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Fecha de publicación: 01/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027

Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a Brasil, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 01050-2026-DE

Lima, 31 de agosto del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 6019/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02100-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01613-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta N° 04/Com9°DN/MB 62020.000755/2026-71, el Comandante del 9° Distrito Naval de la Marina de Brasil invita al Comandante General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú a participar, acompañado de cuatro oficiales, en la Conmemoración del 204° Aniversario de la Independencia de Brasil, durante la realización de la Fase III de la Operación BRACOLPER NAVAL 2026, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 3 al 8 de setiembre de 2026;

Que, a través de la Carta N° 30-06/2026 62020.001175/2026-09, el Comandante del 9° Distrito Naval de la Marina de Brasil invita al Comandante General de Operaciones de la Amazonía de la Marina de Guerra del Perú a participar, acompañado de dos oficiales, en la X Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Brasil - Perú, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 9 al 10 de setiembre de 2026;

Que, con los Oficios N° 298/42 y N° 300/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante del 9° Distrito Naval de la Marina de Brasil la participación de personal naval en las actividades señaladas precedentemente, en el lugar y fechas indicadas;

Que, con Oficio N° 6019/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú, para participar en la Conmemoración del 204° Aniversario de la Independencia de Brasil, durante la realización de la Fase III de la Operación BRACOLPER NAVAL 2026, del 3 al 8 de setiembre de 2026, y en la X Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Brasil – Perú, del 9 al 10 de setiembre de 2026, las cuales se realizarán en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil; asimismo, solicita autorizar su salida del país con un día de anticipación así como su retorno, con un día de posterioridad, sin que estos días adicionales generen gasto al Estado Peruano;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 019-2026; la exposición de motivos; el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 102-2026; la Disponibilidad Presupuestaria N° 116-2026; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante el correo institucional del 27 de agosto de 2026, la institución armada en atención al Mensaje Naval 2711119 AGOSTO 2026, remite la relación actualizada del personal de la Marina de Guerra del Perú, titular y suplente, que participará en los citados eventos;

Que, a través de la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior, por cuanto permitirá afianzar lazos de unión y fraternidad entre ambos países necesarios, para poder enfrentar problemas comunes en la Amazonía, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberanía e integridad territorial; asimismo, se encuentra alineado a la política institucional de participación activa en reuniones de carácter internacional para la promoción y defensa de los intereses nacionales;

Que, de acuerdo con el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 102-2026, la institución armada señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, a través del Oficio N° 02100-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 529-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar que participará en las citadas actividades;

Que, mediante el Informe Legal N° 01613-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú, que se detalla en el Anexo A que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la Conmemoración del 204° Aniversario de la Independencia de Brasil, durante la realización de la Fase III de la Operación BRACOLPER NAVAL 2026 y para participar en la X Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Brasil – Perú, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 3 al 10 de setiembre de 2026, autorizando su salida del país el 2 de setiembre y su retorno el 11 de setiembre de 2026.

Artículo 2.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú, que se detalla en el Anexo B que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la Conmemoración del 204° Aniversario de la Independencia de Brasil, durante la realización de la Fase III de la Operación BRACOLPER NAVAL 2026, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa de Brasil, del 3 al 8 de setiembre de 2026, autorizando su salida del país el 2 de setiembre y su retorno el 9 de setiembre de 2026.

Artículo 3.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 4.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos (ida y vuelta):

Lima – Manaos (República Federativa de Brasil) – Lima

Clase económica

US$ 1,744.97 x 5 personas US$ 8,724.85

Viáticos

Evento: Conmemoración del 204° Aniversario de la Independencia de Brasil

US$ 370.00 x 5 personas x 6 días US$ 11,100.00

Evento: X Reunión Bilateral de Comandos Navales Fronterizos Brasil – Perú

US$ 370.00 x 3 personas x 2 días US$ 2,220.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 22,044.85

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado.

Artículo 6.- El personal autorizado para realizar la comisión de servicio que se detalla en los artículos 1 y 2 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; y de sus anexos en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2549504-1