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Fecha de publicación: 05/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Pangoa y Río Tambo de la provincia de Satipo del departamento de Junín; en los distritos de Megantoni, Kumpirushiato, Echarate, Villa Virgen, Villa Kintiarina, Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y en los distritos de Ayna, Santa Rosa, Anchihuay, Río Magdalena, Samugari, Anco y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga para participar en evento a realizarse en Colombia

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO

N° 2086-2026-UNSCH-CU

Ayacucho, 2 de setiembre de 2026

VISTOS:

El Proveído Nº 2161-2026-R del Rectorado, el Memorando N° 667-2026-UNSCH-VRI del Vicerrectorado de Investigación, el Memorando N° 2043-2026-UNSCH-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 1679-2026-UNSCH-OPP-UP de la Unidad de Presupuesto, el Memorando Nº 1394-2026-UNSCH-OPP-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº 609-2026-UNSCH-VRI-DGI de la Dirección de Gestión de Investigación y el Memorando N° 800-2026-UNSCH-FCSA-D de la Facultad de Ciencias de la Salud sobre autorización de viaje de la docente Maritza Rodríguez Lizana; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 10º, numeral 10.1 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;

Que, en armonía con el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento;

Que, a través de la Resolución Decanal Nº 634-2026-UNSCH-FCSA-D, de fecha 02 de setiembre de 2026, la Facultad de Ciencias de la Salud aprobó la licencia con goce de remuneraciones de la Dra. Maritza Rodríguez Lizana, Profesora Asociada a Tiempo Completo, adscrita al Departamento Académico de Obstetricia para participar con ponencia en el I Congreso Internacional de la Facultad de Ciencias de la Salud: Salud Intercultural y Atención Comunitaria desde La Guajira, a realizarse en la ciudad de Riohacha - Colombia del 10 al 12 de setiembre de 2026;

Que, con Memorando Nº 1679-2026-UNSCH-OPP-UP, de fecha 28 de agosto de 2026, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión técnico-presupuestal para el viaje de la Dra. Maritza Rodríguez Lizana;

Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje de la Dra. Maritza Rodríguez Lizana, docente adscrita al Departamento Académico de Obstetricia de la Facultad de Ciencias de la Salud, para participar con ponencia en el I Congreso Internacional de la Facultad de Ciencias de la Salud: Salud Intercultural y Atención Comunitaria desde La Guajira, a realizarse en la ciudad de Riohacha - Colombia, del 09 al 13 de setiembre de 2026;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59°, numeral 59.15 de la Ley Universitaria N° 30220, el artículo 261°, numeral 16 del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y estando a lo acordado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 01 de setiembre de 2026;

El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley;

RESUELVE:

Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje de la Dra. MARITZA RODRÍGUEZ LIZANA, Profesora Asociada a Tiempo Completo, adscrita al Departamento Académico de Obstetricia de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para participar con ponencia en el I Congreso Internacional de la Facultad de Ciencias de la Salud: Salud Intercultural y Atención Comunitaria desde La Guajira, a realizarse en la ciudad de Riohacha - Colombia, del 09 al 13 de setiembre de 2026.

Artículo 2°.- OTORGAR a la Dra. MARITZA RODRÍGUEZ LIZANA la ayuda económica para cubrir los gastos que demande dicho viaje, con cargo al Presupuesto Institucional 2026 de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, de acuerdo al siguiente detalle:

CATEGORÍA PRESUPUESTAL

:

0066 Formación Universitaria de Pregrado

PRODUCTO/PROYECTO

:

3000784 Docentes con Adecuadas Competencias

ACT/AI/OBR

:

5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria

META-FINALIDAD

:

00001 - 0188104 Ejercicio de la Docencia Universitaria

SEC-FUNC

:

014

CENTRO DE COSTOS

:

Escuela Profesional de Obstetricia

RUBRO

:

00 Recursos Ordinarios

ESPECÍFICA DE GASTOS

:

2.3.2 1.1 1 Pasajes y Gastos de Transporte

S/ 2,632.50

2.3.2 1.1 2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio S/ 3,000.00

2.3.2 1.2 1 Pasajes y Gastos de Transporte

S/ 200.00

2.3.2 1.2 2 Viáticos S/ 400.00

Artículo 3°.- DISPONER a la docente Dra. MARITZA RODRÍGUEZ LIZANA deberá efectuar la rendición de cuenta y presentar el informe al Rectorado, a la Facultad de Ciencias de la Salud y a la Dirección General de Administración, con sujeción a la normatividad de la materia.

Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga.

Regístrese, comuníquese y archívese.

EMILIO GERMÁN RAMÍREZ ROCA

Rector

FÉLIX EMILIO SALAZAR MARIÑO

Secretario General

2550893-1