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Fecha de publicación: 29/08/2026
Encargan funciones de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI

Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) – Piloto, en la especialidad Penal para el Proceso Especial de Flagrancia, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000294-2026-CE-PJ

Lima, 28 de agosto del 2026

VISTO:

El Oficio Nº 000084-2026-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. La señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 000084-2026-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) - Piloto, en la especialidad penal para el Proceso Especial de Flagrancia, en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000227-2025-CE-PJ.

Segundo. El Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa Nº 005-2017- CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efectos de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales, en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial.

Tercero. El Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE), para el periodo 2026, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000104-2026-CE-PJ considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial.

Cuarto. La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, así como en la Corte Suprema de Justicia de la República, concretado en mil cuatrocientos noventa y tres órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, procesos de Acción de Amparo en materia constitucional, Civil subespecialidad Comercial y Civil-Litigación Oral; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, Familia Civil - Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes y Familia Civil - Proceso Único de Tenencia, Variación de Tenencia, Régimen de Visitas y Variación de Régimen de Visitas. El número de órganos jurisdiccionales incluye los correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada – etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ; y, la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ; totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal.

Quinto. Los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 000338-2022-CE-PJ).

Sexto. Mediante la Resolución Administrativa Nº 000227-2025-CE-PJ, se aprueba en su artículo primero, la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) – Piloto en la especialidad Penal, en el Proceso Especial de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y en su artículo tercero dispuso, encargar a la Presidencia de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, realizar las coordinaciones interinstitucionales necesarias.

Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el marco de la Resolución Administrativa Nº 000227-2025-CE-PJ, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 054-2026-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento los oficios Nº 002560-2026-GTI-GG-PJ y 002657-2026-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestionan los informes Nº 000190-2026-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ, 000055-2026-CNIJ-GTI-GG-PJ, respectivamente, así como, el correo institucional de fecha 26 de agosto de 2026, mediante los cuales informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur en la especialidad penal – Proceso Especial de Flagrancia. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales por Oficio Nº 000316-2026-GSJ-GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico e informa sobre la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur a través de los Oficios Nº 000940-2026-P-CSJLS-PJ y 000974-2026-P-CSJLS-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente. Adicionalmente, mediante el oficio Nº 000083-2026-P-CT-EJE-PJ, la Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, pone en conocimiento al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, las coordinaciones de las áreas técnicas para la ejecución del proyecto denominado “EJE Flagrancia e Interoperabilidad con el Ministerio Publico”, así como, las actividades previas a la puesta en producción.

Octavo. Que, la citada propuesta se encuentra enmarcada en las proyecciones del Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2026, y forma parte de un conjunto de iniciativas del Poder Judicial, consideradas en el Plan Estratégico Institucional y su objetivo estratégico de implementar la trasformación digital.

Noveno. Que, el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1016-2026 de la cuadragésima tercera sesión extraordinaria descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Ica, de fecha 27 de agosto de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) – Piloto, en la especialidad Penal para el Proceso Especial de Flagrancia, a partir del 31 de agosto de 2026, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, conforme el detalle siguiente:

Sede CISAJ, ubicada en la intersección de la avenida Los Ángeles con la avenida Micaela Bastidas, Grupo 25, manzana N, lote 07, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima:

• Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia.

• Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia.

• Tercer Juzgado Unipersonal Penal de Flagrancia.

Sede Pachacútec, ubicada en la avenida Pachacútec Nº 3510, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima:

• Juzgado Penal Colegiado de Villa María del Triunfo.

Sede Manuel Jaramillo, ubicada en el jirón Manuel Jaramillo Nº 681, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima:

• Sala Penal de Apelaciones de San Juan de Miraflores.

La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 3 de setiembre de 2026.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a la Presidencia de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial continuar con la realización de las coordinaciones interinstitucionales necesarias en coordinación con la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencia de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI

Presidenta

Consejo Ejecutivo

2548824-1