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Fecha de publicación: 30/08/2026
Convocan a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2026, de la Municipalidad Distrital de Ate

Convocan a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2026,

de la Municipalidad Distrital de Ate

Decreto de Alcaldía

Nº 007

Ate, 28 de agosto de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

VISTO: El Expediente Nº 2026-0009684 (Oficio Nº 51-2026-DP/ADESC), ingresado por la Defensoría del Pueblo; Informe Nº 000707-2026-MDA/OGPE-OPMI, de la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones; el Informe Nº 000197-2026-MDA/GM-OGPE, de la Oficina General de Planificación Estratégica; el Informe Nº 000185-2026-MDA/GM-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 001222-2026-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, señala que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, en los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, se establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, y formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;

Que, el artículo 119-Aº de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias establece que, las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, debiendo realizarse como mínimo dos audiencias públicas al año, una en mayo y la otra en setiembre, para evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;

Que, el artículo 148º de la norma citada precedentemente, sujeta a los gobiernos locales a las normas de transparencia y sostenibilidad fiscal, constituyendo un elemento fundamental para la generación de confianza ciudadana, debiendo contar con portales de transparencia en Internet para publicar periódicamente la información respectiva;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas”;

Que, el inciso g) del artículo 42º de la Ley Nº 27783, establece como competencia municipal exclusiva, el aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal;

Que, los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establecen que el Estado debe promover mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa, precisando el derecho ciudadano de participar en la formulación presupuestal, fiscalización, ejecución y control de la gestión del Estado;

Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, establece que la transparencia de la información es una iniciativa que permite el desarrollo de un gobierno abierto que promueve una relación horizontal entre el gobierno y la ciudadanía, para la prevención, y lucha contra la corrupción. Se trata de un enfoque centrado en el ciudadano/a para crear valor a través de políticas de integridad y rendición de cuentas de las autoridades de gobierno, administradores públicos, y otros funcionarios/as;

Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 aprobado mediante Decreto Supremo Nº 103-2022-PCM, define al Estado abierto como un “componente transversal a la gestión de los componentes de políticas públicas y regulación, estrategia, bienes y servicios, gestión interna y resultados, se incorpora ante la necesidad de apertura del Estado hacia las personas, con el fin de que provean información a través de diversos canales de comunicación que deben poner a disposición todas las entidades públicas; así como las acciones que promuevan la participación de las personas en el ciclo de vida de las intervenciones públicas; y a su vez ampliar el alcance de los mecanismos de integridad pública y rendición de cuentas de las entidades”; asimismo, señala según el Cuadro Nº 3.- Objetivos prioritarios, indicadores y lineamientos, como objetivo prioritario O.P.4.: “Garantizar un Gobierno abierto que genere legitimidad en las intervenciones públicas”;

Que, el Decreto Supremo Nº 151-2025-PCM, aprueba el “VI Plan de Acción de Estado Abierto 2026-2027”, señala en sus considerandos que: “Se incorpora ante la necesidad de apertura del Estado hacia las personas, con el fin de que provean información a través de canales de información y comunicación que deben poner a su disposición todas las entidades públicas, así como las acciones que promuevan la participación de las personas en el ciclo de vida de las intervenciones públicas; y a su vez ampliar el alcance de los mecanismos de integridad pública y rendición de cuentas de las entidades”;

Que, el literal g) del numeral 6.3.1 de la Directiva Nº 016-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 267-2022-CG, dispone que, en el proceso de rendición de cuentas del titular de la entidad, se debe disponer la exposición del informe de rendición de cuentas de titulares en las audiencias públicas dirigidas a los ciudadanos, conforme a las normas específicas que regulan las mismas;

Que, la Ordenanza Nº 601-MDA de fecha 24 de mayo de 2023 y publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de mayo de 2023, en su artículo primero aprobó el Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas en la Municipalidad Distrital de Ate; asimismo, en su artículo tercero faculta al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias;

Que, el referido Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas en la Municipalidad Distrital de Ate, señala en su artículo 9º y 11º que se realizará la segunda audiencia pública de rendición de cuentas en el mes de setiembre, abordando la información del periodo enero - agosto, señalando los logros y las dificultades que impidieron el cumplimiento de los compromisos, así como la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal; asimismo, en su artículo 15º se establece al Equipo Técnico y sus responsabilidades;

Que, la Ordenanza Nº 615-MDA y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Ate, publicada el 28 de junio de 2024; estableciendo en el artículo 22º del ROF que: “La Oficina General de Planificación Estratégica es el órgano de asesoramiento, encargado de dirigir, planear, organizar, controlar y evaluar las actividades de los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, programación multianual y gestión de inversiones y modernización en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) y el Plan Estratégico Institucional (PEI). Asimismo, las actividades de cooperación técnica y de estadística municipal. Depende de la Gerencia Municipal”;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0001 de fecha 24 de enero de 2025, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 29 de enero de 2025, se aprobó el Cuadro de Equivalencias de las Unidades de Organización de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a la nueva estructura aprobada con Ordenanza Nº 615-MDA;

Que, con Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2024-PCM/SD se aprobó el Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales;

Que, mediante Expediente Nº 2026-0009684 (Oficio Nº 51-2026-DP/ADESC), la Defensoría del Pueblo pone en conocimiento de la Municipalidad Distrital de Ate el Informe Defensorial Nº 249-2025/DP, referido a la supervisión de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas (APRC) a cargo de las municipalidades distritales de Lima Metropolitana, correspondiente a mayo y setiembre de 2024, formulando diversas recomendaciones relacionadas con el desarrollo de las audiencias públicas de rendición de cuentas;

Que, mediante Informe Nº 000707-2026-MDA/OGPE-OPMI, la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones emite opinión técnica favorable señalando lo siguiente: “(…) Al amparo de la normatividad y las acciones estratégicas, esta Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones emite la opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación correspondiente al Proyecto de DECRETO DE ALCALDÍA QUE CONVOCA, FIJA LOS PUNTOS DE AGENDA, Y PUBLICA EL CRONOGRAMA DE LA SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026 DEL DISTRITO DE ATE”;

Que, mediante Informe Nº 000197-2026-MDA/GM-OGPE, la Oficina General de Planificación Estratégica encuentra conforme el Informe Nº 000707-2026-MDA/OGPE-OPMI y promueve el proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca, señalando lo siguiente: “Esta Oficina General de Planificación Estratégica habiendo revisado los respectivos actuados que forman parte del expediente administrativo, encuentra conforme el INFORME 000707-2026-MDA/OGPE-OPMI, emitido por la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones”;

Que, mediante Informe Nº 000185-2026-MDA/GM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica precisa que, conforme al marco normativo antes expuesto y contándose con las opiniones técnicas favorables de la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones y la Oficina General de Planificación Estratégica; considera viable que se prosiga con el trámite de aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la convocatoria de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2026 de la Municipalidad Distrital de Ate, acorde con el Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, aprobado por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 015-2024-PCM/SD; Directiva Nº 016-2022-CG/PREVI - Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 267-2022-CG y sus modificatorias; concordante con lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias;

Que, mediante Memorando Nº 001222-2026-MDA/GM, la Gerencia Municipal, contando con la opinión viable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, remite los actuados a la Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, para la emisión del decreto de alcaldía correspondiente;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Y SUS MODIFICATORIAS:

SE DECRETA:

Artículo Primero.- CONVOCAR a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año 2026, de la Municipalidad Distrital de Ate, la misma que se llevará a cabo el día 30 de setiembre de 2026 a las 16:00 horas, en el Auditorio del Centro Cultural, ubicado en 7.5 km, de la Carretera Central, distrito de Ate, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- FIJAR los puntos de la agenda de la segunda audiencia pública de rendición de cuentas, contenidos en el anexo que, como documento adjunto, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del cronograma de la segunda audiencia pública de rendición de cuentas, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe).

Artículo Cuarto.- PRECISAR que los ciudadanos cuentan con un plazo de quince (15) días calendario improrrogables para formular propuestas sobre la temática de la audiencia, las cuales deberán ser remitidas de manera presencial y/o virtual en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), Sede de Huaycán, Sede Santa Clara, Sede Salamanca, Mac Express Puruchuco, Gerencia de Desarrollo Social, y, Oficina General de Planificación Estratégica.

Artículo Quinto.- ESTABLECER que los ciudadanos participantes podrán inscribirse de manera presencial y/o virtual en los mismos canales indicados en el artículo precedente, hasta el mismo día del desarrollo de la audiencia pública.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Oficina General de Planificación Estratégica, Gerencia de Desarrollo Social, Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, Oficina de Tecnologías de la Información, al Equipo Técnico de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas; y, demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal.

Artículo Séptimo.- DISPONER, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y su anexo en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe).

Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Social y Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, su difusión.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

FRANCO VIDAL MORALES

Alcalde

ANEXO

AGENDA PRELIMINAR PARA LA SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE

RENDICIÓN DE CUENTAS - SETIEMBRE 2026

• Día: miércoles 30 de setiembre de 2026

• Lugar: Auditorio del Centro Cultural

• Hora de Inicio: 4:00 pm

• Hora de Finalización: 7:00 pm

Nº

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

RESPONSABLES

INICIO

FIN

1

Registro de Participantes

Gerencia de Desarrollo Social

Subgerencia de Programas Sociales y Participación Vecinal

03:00 pm

04:00 pm

2

Palabras de bienvenida, inicio de sesión, principales resultados obtenidos

Titular de la entidad

04:00 pm

04:10 pm

3

Aspectos generales de ejecución financiera y presupuestaria, y otros sistemas administrativos

Abog. Diego Nicolás Palma De La Cruz

Gerente Municipal

04:10 pm

04:20 pm

4

Logros, dificultades y perspectivas con proyección al cierre del año fiscal, correspondiente al periodo enero - agosto 2026.

Temas esenciales:

i. Nivel de ejecución presupuestal para el cumplimiento del POI, por temáticas como programas sociales, gestión de riesgo de desastres, seguridad ciudadana u otros temas priorizados de acuerdo a la realidad territorial;

Administración Tributaria - Gerencia de Administración Tributaria

04:20 pm

04:30 pm

ii. Cartera de proyectos de inversión priorizada, indicando el CUI, nombre del proyecto, su estado actual, gestiones realizadas, responsables de ejecución y fecha de cumplimiento;

iii. Planes para mejorar la gestión y la calidad de servicios públicos específicos, así como los avances, dificultades y lecciones aprendidas en su ejecución, de acuerdo a la realidad territorial;

iv. Adopción de políticas públicas locales y el avance en su implementación, sobre todo, respecto de aquellas de interés para determinados grupos de la población;

v. Las disposiciones municipales de relevancia e impacto para la ciudadanía, emitidas en el último semestre;

vi. Adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, montos comprometidos, proveedores y consultorías contratadas, indicando las necesidades satisfechas;

vii. Acciones de prevención en gestión de riesgo de desastres;

viii. Acciones para promover la implementación de los mecanismos de transparencia e integridad en la gestión local;

ix. El informe de transferencia de gestión por cambio de titular, de corresponder;

x. Funcionamiento de espacios de concertación, como el Consejo de Coordinación Local (CCL), así como otros mecanismos de participación ciudadana que existan en el territorio;

xi. Funcionamiento de las Instancias de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres, de los comités de seguridad ciudadana, consejos de coordinación de salud y educación, consejos locales o mesas de trabajo para personas adultas mayores, comisiones de lucha contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, comisiones locales anticorrupción, entre otros que funcionen en el distrito;

xii. Otros temas que son informados de manera obligatoria en el portal de transparencia estándar de la entidad y demás que la autoridad local considere de importancia.

(en soportes audiovisuales)

Desarrollo Económico - Gerencia de Desarrollo Económico

04:30 pm

04:40 pm

Desarrollo Territorial e Infraestructura - Gerencia de Desarrollo Territorial e Infraestructura

04:40 pm

04:50 pm

Servicios Municipales y Gestión Ambiental - Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental

04:50 pm

05:00 pm

Desarrollo Social - Gerencia de Desarrollo Social

05:00 pm

05:10 pm

5

Intervenciones de la ciudadanía - preguntas, comentarios y observaciones (un mínimo de tres minutos y, si el caso lo amerita, una repregunta no mayor a dos minutos)

De acuerdo al orden de inscripción como oradores y temáticas

05:10 pm

06:30 pm

Absolución de consultas

6

Suscripción del Acta - Cierre

Titular de la entidad

06:30 pm

07:00 pm

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