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Fecha de publicación: 30/08/2026
Aprueban la ejecución de la expropiación del área afectada del bien inmueble y del valor de la tasación por la ejecución del Proyecto de creación del servicio de protección en riberas del río Motupe vulnerable ante peligro de inundación en los distritos de Motupe, Jayanca, Morrope, Pacora, Salas y Túcume, provincia y departamento de Lambayeque

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Suecia, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 01019-2026-DE

Lima, 26 de agosto del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 6381/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02065-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01566-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Circular N° 5081, el Secretario General de la Organización Marítima Internacional (OMI) informa a todos los Estados Miembros de la OMI sobre la presentación de candidatos al programa de Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, la cual se impartirá en la Universidad Marítima Mundial (WMU), desde setiembre de 2026 hasta noviembre de 2027;

Que, con Oficio N° 232/43, el Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú comunica al Presidente de la Universidad Marítima Mundial (WMU), la designación del Capitán de Fragata JORGE ALI ORTIZ MELLY, para participar en la referida maestría;

Que, por Documento del 27 de febrero de 2026, el Jefe de Asuntos de Acreditación de la Universidad Marítima Mundial (WMU) hace de conocimiento al Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, que el referido Oficial ha recibido la autorización académica para unirse al programa de Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, en la especialidad de Sostenibilidad, Gobernanza y Gestión de los Océanos, el cual inicia el 14 de setiembre de 2026 y culmina el 30 de octubre de 2027;

Que, con Oficio N° 6381/52, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Fragata JORGE ALI ORTIZ MELLY, identificado con DNI N° 43307106 y CIP N° 01020146, para participar en el Programa de Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, en la especialidad de Sostenibilidad, Gobernanza y Gestión de los Océanos, del 14 de setiembre del 2026 al 30 de octubre del 2027, a llevarse a cabo en la Universidad Marítima Mundial (WMU), ubicada en la ciudad de Malmö, Reino de Suecia; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 12 de setiembre y su retorno el 31 de octubre de 2027, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 091-2026; el documento de Disponibilidad Presupuestaria N° 196-2026; las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000004, N° 0000000090 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente durante el año fiscal 2026; así como el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 183-2026, mediante el cual la institución armada señala que asumirá los gastos por conceptos de pasajes aéreos, gastos de traslado y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, con cargo al presupuesto institucional del año fiscal correspondiente, de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú; de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y en el Decreto Supremo N° 0262-2014-EF;

Que, mediante la exposición de motivos, institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado Oficial Superior, por cuanto el referido programa promueve altos estándares en el transporte marítimo, la política y administración, gestión, seguridad y protección del medio ambiente, proporcionando un mecanismo para el intercambio internacional y la transferencia de conocimiento y sus aplicaciones, con miras a promover la consecución universal de normas relativas a la seguridad y la protección marítima;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, mediante el Oficio N° 02065-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 517-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal N° 01566-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán de Fragata JORGE ALI ORTIZ MELLY, para participar en el Programa de Maestría en Ciencias en Asuntos Marítimos, en la especialidad de Sostenibilidad, Gobernanza y Gestión de los Océanos, a llevarse a cabo en la Universidad Marítima Mundial (WMU), ubicada en la ciudad de Malmö, Reino de Suecia, del 14 de setiembre de 2026 al 30 de octubre de 2027; así como autorizar su salida del país el 12 de setiembre de 2026 y su retorno el 31 de octubre de 2027.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo (ida): Lima - Malmö (Reino de Suecia)

Clase económica

US$ 2,618.40 x 4 personas (titular, esposa e hijos) US$ 10,473.60

Gasto de traslado (Ida): (Equipaje, bagaje e instalación)

US$ 7,137.21 x 2 Compensación (ida) US$ 14,274.42

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 7,137.21 / 30 x 17 días (set.) x 1 persona US$ 4,044.42

US$ 7,137.21 x 3 meses (oct.-dic.) x 1 persona US$ 21,411.63

Total a pagar en dólares americanos: US$ 50,204.07

Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 4.- El pago por gastos de compensación extraordinaria, gastos de traslado de retorno y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, según corresponda, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional de la Marina de Guerra del Perú del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El Oficial Superior autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la misión de estudios en el exterior.

Artículo 8.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 10.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2548396-1