Designan Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú – IMARPE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 135-2026-IMARPE/PE
Callao, 2 de setiembre del 2026
VISTO:
El Memorándum Nº 174-2026-IMARPE/GC, de fecha 28 de agosto de 2026, de la Gerencia Científica; el Informe Nº 102-2026-IMARPE/AFRH, de fecha 31 de agosto de 2026, del Área Funcional de Recursos Humanos; el Memorándum Nº 0500-2026-IMARPE/OGPP, de fecha 01 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído Nº 07868-2026-IMARPE/OGA, de fecha 01 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 287-2026-IMARPE/OGAJ, de fecha 01 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 28 de setiembre de 2024, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Legislativo Nº 1677, Decreto Legislativo para el Fortalecimiento y Modernización de la Gestión y Organización del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, cuyo objeto es establecer disposiciones para fortalecer y modernizar la gestión y organización del IMARPE, a fin de optimizar el ejercicio de sus competencias, funciones y capacidades institucionales;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2025-
PRODUCE, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú – IMARPE. Al respecto, su Quinta Disposición Complementaria Final establece que los documentos de gestión en materia de recursos humanos mantienen su vigencia en tanto se efectúe su adecuación a la nueva estructura de la entidad contemplada en el citado Reglamento de Organización y Funciones – ROF;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de los cargos de confianza se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la entidad correspondiente;
Que, asimismo, el artículo 6 de la citada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos públicos de confianza surten efectos a partir del día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;
Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto: “(…) establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función.”;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones y conforme al numeral 2.1 del artículo 2: “Las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción”;
Que, el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley Nº 31419 establece que, respecto de la verificación de impedimentos para el acceso de la función pública: “El informe que emita la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la verificación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (…)”;
Que, con la Resolución de Gerencia General Nº 006-2026-IMARPE/GG, de fecha 10 de abril de 2026, se aprobó la modificación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, en el cual el cargo de Director se encuentra comprendido en la clasificación correspondiente a Servidor Público – Directivo Superior;
Que, de acuerdo con la información consignada en los instrumentos de gestión institucional, el cargo de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos se encuentra contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP P) del Instituto del Mar del Perú - IMARPE con el Nº 239, en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) con la plaza Nº 113, el cual se encuentra calificado como cargo de confianza sujeto al régimen laboral reglado por el Decreto Legislativo Nº 728;
Que, en ese contexto, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Científica Nº 116-2023-IMARPE/DEC, de fecha 20 de junio de 2023, se designó a la profesional Marilú Bouchon Corrales en el cargo de confianza de Directora General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728;
Que, posteriormente, con el Memorándum Nº 174-2026-IMARPE/GC, de fecha 28 de agosto de 2026, el Gerente Científico (e) remitió a la Presidencia Ejecutiva, para su autorización, la propuesta de designación del profesional Miguel Ángel Perea De La Matta en el cargo de confianza de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, servidor contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, con la finalidad de optimizar la gestión institucional y contribuir al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la entidad. Dicha propuesta fue autorizada por la Presidencia Ejecutiva con el Proveído Nº 04056-2026-IMARPE/PE, de fecha 28 de agosto de 2026;
Que, mediante el Informe Nº 102-2026-IMARPE/AFRH, de fecha 31 de agosto de 2026, el Área Funcional de Recursos Humanos luego de evaluar y verificar el cumplimiento del perfil del puesto conforme al análisis de idoneidad efectuado, emitió opinión técnica favorable y concluyó que el profesional Miguel Ángel Perea De La Matta cumple con las condiciones de idoneidad requeridas, sin que se hayan advertido impedimentos registrados que lo imposibiliten para asumir el cargo de confianza de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos;
Que, con el Memorándum Nº 0500-2026-IMARPE/OGPP, de fecha 01 de setiembre de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable señalando que el puesto de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, se encuentra aprobado con Resolución de la Dirección Ejecutiva Científica Nº 192-2023-IMARPE/DEC, de fecha 06 de diciembre de 2023, y no requiere presupuesto adicional respecto al marco presupuestal asignado para el ejercicio fiscal 2026;
Que, de la documentación adjunta al Proveído Nº 07868-2026-IMARPE/OGA, se aprecia que el profesional Miguel Ángel Perea De La Matta mantiene vínculo laboral con la entidad bajo el régimen de la actividad privada, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728. En tal sentido, considerando que el cargo de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos se encuentra calificado como cargo de confianza y que el profesional propuesto ha sido evaluado favorablemente por el Área Funcional de Recursos Humanos respecto del cumplimiento del perfil y de las condiciones de idoneidad, no se advierte impedimento jurídico para su designación;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 287-2026-IMARPE/OGAJ, de fecha 01 de setiembre de 2026, emite opinión manifestando que resulta jurídicamente viable la propuesta formulada por la Gerencia Científica, autorizada por la Presidencia Ejecutiva y sustentada técnicamente por el Área Funcional de Recursos Humanos;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal e) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1677, Decreto Legislativo para el Fortalecimiento y Modernización de la Gestión y Organización del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, corresponde a este Despacho emitir la resolución respectiva, por la cual se designe al profesional Miguel Ángel Perea De La Matta en el cargo de confianza de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú – IMARPE;
De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, y sus modificatorias; y el Decreto Legislativo Nº 1677, Decreto Legislativo para el Fortalecimiento y Modernización de la Gestión y Organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE;
Con el visado de la Gerencia General, la Gerencia Científica, la Oficina General de Administración, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Área Funcional de Recursos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la profesional Marilú Bouchon Corrales en el cargo de confianza de Directora General de Investigaciones de Recursos Pelágicos, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, dándosele las gracias por los servicios prestados; por lo que corresponde disponer su retorno a su puesto de origen.
Artículo 2.- Designar al profesional Miguel Ángel Perea De La Matta en el cargo de confianza de Director General de Investigaciones de Recursos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, bajo el régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 728.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Administración, a través del Área Funcional de Recursos Humanos, inserte en el legajo personal respectivo la presente Resolución y realice las acciones administrativas pertinentes.
Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución a la Gerencia Científica, a la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos y a los profesionales Marilú Bouchon Corrales y Miguel Ángel Perea De La Matta.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, y en el portal web institucional: http://www.imarpe.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Renato Guevara Carrasco
Presidente Ejecutivo (e)
Instituto del Mar del Perú
2550657-1