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Fecha de publicación: 04/09/2026
Aceptan renuncia de miembro y Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR

Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional de Cañete para participar en visita institucional y de cooperación académica en Chile

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO

Nº 095-2026-CU-UNDC

Cañete, 3 de septiembre de 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

VISTOS:

El Acuerdo de la IV Sesión Ordinaria de Consejo Universitario del 03 de septiembre de 2026; Memorándum N°142-2026-UNDC/R/DOG del 02 de septiembre 2026 emitido por el Rectorado; Informe Legal N° 424-2026-UNDC/OAJ-ERS del 02 de septiembre de 2026 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; Informe N° 347-2026-UNDC/PCO/OPP/UPPM/DZDH del 01 de septiembre de 2026 emitido por la Analista de Presupuesto; Memorándum N° 138-2026-UNDC/R/DOG del 31 de agosto de 2026 emitido por Rectorado; Informe N°389-2026-UNDC/R/OCRI del 27 de agosto de 2026 emitido por la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;

Que, de conformidad con la Ley N° 29488 del 22.12.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificada por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete;

Que, el artículo 58° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad; y, el numeral 59.14 del artículo 59º de la citada ley, establece como atribución del Consejo Universitario la de conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados a otras autoridades universitarias;

Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; señalan que las resoluciones de autorización de viajes al exterior deben ser publicadas en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje y deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad, debiendo sustentar el interés nacional o institucional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;

Que, por su parte, el numeral 7.2.5 de la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete (en adelante la Directiva), aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 130-2025-UNDC/CO, establece que los viáticos por comisión de Servicios al exterior del país se calculan por cada día que dure la misión oficial o evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a países de otro continente;

Que, mediante Informe N° 389-2026-UNDC/R/OCRI del 27.08.2026, el Jefe(e) la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales traslada al Ph.D. Dulio Oseda Gago, Rector de la Universidad Nacional de Cañete, la carta de invitación remitida por el Director General de Asuntos Internacionales de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a efectos de realizar una visita institucional los días 8 y 9 de septiembre de 2026; a fin de fortalecer los vínculos de cooperación entre ambas instituciones y explorar nuevas oportunidades de colaboración en áreas de interés mutuo;

Que, conforme a los artículos 60º y 62º de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el Rector constituye el personero y representante legal de la universidad, ejerciendo su dirección académica, administrativa, económica y financiera; en tal condición, le corresponde representar institucionalmente a la Universidad Nacional de Cañete ante organismos nacionales e internacionales, así como promover mecanismos de cooperación que contribuyan al cumplimiento de los fines institucionales;

Que, con Memorándum N° 138-2026-UNDC/R/DOG del 31.08.2026, el Rector solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, asignación presupuestal para cubrir los costos de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta) por la visita institucional a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Chile; en tal sentido, con Informe N° 0347-2026-UNDC/PCO/OPP/UPPM/DZDH del 01.09.2026, la Analista de Presupuesto informa que en aplicación al numeral 7.2.5 y 7.2.8 de la Directiva, se considera dos días de actividad oficial, correspondientes al 08 y 09 de septiembre de 2026, más un día adicional por concepto de instalación y traslado, corresponde considerar tres (03) días de viáticos ($ 370.00 x día); respecto a los pasajes internacionales y de acuerdo a la interacción de mercado realizada por la Unidad de Abastecimiento, se determinó un valor referencial de $ 211.84 por el pasaje de ida y vuelta (debe contemplarse, además del costo del pasaje, las tasas de servicios turísticos o aeroportuarios y otros cargos adicionales que incidan en el costo real de la adquisición y su posterior rendición); en ese sentido, considerando las necesidades expuestas, se otorgó asignación presupuestal por el monto de S/ 6.000.00 (Seis mil y 00/100 soles) para financiar los gastos de pasajes aéreos y viáticos internacionales con ocasión de la visita institucional del rector a la Universidad Católica de Valparaíso, Chile los días 08 y 09 de septiembre de 2026;

Que, mediante Informe Legal N° 424-2026-UNDC/OAJ-ERS del 02.09.2026, la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que la participación del Ph.D. Dulio Oseda Gago en la visita institucional y de Cooperación Académica a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso; a realizarse los días 08 y 09 de setiembre de 2026, responde al ejercicio de sus funciones de representación institucional y se encuentra orientada al fortalecimiento del proceso de internacionalización de la Universidad Nacional de Cañete y al cumplimiento de sus fines universitarios, conforme a la Ley N° 27619 y al Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; por lo que, resulta jurídicamente viable autorizar el viaje en comisión de servicios del Ph.D. Dulio Oseda Gago a la ciudad de Valparaíso - Chile, del 07 al 09 de septiembre de 2026; debiendo observarse, asimismo, las disposiciones relativas a la publicación de la resolución correspondiente en el Diario Oficial “El Peruano” con anterioridad al inicio del viaje;

Que, en ese contexto, la participación del Rector en la citada reunión guarda una relación directa con el ejercicio de sus competencias institucionales, toda vez que la agenda prevista comprende examinar oportunidades de colaboración en áreas de interés mutuo, contemplando la suscripción de convenios marco y específico entre ambas universidades; el cual justifica la legalidad, pertinencia y el interés institucional de la participación de una máxima autoridad (el Rector) en una actividad oficial o viaje de representación;

Que, mediante Memorándum N° 142-2026-UNDC/R/DOG del 02.09.2026, el Rector solicita a Secretaría General incluir el presente expediente como punto de agenda de la Sesión del Consejo Universitario del 03.09.2026; en el marco de los objetivos estratégicos de internacionalización, cooperación académica y fortalecimiento de la calidad educativa, a fin de adoptar los acuerdos correspondientes respecto a la representación institucional, la planificación de actividades y las acciones posteriores derivadas de dicha participación;

Que, se ha establecido como atribución de la Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Cañete, la facultad de conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados a otras autoridades universitarias, por lo que, en mérito al pedido del Rector y y debatido el caso en la IV Sesión Ordinaria de Consejo Universitario del 03.09.2026, se acordó por unanimidad los acuerdos contenidos en la presente resolución;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Consejo Universitario de la Universidad Nacional de Cañete, por el artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220 y el artículo 26° del Estatuto Universitario y estando acordado en la IV Sesión Ordinaria del Consejo Universitario del 03.09.2026;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país en comisión de servicios del Ph.D. Dulio Oseda Gago, Rector de la Universidad Nacional de Cañete, para que participe en la visita institucional y de cooperación académica a la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, a desarrollarse los días 08 y 09 de septiembre de 2026, en la ciudad de Valparaíso, Chile¸ autorizando su salida del país el 07 de septiembre y su retorno el 09 de septiembre de 2026.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo con el siguiente detalle:

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO

Pasajes Aéreos (Ida y vuelta)

S/ 2000.00

Viáticos x 3 días

S/ 4000.00

Total

S/ 6000.00

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Ph.D. Dulio Oseda Gago, debe presentar al Consejo Universitario, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, el despacho del Rectorado de la Universidad Nacional de Cañete al Dr. Manuel Alfredo Ñique Alvarez, Vicerrector Académico, para que ejerza las funciones y atribuciones correspondientes en ausencia del comisionado, para los días 07, 08 y 09 de septiembre del año en curso, de conformidad con el numeral 65.1.5. artículo 65º de la Ley Nº 30220. 

Artículo Sexto.- NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Cañete.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DULIO OSEDA GAGO

Rector

KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE

Jefe de Secretaría General

2550841-1