Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre gestión de proyectos, programas y portafolios, y otras
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 000017-2026-INACAL/DN
San Isidro, 24 de agosto del 2026
VISTO: El acta de fecha 14 de agosto de 2026 del Comité Permanente de Normalización;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y textos afines a las actividades de normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Gestión de proyectos, programas y portafolios, b) Codificación e intercambio electrónico de datos, c) Cereales y productos derivados, proponen aprobar 04 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y dejar sin efecto 05 Normas Técnicas Peruanas; sustentando ello en el informe que figura en el expediente correspondiente;
Que, mediante el Informe N° 013-2026-INACAL/DN.PN de fecha 12 de agosto de 2026, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224;
Que, con base a los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2023-INACAL/PE y renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000088-2025-INACAL/PE; en sesión de fecha 14 de agosto del año 2026, acordó por unanimidad aprobar 04 Normas Técnicas Peruanas, y dejar sin efecto 05 Normas Técnicas Peruanas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224:
NTP-ISO 21506:2026 Gestión de proyectos, programas y portafolios. Vocabulario. 1ª Edición
Reemplaza a la RTP-ISO/TR 21506:2021
NTP-ISO/IEC 29100:2026 Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Marco de referencia sobre privacidad. 2ª Edición
Reemplaza a la NTP-ISO/IEC 29100:2021 y a la NTP-ISO/IEC 29100:2021/MT 1:2021
NTP-ISO/IEC 27031:2026 Ciberseguridad. Preparación de las tecnologías de información y comunicación para la continuidad del negocio. 2ª Edición
Reemplaza a la NTP-ISO/IEC 27031:2012 (revisada el 2022)
NTP 205.035:2026 TRIGO. Trigo mote. Requisitos. 5ª Edición
Reemplaza NTP 205.035:2022
Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos afines:
RTP-ISO/TR 21506:2021 Gestión de Proyectos, Programas y Portafolio. Vocabulario. 1ª Edición
NTP-ISO/IEC 29100:2021 Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Marco de referencia sobre privacidad. 1ª Edición
NTP-ISO/IEC 29100:2021/MT 1:2021 Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Marco de referencia sobre privacidad. 1ª Edición MODIFICACIÓN TÉCNICA 1: Aclaraciones. 1ª Edición
NTP-ISO/IEC 27031:2012 (revisada el 2022) Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Directrices para la adecuación de las tecnologías de la información y las comunicaciones para la continuidad del negocio. 1ª Edición
NTP 205.035:2022 TRIGO. Trigo mote. Requisitos. 4ª Edición
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO
Directora de la Dirección de Normalización
Instituto Nacional de Calidad
2548100-1