Aprueban el Estatuto de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas
Universidad Nacional
de Folklore José María Arguedas
Resolución de Presidencia
N° 0023-2026-UNFJMA/CO-P
Lima, 10 de junio de 2026
VISTO:
El Acta de Sesión de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas de fecha 05 de junio de 2026, mediante la cual se debatió, validó y aprobó el Estatuto de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas, norma fundamental que rige el proceso de transición institucional; y, el informe legal N° 0011-2026-OAJ/UNFJMA.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 18º de la Constitución Política del Perú y el artículo 8º de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, las universidades gozan de autonomía normativa, de gobierno, académica, administrativa y económica, ejerciendo sus funciones conforme a sus estatutos y a la normativa vigente;
Que, la Ley N° 31998 denomina Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas a la Escuela Nacional Superior de Folklore José María Arguedas, estableciendo en su primera disposición complementaria final que la Universidad adecuará su estatuto y órganos de gobierno en el marco de la Ley Universitaria;
Que mediante la Resolución Viceministerial N° 008-2025-MINEDU, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas y designa a la señora ANA DEL SOCORRO POLO VÁSQUEZ, en el cargo de Presidenta; a la señora DORIS RENATA TEODORI DE LA PUENTE, en el cargo de Vicepresidenta Académica; y, a la señora ROSA MARIA BRAVO CRUZ, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación;
Que la Resolución Viceministerial N° 244-2021-
MINEDU y sus modificatorias: Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, Resolución Viceministerial 053-2023-MINEDU, que aprueba el documento normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, cuyo numeral 6.1.4 precisa las funciones de la Comisión Organizadora;
Que, el literal a) del numeral 6.1.4 del citado documento normativo, precisa como función de la Comisión Organizadora, elaborar o modificar, según corresponda, y aprobar los estatutos de la universidad, así como remitir el nuevo estatuto de la universidad a la Sunedu;
Que, la Comisión Organizadora, en ejercicio de sus atribuciones normativas y de gestión, aprobó en su Sesión de fecha 05 de junio de 2026, el Estatuto de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas;
Que, mediante Informe Legal N° 0011-2026-OAJ/UNFJMA, de fecha 10 de junio de 2026, la Oficina de Asesoría Legal concluye que el proyecto de Estatuto de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas - UNFJMA, versión final del 09 de junio de 2026, ha sido elaborado por la Comisión Organizadora en ejercicio de las competencias conferidas por la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y la normativa aplicable al proceso de adecuación institucional; asimismo, señala que dicho instrumento normativo guarda concordancia con la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria, la Ley N° 31998 y las disposiciones emitidas por el Ministerio de Educación y la SUNEDU, no advirtiéndose incompatibilidad alguna con el ordenamiento jurídico vigente, por lo que emite opinión favorable y otorga el correspondiente visto bueno para su aprobación mediante Resolución;
Que, contando con el visto bueno de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica y Jefe de la Oficina de Planeamiento presupuesto;
De conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220 - Ley Universitaria; la Ley N° 31998; la Resolución Viceministerial N° 008-2025-MINEDU, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias: R.VM. N° 055-2022-MINEDU, y R.VM. N° 053-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Estatuto de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas, el mismo que consta de veintiún (21) Títulos, veintinueve (29) Capítulos y doscientos cuarenta, dos (2) subcapítulos y doscientos cincuenta y un (251) artículos, además de diecisiete (17) Disposiciones Transitorias y cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales, y cuyo texto íntegro forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución y el Estatuto aprobado a la Dirección de Coordinación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria - DICOPRO del Ministerio de Educación, y a la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria - SUNEDU, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3.- DISPONER que la Jefa de la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicación de la Dirección General de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas y en el diario oficial “El Peruano”.¹
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Ana del Socorro Polo Vásquez
Presidenta de la Comisión Organizadora
Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas
Héctor Luis Santivañez Cotera
Secretario General
Universidad Nacional de Folklore José María Arguedas
2550334-1