Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000101-2026-CENFOTUR/J
Barranco, 1 de septiembre del 2026
VISTOS:
El Informe N° 000426-2026-CENFOTUR/URRHH y el Informe N° 000428-2026-CENFOTUR/URRHH emitidos por la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, el Memorándum N° 000218-2026-CENFOTUR/OPPD emitido por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, el Informe N° 000019-2026-CENFOTUR/OPPD-PJQC emitido por la Especialista de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y el Informe N° 000105-2026-CENFOTUR/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, establece la naturaleza jurídica, autonomía y funciones de la entidad, disponiendo que constituye un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, el cual establece la estructura orgánica de la entidad, así como las competencias de sus órganos y unidades orgánicas;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 043-2023-CENFOTUR/J se aprobó el Manual Clasificador de Cargos del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, el cual posteriormente fue modificado por Resolución Jefatural N° 000082-2026-CENFOTUR/J, documento de gestión institucional que contiene la clasificación de los cargos estructurales de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos, así como su plazo de vigencia;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, regulan el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, comprendiendo, entre otros aspectos, la gestión de cargos, perfiles y requisitos para el acceso al servicio civil;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, denominada “Elaboración del Manual Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual regula el procedimiento para la elaboración, modificación y aprobación del Manual Clasificador de Cargos de las entidades públicas;
Que, conforme a los numerales 5.2.3 y 6.1.7 de la citada Directiva, corresponde a la Oficina de Recursos Humanos elaborar la propuesta del Manual Clasificador de Cargos y el informe técnico sustentatorio, así como elevar dicha propuesta al Titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, para su aprobación; asimismo, el numeral 5.2.4 establece que corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitir opinión respecto de la propuesta en el ámbito de sus competencias;
Que, la Resolución Viceministerial N° 034-2024-MINEDU que aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan la adecuación de los institutos, escuelas y centros de capacitación, formación e investigación pertenecientes a sectores distintos al Sector Educación a la Ley N° 30512 y su Reglamento”, establece que el Manual de Perfil de Puestos (MPP) o el que haga sus veces, debe contener, entre otros, “los impedimentos establecidos en la Ley N° 29988, Ley N° 30901 y otras contempladas en el marco normativo que correspondan al sector al que pertenece o de la ley de creación”;
Que, mediante Informe N° 000426-2026-CENFOTUR/URRHH, la Unidad de Recursos Humanos sustentó técnicamente la propuesta de modificación del Manual Clasificador de Cargos del CENFOTUR, proponiendo que se incorpore en la base legal del MCC la Ley N° 29988 y Ley N° 30901, así como también en la descripción de los perfiles, precisando que ello no representa modificaciones sustantivas;
Que, posteriormente, mediante Memorándum N° 000218-2026-CENFOTUR/OPPD la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, sustentado en el Informe N° 000019-2026-CENFOTUR/OPPD-PJQC elaborado por su Especialista, argumenta que “es preciso señalar que modificación propuesta al Manual de Clasificador de Cargos, guarda alineamiento con la estructura organizacional vigente del CENFOTUR y no genera afectación al Reglamento de Organización y Funciones; por lo que, desde la perspectiva organizacional, corresponde emitir opinión favorable”;
Que, en mérito a ello, mediante Informe N° 000428-2026-CENFOTUR/URRHH la Unidad de Recursos Humanos elevó el expediente a la Jefatura, solicitando la prosecución del procedimiento para la aprobación de la modificación del Manual Clasificador de Cargos del CENFOTUR, conforme a lo previsto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH;
Que, mediante Informe N° 000105-2026-CENFOTUR/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señaló que, de la revisión del expediente administrativo N° J0000020260000618, se verifica que obran los pronunciamientos emitidos por la Unidad de Recursos Humanos y por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, en el ámbito de las competencias que la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH atribuye a dichos órganos;
Que, en consecuencia, resulta viable aprobar la modificación del Manual Clasificador de Cargos del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, al haberse observado el procedimiento previsto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y contar el expediente con los pronunciamientos emitidos por los órganos competentes en el ámbito de sus respectivas atribuciones;
Con las visaciones de la Gerencia General, la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; el Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, y la Resolución Viceministerial N° 034-2024-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) del Centro de Formación en Turismo, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas que realice los trámites respectivos a fin de que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General la comunicación de la presente Resolución Jefatural a las áreas respectivas, a fin de que implementen las acciones que estén en el ámbito de su competencia.
Artículo Quinto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente Resolución Jefatural y el Anexo señalado en el artículo primero, en la página web del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GRACIELA MARGARITA MARÍA SEMINARIO MARÓN
Jefa
Centro de Formación en Turismo
2550268-1