503-2026-202000500, de fecha 14 de agosto de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que la citada abogada registra ocho (8) quejas en trámite.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0150-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 1 de septiembre de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Astrid Jimena Torres Vilca, con eficacia anticipada, a partir del 17 de agosto de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Astrid Jimena Torres Vilca, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Tacna, y a su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 579-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 10 de marzo de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada, a partir del 17 de agosto de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Astrid Jimena Torres Vilca que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación a la abogada Astrid Jimena Torres Vilca, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrada en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2551322-1