Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva
de Residuos Sólidos del Distrito Carmen de La Legua - Reynoso (2026)
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 006-2026-MDCLR
Carmen de La Legua - Reynoso, 24 de agosto de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO
VISTO:
El Informe N° 096-2026-GDA/MDCLR, de fecha 3 de agosto de 2026, emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental; el Memorando N° 1229-2026-MDCLR/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 181-2026-MDCLR/OAJ, de fecha 11 de agosto de 2026, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° 375-2026-GM/MDCLR, de fecha 17 de agosto de 2026, emitido por la Gerencia Municipal; relacionados con la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito Carmen de La Legua - Reynoso (2026); y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y proteger el ambiente, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y alcanzar el desarrollo sostenible del país;
Que, el numeral 24.2 del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, modificado por el Decreto Legislativo N° 1501, establece que las municipalidades distritales son responsables de implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, promoviendo la valorización de los residuos sólidos y asegurando su adecuada disposición final;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 138-2021-MINAM, se aprobó la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, cuyo objetivo es orientar a las municipalidades en la implementación de dichos programas, promoviendo la valorización de los residuos sólidos aprovechables;
Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2022-MINAM, se modificó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, así como el Reglamento de la Ley N° 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2010-MINAM, estableciéndose disposiciones orientadas al fortalecimiento de la gestión y valorización de los residuos sólidos, así como de los programas de segregación en la fuente y recolección selectiva;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 008-2024-MDCLR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso, cuyo artículo 66, literal b), establece como función de la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes desarrollar progresivamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en su jurisdicción, asegurando su reaprovechamiento y disposición final diferenciada en condiciones técnicamente adecuadas;
Que, mediante Informe N° 235-2026-SGLPAV-GDA/MDCLR, la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes propone la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito Carmen de La Legua - Reynoso - 2026, el cual tiene por finalidad fortalecer la gestión integral de los residuos sólidos municipales, incrementar la valorización de los residuos sólidos aprovechables y promover la participación activa de la población en su adecuada segregación y manejo;
Que, mediante Informe N° 181-2026-MDCLR/OAJ, de fecha 11 de agosto de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la aprobación del referido Programa, señalando la procedencia de su aprobación mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Memorando N° 1229-2026-MDCLR/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite las precisiones correspondientes en el marco de sus competencias; y, mediante Memorando N° 375-2026-GM/MDCLR, la Gerencia Municipal remite los actuados para la continuación del trámite correspondiente;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito Carmen de La Legua - Reynoso (2026).
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, a través de la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes, la implementación, ejecución, monitoreo y cumplimiento del Programa aprobado mediante el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Ambiental, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Cuarto.- DISPONER a Secretaria General, solo la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación del presente Decreto y del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos del Distrito Carmen de La Legua - Reynoso (2026), en el portal institucional de la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua - Reynoso (www.municarmendelalegua.gob.pe)
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDWARDS JAVIER INFANTE LÓPEZ
Alcalde