Logo El Peruano
Fecha de publicación: 01/09/2026
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 425-2026-MDC, que establece incentivos para el Pago y la Regularización de las Obligaciones Tributarias y no Tributarias

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 425-2026-MDC, que establece incentivos para el Pago y la Regularización de las Obligaciones Tributarias y no Tributarias

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 020-2026-MDC

Cieneguilla, 26 de agosto de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

VISTOS:

El Informe N° 273-2026-MDC/GATR, de fecha 21 de agosto de 2026, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Memorándum N° 809-2026-MDC/GM, de fecha 24 de agosto de 2026, de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 0231-2026-MDC/GAJ, de fecha 25 de agosto de 2026, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 822-2026-MDC/GM, de fecha 25 de agosto de 2026, de la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 425-2026-MDC, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, Ley de reforma de los Artículos 191°,194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los alcaldes, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que: “Las municipalidades (…) y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; su autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Ordenanza N° 425-2026-MDC, se establece incentivos para el pago y la regularización de las obligaciones tributarias y no tributarias, denominada “Amnistía Tributaria y no Tributaria Total 2026” y que permite a los contribuyentes acogerse al “Programa de Incentivos del Vecino Puntual de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”;

Que, la citada Ordenanza, establece en la Primera Disposición Final, facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanzas; así como, prorrogar la vigencia de la misma de ser necesario;

Que, con Informe N° 273-2026-MDC/GATR, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, remite a la Gerencia Municipal el Informe N° 220-2026-MDC/GATR-SFTGR de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, el mismo que concluye señalando que resulta razonable prorrogar hasta el 30 de setiembre de 2026 la vigencia de la Ordenanza N° 425-2026-MDC, a fin de que, más contribuyentes puedan continuar regularizando el pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias que se encuentran vencidas;

Que, mediante Memorándum N° 809-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica la opinión legal, para continuar con el trámite correspondiente;

Que, con Informe Legal N° 0231-2026-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis correspondiente, opina que resulta viable la aprobación de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 425-2026-MDC, Ordenanza que establece incentivos para el pago y la regularización de las obligaciones tributarias y no tributarias, denominadas “Amnistía Tributaria y no Tributaria Total 2026”, y que permite a los contribuyentes acogerse al Programa de Incentivos del Vecino Puntual de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, conforme a los fundamentos técnicos normativos expuestos; recomendando, derivar los actuados a la Secretaría General a fin de que el titular de la entidad emita el Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;

Que, mediante Memorándum N° 822-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias y conforme a la primera de las Disposiciones Finales de la Ordenanza N° 425-2026-MDC;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 30 de setiembre de 2026, la vigencia de la ORDENANZA N° 425-2026-MDC, que establece incentivos para el Pago y la Regularización de las Obligaciones Tributarias y no Tributarias, denominada “AMNISTÍA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA TOTAL 2026” y que permite a los contribuyentes acogerse al PROGRAMA DE INCENTIVOS DEL VECINO PUNTUAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Gestión de Recaudación, a la Subgerencia de Ejecución Coactiva y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, y otras competentes el cumplimiento del presente Decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto, en el Diario Oficial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, la adecuación técnica del presente Decreto en el sistema SISMUN, su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/municieneguilla) y en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de los beneficios establecidos.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA

Alcalde

IVAN E. CARDENAS ESPINOZA

Secretario General

2549024_1