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Fecha de publicación: 03/09/2026
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Autorizan viaje del alcalde para participar en evento a realizarse en Argentina

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 179-2026-MDVR/A

Villa Rica, 21 de agosto del 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VILLA RICA

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 016-2026, de fecha 18 de agosto del 2026, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 062-2026-MDVR, de fecha 18 de agosto del 2026, el Pleno del Concejo Municipal, por decisión Unánime aprueba la Autorización de viaje al exterior para participar en calidad de Expositor referido al Centenario de la Fundación del Distrito de Villa Rica (1925-2025), en el XXI Encuentro de Comunidades de habla Alemana de América Latina, a realizarse en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, República de Argentina; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo Nº 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, es preciso señalar que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos de concejo, por lo que corresponde, que estas decisiones del concejo, deber ser ejecutadas por el alcalde, bajo responsabilidad, a tenor del inc. 3) del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, en concordancia con el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que regula dentro de las funciones del pleno del concejo autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la municipalidad.

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27619 dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior deberán sustentarse en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, asimismo, el artículo 3 del mismo cuerpo legal, establece que, las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 062-2026-MDVR, de fecha 18 de agosto del 2026, el Pleno del Concejo Municipal, por decisión Unánime aprueba la Autorización de viaje al exterior, del alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, Ing. JOHNNY VARGAS ESPINOZA y identificado con DNI Nº 46382377, para participar Invitación en calidad de expositor referido al Centenario de la Fundación del Distrito de Villa Rica (1925-2025) a realizarse en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, República de Argentina, a realizarse los días 03 al 06 de setiembre del 2026.

Que, mediante una invitación presentada por los señores Sebastián Tommasi Coordinador del comité Internacional 21º CAAL y el señor José Ceferino Gareis Director de la Fundación Argentina Colectividades y Migrantes de la Fundación de Colectividades y Migrantes, para participar en calidad de expositor referido al Centenario de la Fundación del Distrito de Villa Rica (1925-2025) que se llevará a cabo en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, República de Argentina, a realizarse los días 03 al 06 de setiembre del 2026,los gastos serán cubiertos por el Ing. Johnny Vargas Espinoza Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa Rica.

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3 y 6 del artículo 20º, de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, del alcalde, Ing. JOHNNY VARGAS ESPINOZA, identificado con DNI Nº 46382377 alcalde de la municipalidad Distrital de Villa Rica para participar en calidad de expositor referido al Centenario de la Fundación del Distrito de Villa Rica (1925-2025) en el XXI Encuentro de Comunidades de habla Alemana de América Latina, que se llevará a cabo en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, República de Argentina, a realizarse los días 03 al 06 de setiembre del 2026.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el despacho de alcaldía de la Municipalidad Distrital Villa Rica, al Regidor MARCO ANTONIO HUAJA ESTRADA, por los días 03 al 06 de setiembre del año 2026, por las razones expuestas en la presente Resolución de Alcaldía; quien ejercerá la función conforme a las facultades y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, e informará al titular de la labor cumplida durante su ausencia, ejercer funciones Políticas, de alcalde encargado, y funciones administrativas al gerente municipal.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR, la presente Resolución de Alcaldía a la Regidora MARCO ANTONIO HUAJA ESTRADA, Gerencia Municipal; Subgerencia de Administración y Finanzas.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Logística, la Publicación del presente cuerpo normativo en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional, (https://www.munivillarica.gob.pe) conforme a ley.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOHNNY VARGAS ESPINOZA

Alcalde

2548089-1