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Fecha de publicación: 01/09/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027

Designan Director de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 000315-2026-MC

San Borja, 28 de agosto del 2026

VISTOS: el Informe Nº 000574-2026-DE-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Informe N° 000352-2026-OGRH-SG/MC de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° 001088-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, conforme con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por la Resolución Ministerial
N° 412- 2019-MC, reordenado por la Resolución Ministerial N° 000184-2020-DM/MC, el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco es considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción;

Que, encontrándose vacante el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo
N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor VLADIMIRO BOZA MURILLO en el cargo de Director de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Industrias Culturales y Artes de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBERTO ISMAEL BEINGOLEA DELGADO

Ministro de Cultura

2549474-1