Convocan a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra II-2026
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 005-2026-AL/MDPN
Punta Negra, 31 de agosto de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA
VISTOS: El Memorándum N° 859-2026-GM/MDPN, de fecha 31 de agosto de 2026, Memorándum N° 1211-2026-OGPP/MDPN, de fecha 31 agosto de 2026, el Informe N° 458-2026-OGAJ/MDPN, de fecha 31 agosto de 2026, el Memorándum N° 865-2026-GM/MDPN, de fecha 31 de agosto de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo ll del Título Preliminar de la Ley N’ 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 197 y 199 de la Constitución Política del Perú, establece que: “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local(..)” y “(...) formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, la Ley N° 27783, Ley Bases de la Descentralización, en el numeral 17.1 del artículo 17°prescribe que “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que “El Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos, a través de mecanismos directos e indirectos de participación”;
Que, mediante la Ley N° 31433, se modifica entre otros, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a la atribuciones y responsabilidades de consejos municipales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, modificando entre otros el artículo 20 numeral 36, el cual establece como una de las atribuciones del Alcalde de “convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local”;
Que, con Ordenanza Municipal N° 057-2026/MDPN, de fecha 23 de abril de 2026, se aprueba el “Reglamento Marco para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra”, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de abril del 2026;
Que, con Memorándum N° 1211-2026-OGPP/MDPN, de 31 agosto de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicita la opinión legal respecto al Decreto de Alcaldía con la finalidad de convocar la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra II-2026;
Que, con Informe N° 458-2026-OGAJ/MDPN, de 31 agosto de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que es viable expedir el Decreto de Alcaldía, para la convocatoria a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra II-2026, de conformidad a la Ley N° 31433, que incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Por lo que, con Memorándum N° 865-2026-GM/MDPN, de fecha 31 de agosto de 2026, la Gerencia Municipal, traslada los actuados a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria para la emisión del acto resolutivo.
Estando a lo expuesto, en la parte considerativa, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20°, 42°, artículo 119-A de la Ley N° 31433, se modifica entre otros, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR a la ciudadanía a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra II-2026, la misma que se llevara a cabo de acuerdo al siguiente detalle:
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MODALIDAD |
PRESENCIAL |
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FECHA DE LA AUDIENCIA |
30 DE SETIEMBRE DEL 2026 |
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HORA |
06:00 PM |
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LUGAR |
PLAZA DE ARMAS DE PUNTA NEGRA |
Artículo Segundo.- CONSTITUIR el Equipo Técnico Municipal integrado por:
• Alcalde (quien lo preside)
• Gerencia Municipal
• Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria
• Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
• Oficina General de Administración y Finanzas
• Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Municipales
• Gerencia de Administración Tributaria
• Gerencia de Desarrollo Territorial
Artículo Tercero.- APROBAR el CRONOGRAMA de Actividades para la realización de la Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra II-2026 conforme al ANEXO 1, del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- APROBAR la AGENDA DE LA AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL, que incluye los temas de información a ser expuestos, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Título III del Reglamento Marco, que forma parte integrante del presente decreto.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Participación Vecinal, OMAPED, CIAM y DEMUNA realizar los procedimientos para la inscripción de Participantes conforme a la normatividad vigente.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESTIÓN DOCUMENTARIA, notificar el presente Decreto conforme a Ley; así como, ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, la publicación del presente en el portal web de la entidad: www.munipuntanegra.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EULOGIO HUYHUA CCACCYA
Alcalde
ANEXO 1
AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA II-2026
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
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N° |
ACTIVIDADES PROCESO DE LA AUDIENCIA II-2026 |
AÑO FISCAL 2026 |
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AGOSTO |
SETIEMBRE |
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Semana |
Semanas |
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4 |
1 |
2 |
3 |
4 |
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1 |
Aprobación de Decreto de Alcaldía |
Hasta el 31 de agosto |
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2 |
Instalación del Equipo Técnico Municipal |
01 de setiembre |
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3 |
Difusión de la Audiencia Pública |
Del 02 al 10 de setiembre |
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4 |
Inscripción de Participantes |
Del 02 al 10 de setiembre |
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5 |
AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL |
30 de setiembre |
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6 |
Firma del Acta de la Audiencia Pública |
30 de setiembre |
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7 |
Difusión del Informe Final |
Hasta el 09 de octubre |
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8 |
Evaluación Interna |
Hasta el 16 de octubre |
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9 |
Publicación de los Resultados - PTE |
Hasta el 16 de octubre |
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AUDIENCIA PÚBLICA MUNICIPAL PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA II-2026
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AGENDA |
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Temática priorizada minima para rendir cuentas en concordancia al Articulo 11° del Ordenanza Municipal N° 057-2026/MDPN, que aprueba el Reglamento que regula la realización de Audiencia Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, conforme al siguiente detalle:
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2549803-1