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Fecha de publicación: 04/09/2026
Ordenanza que aprueba el sorteo público “La Victoria premia tu cumplimiento” y su reglamento

Ordenanza que aprueba el sorteo público

“La Victoria premia tu cumplimiento” y su reglamento

ORDENANZA N° 485/MLV

La Victoria, 26 de agosto de 2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA

VISTOS:

El Informe Nº 000136-2026-GSAT/MLV, de fecha 18 de agosto de 2026, de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; el Informe Nº 000384-2026-OP-OGPP/MLV, de fecha 19 de agosto de 2026, de la Oficina de Presupuesto; el Informe Nº 000413-2026-OPIM-OGPP/MLV, de fecha 19 de agosto de 2026, de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el Memorando Nº 000204-2026-OGPP/MLV, de fecha 19 de agosto de 2026, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000333-2026-OGAJ/MLV, de fecha 20 de agosto de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 001846-2026-GM/MLV, de fecha 21 de agosto de 2026, de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9 y los artículos 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, corresponde al Concejo Municipal aprobar ordenanzas y ejercer mediante ellas su función normativa en materias de competencia municipal;

Que, la administración tributaria municipal debe orientar sus acciones a promover el cumplimiento voluntario, reducir la morosidad, fortalecer la cultura tributaria y asegurar la sostenibilidad de los servicios públicos locales;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y sus modificatorias, regula los tributos municipales, entre ellos el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, así como las reglas aplicables a los impuestos vinculados a juegos y sorteos, en lo que corresponda;

Que, mediante Ordenanza N° 478/MLV, la Municipalidad Distrital de La Victoria aprobó beneficios tributarios para el ejercicio 2026 orientados a incentivar el cumplimiento voluntario, facilitar la regularización de deudas y fortalecer la recaudación municipal;

Que, resulta conveniente implementar un mecanismo adicional de incentivo no tributario que reconozca con una mayor cantidad de tickets físicos a los contribuyentes que ya hubieran cumplido íntegramente sus obligaciones tributarias, y que a la vez incentive a quienes mantienen obligaciones pendientes del ejercicio 2026 o de años anteriores a regularizar su situación hasta la fecha de cierre del padrón;

Que, el mecanismo de asignación diferenciada de tickets físicos permite otorgar una mayor probabilidad de participación según el nivel de cumplimiento tributario, estableciendo cinco (5) tickets para el contribuyente que ya se encuentre totalmente al día; cuatro (4) tickets para quien únicamente mantenga obligaciones del ejercicio 2026 y las cancele hasta la fecha de cierre del padrón; y dos (2) tickets para quien registre deuda de varios ejercicios y la cancele íntegramente hasta la fecha de corte;

Que, el sorteo debe ejecutarse bajo criterios de publicidad, transparencia, trazabilidad, igualdad de reglas, control notarial, protección de datos personales y verificación previa del padrón de participantes, de acuerdo con el reglamento que forma parte integrante de la presente Ordenanza;

Que, adicionalmente, resulta conveniente incentivar la actualización de los datos de contacto del contribuyente, otorgando un (1) ticket físico adicional a quien actualice o ratifique su correo electrónico y número de celular mediante el formulario habilitado por la municipalidad, dejando constancia de su aceptación para el tratamiento de dichos datos conforme a la normativa de protección de datos personales;

Que, el proyecto de ordenanza permite la opción de premiar al buen contribuyente y también incentiva a los contribuyentes que aún no han cumplido con sus obligaciones tributarias y tiene como estrategia llegar a cumplir las metas de recaudación y a través del Informe N° 000136-2026-GSAT/MLV, de fecha 18 de agosto de 2026, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, se emite la opinión técnica favorable y de sustento para la propuesta de ordenanza;

Que, mediante Informe N° 000384-2026-OP-OGPP/MLV, de fecha 19 de agosto de 2026, la Oficina de Presupuesto, emite opinión presupuestal favorable a la implementación del proyecto;

Que, mediante Informe N° 000413-2026-OPIM-OGPP/MLV, de fecha 19 de agosto de 2026, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización concluyó que el proyecto se encuentra alineado con los instrumentos de planeamiento institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria, emitiendo opinión técnica favorable y precisando que su pronunciamiento se circunscribe estrictamente al ámbito técnico-funcional de su competencia; asimismo, mediante Memorando N° 000204-2026-OGPP/MLV, de fecha 19 de agosto de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hizo suyo, en todos sus extremos, el precitado informe y en consecuencia, otorgó opinión técnica favorable respecto del proyecto de ordenanza;

Que, mediante Informe N° 000333-2026-OGAJ/MLV, de fecha 20 de agosto de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable respecto de la viabilidad legal del proyecto de Ordenanza que aprueba el Sorteo Público “LA VICTORIA PREMIA TU CUMPLIMIENTO” y su Reglamento, al considerar que constituye un mecanismo de incentivo no tributario orientado a reconocer el cumplimiento y promover la regularización de las obligaciones tributarias, sin modificar, condonar ni alterar su monto o exigibilidad;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO PÚBLICO

“LA VICTORIA PREMIA TU CUMPLIMIENTO”

Artículo 1.- Aprobación. APROBAR la realización del Sorteo Público “LA VICTORIA PREMIA TU CUMPLIMIENTO”, destinado a incentivar el pago de obligaciones tributarias municipales y la regularización de deuda, cuyo cierre de padrón será el 30 de noviembre de 2026 y cuya realización y/o sorteo se efectuará el 15 de diciembre de 2026.

Artículo 2.- Aprobación del Reglamento. APROBAR el Reglamento del Sorteo Público “LA VICTORIA PREMIA TU CUMPLIMIENTO”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 3.- Criterio de preferencia y asignación de tickets físicos. La preferencia se materializa mediante la asignación de tickets físicos para el sorteo, conforme al nivel de cumplimiento tributario verificado al 30 de noviembre de 2026: a) cinco (5) tickets para el contribuyente que, antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, ya tenga canceladas todas sus obligaciones tributarias exigibles, incluido el ejercicio 2026; b) cuatro (4) tickets para el contribuyente que no registre deuda de ejercicios anteriores, mantenga únicamente obligaciones exigibles del ejercicio 2026 y las cancele íntegramente durante la vigencia de la presente ordenanza y hasta la fecha de cierre del padrón; y c) dos (2) tickets para el contribuyente que registre deuda de varios ejercicios y hasta el 30 de noviembre de 2026, cancele íntegramente la totalidad de su deuda tributaria exigible, incluido el ejercicio 2026. Cada ticket representa una oportunidad independiente de participación en el sorteo.

Artículo 3-A.- Ticket adicional por actualización de correo electrónico y celular. OTORGAR un (1) ticket físico adicional al contribuyente hábil que, hasta el 30 de noviembre de 2026, actualice o ratifique conjuntamente su correo electrónico y número de celular a través del formulario, enlace o canal habilitado por la municipalidad. Para acceder al ticket adicional, el contribuyente deberá declarar que los datos proporcionados son verdaderos y otorgar la autorización que corresponda para su tratamiento con fines de comunicación tributaria e institucional vinculada a la administración tributaria y al sorteo, conforme a la normativa de protección de datos personales. La actualización de datos es voluntaria y no constituye requisito para acceder a los tickets que correspondan por la categoría tributaria.

Artículo 4.- Financiamiento. Los gastos que demande la ejecución del sorteo, adquisición de premios, servicios notariales, difusión, soporte tecnológico y demás componentes necesarios se atenderán con cargo al presupuesto institucional, previa certificación de crédito presupuestario y observancia de la normativa aplicable a la contratación pública. La aprobación de esta ordenanza no autoriza por sí misma gasto alguno sin disponibilidad y certificación presupuestal.

Artículo 5.- Encargo. ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria la conducción del sorteo y a la Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, Oficina de Tesorería y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de las acciones previstas en la presente ordenanza y su reglamento.

Artículo 6.- Publicación. ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme a ley; y a la Oficina General de Tecnologías de la Información, la publicación de la ordenanza y sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria (www.munilavictoria.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe), sin perjuicio de la difusión por las plataformas oficiales de la Municipalidad.

Artículo 7.- Vigencia. La presente ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación y se mantiene vigente hasta culminar la entrega de los premios, la atención de incidencias y el cierre administrativo del sorteo.

Artículo 8.- Facultad complementaria. FACULTAR al señor Alcalde para que mediante decreto de alcaldía dicte disposiciones complementarias de carácter operativo que no alteren los requisitos de participación, las categorías y cantidades de tickets físicos, la fecha de cierre del padrón ni la fecha del sorteo, salvo reprogramación por caso fortuito o fuerza mayor debidamente sustentada en el citado decreto.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Las unidades orgánicas responsables deberán asegurar que la convocatoria, elaboración del padrón, asignación y control de tickets físicos, sorteo, notificación y entrega de premios cuenten con trazabilidad documental y digital suficiente.

Segunda.- Las obligaciones tributarias que pudieran generarse con ocasión de la organización del sorteo o de la obtención de premios serán evaluadas y atendidas por las áreas competentes conforme al Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal y sus modificatorias, y demás normas aplicables, antes de la entrega de cada premio.

Tercera.- Déjese sin efecto o suspéndase, durante la vigencia de la presente ordenanza, toda disposición municipal que resulte incompatible con sus fines, únicamente en lo estrictamente necesario para su ejecución.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RUBÉN CANO ALTEZ

Alcalde

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