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Fecha de publicación: 03/09/2026
Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo

Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° 000101-2026-CENFOTUR/J

Barranco, 1 de septiembre del 2026

VISTOS:

El Informe N° 000426-2026-CENFOTUR/URRHH y el Informe N° 000428-2026-CENFOTUR/URRHH emitidos por la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, el Memorándum N° 000218-2026-CENFOTUR/OPPD emitido por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, el Informe N° 000019-2026-CENFOTUR/OPPD-PJQC emitido por la Especialista de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y el Informe N° 000105-2026-CENFOTUR/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, establece la naturaleza jurídica, autonomía y funciones de la entidad, disponiendo que constituye un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, el cual establece la estructura orgánica de la entidad, así como las competencias de sus órganos y unidades orgánicas;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 043-2023-CENFOTUR/J se aprobó el Manual Clasificador de Cargos del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, el cual posteriormente fue modificado por Resolución Jefatural N° 000082-2026-CENFOTUR/J, documento de gestión institucional que contiene la clasificación de los cargos estructurales de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos, así como su plazo de vigencia;

Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, regulan el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, comprendiendo, entre otros aspectos, la gestión de cargos, perfiles y requisitos para el acceso al servicio civil;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, denominada “Elaboración del Manual Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual regula el procedimiento para la elaboración, modificación y aprobación del Manual Clasificador de Cargos de las entidades públicas;

Que, conforme a los numerales 5.2.3 y 6.1.7 de la citada Directiva, corresponde a la Oficina de Recursos Humanos elaborar la propuesta del Manual Clasificador de Cargos y el informe técnico sustentatorio, así como elevar dicha propuesta al Titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, para su aprobación; asimismo, el numeral 5.2.4 establece que corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitir opinión respecto de la propuesta en el ámbito de sus competencias;

Que, la Resolución Viceministerial N° 034-2024-MINEDU que aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la adecuación de los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación a la Ley N° 30512 y su Reglamento”, establece que el Manual de Perfil de Puestos (MPP) o el que haga sus veces, debe contener, entre otros, “los impedimentos establecidos en la Ley N° 29988, Ley N° 30901 y otras contempladas en el marco normativo que correspondan al sector al que pertenece o de la ley de creación”;

Que, mediante Informe N° 000426-2026-CENFOTUR/URRHH, la Unidad de Recursos Humanos sustentó técnicamente la propuesta de modificación del Manual Clasificador de Cargos del CENFOTUR, proponiendo que se incorpore en la base legal del MCC la Ley N° 29988 y Ley N° 30901, así como también en la descripción de los perfiles, precisando que ello no representa modificaciones sustantivas;

Que, posteriormente, mediante Memorándum N° 000218-2026-CENFOTUR/OPPD la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, sustentado en el Informe N° 000019-2026-CENFOTUR/OPPD-PJQC elaborado por su Especialista, argumenta que “es preciso señalar que modificación propuesta al Manual de Clasificador de Cargos, guarda alineamiento con la estructura organizacional vigente del CENFOTUR y no genera afectación al Reglamento de Organización y Funciones; por lo que, desde la perspectiva organizacional, corresponde emitir opinión favorable”;

Que, en mérito a ello, mediante Informe N° 000428-2026-CENFOTUR/URRHH la Unidad de Recursos Humanos elevó el expediente a la Jefatura, solicitando la prosecución del procedimiento para la aprobación de la modificación del Manual Clasificador de Cargos del CENFOTUR, conforme a lo previsto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;

Que, mediante Informe N° 000105-2026-CENFOTUR/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señaló que, de la revisión del expediente administrativo N° J0000020260000618, se verifica que obran los pronunciamientos emitidos por la Unidad de Recursos Humanos y por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, en el ámbito de las competencias que la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH atribuye a dichos órganos;

Que, en consecuencia, resulta viable aprobar la modificación del Manual Clasificador de Cargos del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, al haberse observado el procedimiento previsto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y contar el expediente con los pronunciamientos emitidos por los órganos competentes en el ámbito de sus respectivas atribuciones;

Con las visaciones de la Gerencia General, la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; el Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, y la Resolución Viceministerial N° 034-2024-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas que realice los trámites respectivos a fin de que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario oficial El Peruano.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General la comunicación de la presente Resolución Jefatural a las áreas respectivas, a fin de que implementen las acciones que estén en el ámbito de su competencia.

Artículo Quinto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente Resolución Jefatural y el Anexo señalado en el artículo primero, en la página web del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GRACIELA MARGARITA MARÍA SEMINARIO MARÓN

Jefa

Centro de Formación en Turismo

2550268-1