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Fecha de publicación: 06/09/2026
Designan Ejecutiva de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Aprueban el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de Lince – CPJDL

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 10-2026-MDL

Lince, 2 de setiembre de 2026

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE;

VISTO: El Informe N° 00556-2026-MDL/GDH/SECDJ, de fecha 27 de agosto de 2026, de la Subgerencia de Educación, Cultura Deporte y Juventud; el Memorando N° 00152-2026-MDL/GDH, de fecha 31 de agosto de 2026, de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe N° 334-2026-MDL/OGAJ, de fecha 1 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 01666-2026-MDL/GM, de fecha 1 de setiembre de 2026, de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 84 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece funciones de las municipalidades en materia de programas sociales, defensa y promoción de derechos, comprendiendo acciones orientadas a promover espacios de participación y concertación en el ámbito local;

Que, mediante Ordenanza Nº 420-2019-MDL se creó el Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de Lince – CPJDL, como espacio de participación, consulta, coordinación, concertación y propuesta de las juventudes del distrito;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 015-2019-MDL se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de Lince;

Que, mediante Informe Nº 00556-2026-MDL/GDH/SECDJ, de fecha 27 de agosto de 2026, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, sustenta la necesidad de actualizar el referido Reglamento, considerando el tiempo transcurrido desde su aprobación y la necesidad de adecuar sus disposiciones a la realidad actual, con la finalidad de fortalecer su organización, composición, funciones, mecanismos de participación, representación y funcionamiento; propuesta que fue remitida por la Gerencia de Desarrollo Humano mediante Memorando Nº 00152-2026-MDL/GDH para la evaluación y prosecución del trámite correspondiente;

Que, mediante Informe Nº 334-2026-MDL/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de Lince, concluyendo que resulta jurídicamente viable su aprobación mediante Decreto de Alcaldía, en tanto sus disposiciones se circunscriban al ámbito reglamentario y no modifiquen aspectos sustantivos establecidos directamente por la Ordenanza Nº 420-2019-MDL; asimismo, recomienda dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 015-2019-MDL, a fin de evitar la coexistencia de disposiciones reglamentarias sobre una misma materia;

Que, el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo 1.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de Lince – CPJDL, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía Nº 015-2019-MDL, mediante el cual se aprobó el anterior Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de Lince.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, en el marco de sus competencias, la implementación y difusión del Reglamento aprobado mediante el presente Decreto de Alcaldía, así como las acciones de coordinación que resulten necesarias para su cumplimiento.

Artículo 4.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) el Decreto de Alcaldía y su Anexo.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

MALCA SCHNAIDERMAN LARA

Alcaldesa

2551272-1