Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01051-2026-DE
Lima, 31 de agosto del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 5113/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01507-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Legal N° 01239-2026-MINDEF/SG-OGAJ y el Oficio N° 00717-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento PROG/134 Programa de Reuniones para 2026 de la Organización Marítima Internacional (OMI), se comunica la realización de la Cuadragésima Octava Reunión Consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres 1972 y la Vigésima Primera Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres 1996, a desarrollarse en la sede de la OMI, ubicada en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 05 al 09 de octubre de 2026;
Que, mediante Oficio N° 5113/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío EDUARDO ISRAEL ZAMORA CHUNG, identificado con C.I.P. N° 00911392 y D.N.I. N° 43430362, como titular; y, del Capitán de Navío FABRIZZIO RICARDO ZAVALAGA CALIENES, identificado con C.I.P. N° 00912359 y D.N.I. N° 43654259, como suplente, para participar en la Cuadragésima Octava Reunión Consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres 1972 y la Vigésima Primera Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres 1996, a desarrollarse en la sede de la OMI, ubicada en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 05 al 09 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 03 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 046-2026; el Informe Técnico N° 028-2026/ASUNIT; el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 150-2026; la Disponibilidad Presupuestaria N° 157-2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000089 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, a través del Informe Legal N° 046-2026, complementado con el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 150-2026, la institución armada señala que corresponde otorgarse pasajes aéreos (ida y retorno) y cinco (5) días de viáticos por el 100% al personal militar que realizará la comisión de servicio, de acuerdo a la zona geográfica, en el marco de lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, a través del Informe Técnico N° 028-2026/ASUNIT, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior; por cuanto, permitirá adquirir conocimientos y experiencias al personal militar participante y así contar con personal militar debidamente calificado, competente en los aspectos relacionados a mejorar las nuevas medidas adoptadas por los estados miembros de la OMI, en lo concerniente a los convenios internacionales del cual el Estado Peruano es parte;
Que, mediante Oficio N° 01507-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 077-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable respecto a la autorización del presente viaje al exterior;
Que, mediante Informe Legal N° 01239-2026-MINDEF/SG-OGAJ, complementado con Oficio N° 00717-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío EDUARDO ISRAEL ZAMORA CHUNG, como titular, y del Capitán de Navío FABRIZZIO RICARDO ZAVALAGA CALIENES, como suplente, para participar en la Cuadragésima Octava Reunión Consultiva de las Partes Contratantes del Convenio de Londres 1972 y la Vigésima Primera Reunión de las Partes Contratantes del Protocolo de Londres 1996, a desarrollarse en la sede de la OMI, ubicada en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 05 al 09 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 03 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasaje Aéreo: Lima - ciudad de Londres, Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda del Norte - Lima
clase económica - hasta por un monto de:
US$ 3,029.48 x 1 persona US$ 3,029.48
Viáticos:
US$ 540.00 x 1 persona x 5 días US$ 2,700.00
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Total a pagar: US$ 5,729.48
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal militar autorizado.
Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2550790-1