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Fecha de publicación: 27/08/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente

Convocan a magistrado para que asuma el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica, en calidad de titular, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026

Resolución Nº 3249-2026-JNE

Lima, 24 de agosto de 2026

VISTOS: El Oficio Nº 002046-2026-P-CSJHU-PJ, del 17 de agosto de 2026, remitido por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, con el cual remite la Resolución Administrativa Nº 000830-2026-P-CSJHU-PJ, del 17 de agosto de 2026, de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, sobre cese definitivo de don Noe Rodecindo Ñahuinlla Alata en el cargo de vocal superior de dicha corte superior, debido a su no ratificación por la Junta Nacional de Justicia, decisión plasmada en la Resolución Nº 284-2026-PLENO-JNJ, del 22 de julio de 2026; el Oficio Nº 000707-2026-JEEHUANCAVELICA-ERM2026/JNE, del 18 de agosto de 2026, presentado por el presidente del Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancavelica, don Noe Rodecindo Ñahuinlla Alata, con el cual hace llegar su solicitud de continuar ejerciendo la presidencia del JEE de Huancavelica, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; así como el Informe Nº 001003-2026-OGAJ/JNE, del director de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del 20 de agosto de 2026; y

CONSIDERANDO QUE:

1. De conformidad con el artículo 33, literal a, de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), los Jurados Electorales Especiales (JEE) se constituyen como órganos temporales de impartición de justicia electoral de primera instancia, cuya presidencia recae en un Juez Superior titular designado por la Corte Superior de Justicia correspondiente.

2. Así, por medio de la Resolución N.º 0220-2026-JNE, del 3 de febrero de 2026, se estableció la conformación de los 28 JEE que se instalaron el 6 de febrero de 2026 para el proceso de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, convocado por el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM, entre ellos, el JEE de Huancavelica, el cual se instaló teniendo al magistrado Noe Rodecindo Ñahuinlla Alata, como presidente, en calidad de titular, y al magistrado Hernán Pozo Chávez, en calidad de suplente, de acuerdo a lo decidido por la Corte Superior de Justicia de Huancavelica1.

3. Mediante el oficio citado en el visto, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica remite la Resolución Administrativa Nº 000830-2026-P-CSJHU-PJ, del 17 de agosto de 2026, con la cual se declara el cese definitivo de don Noe Rodecindo Ñahuinlla Alata en el cargo de vocal superior de dicha corte superior, por motivo de su no ratificación por la Junta Nacional de Justicia, decisión contenida en la Resolución Nº 284-2026-PLENO-JNJ, del 22 de julio de 2026.

4. Con relación a la designación de los presidentes de los JEE, el artículo 33 de la LOJNE, en su literal a, dispone que los JEE son presididos por un juez superior titular en ejercicio de la Corte Superior bajo cuya circunscripción se encuentra la sede del JEE, quienes son elegidos en Sala Plena de la Corte Superior del respectivo distrito judicial. Señala, además, que los JEE ubicados en capitales de departamento deben ser presididos, necesariamente, por jueces superiores titulares en ejercicio, desprendiéndose de ello que la condición de juez superior titular en ejercicio constituye una exigencia legal directamente vinculada al ejercicio de la presidencia del JEE de Huancavelica, y no se trata únicamente de una condición a considerar para efectuar su designación mediante elección en sala plena.

5. En el presente caso, con la decisión de la Junta Nacional de Justicia y la declaración de cese definitivo en el cargo, don Noe Rodecindo Ñahuilla Alata ha dejado de tener la condición de juez superior titular de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica que fue la base para su designación por la Sala Plena para ejercer el cargo de presidente del JEE de Huancavelica, cargo que viene ejerciendo desde la instalación del JEE, el 6 de febrero de 2026, al contar con licencia especial por representación concedida por la referida corte superior, licencia esta que se ha dado por concluida mediante la citada Resolución Administrativa Nº 000830-2026-P-CSJHU-PJ.

6. Así las cosas, siendo que el señor Noe Rodecindo Ñahuilla Alata ha dejado de cumplir el requisito indispensable para presidir un JEE, corresponde dar por concluida su participación como presidente del JEE de Huancavelica, a partir de la fecha de la emisión de la presente resolución, expresándole el agradecimiento por los servicios prestados.

7. Ahora bien, ante la conclusión de las funciones del presidente titular y con el objeto de garantizar la continuidad de la función jurisdiccional y el quorum reglamentario de dicho órgano electoral, tal como lo establece el numeral 8.7 del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para Procesos Electorales, aprobado por la Resolución N.º 0849-2025-JNE, del 31 de diciembre de 2025, este Pleno estima necesario convocar al magistrado Hernán Pozo Chávez para que asuma como presidente del JEE de Huancavelica, en calidad de titular y hasta el cierre del JEE.

8. Respecto del pedido de don Noe Rodecindo Ñahuilla Alata sobre continuar ejerciendo el cargo de presidente del JEE de Huancavelica de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, para lo cual expone aspectos que tuvo en consideración la Junta Nacional de Justicia para adoptar la decisión de no ratificarlo, y manifiesta que impugnará la Resolución Nº 284-2026-PLENO-JNJ, es preciso señalar que no corresponde al Jurado Nacional de Elecciones revisar, modificar o efectuar valoración alguna sobre los fundamentos que determinaron la no ratificación. Asimismo, conforme al artículo 37 de la Ley N.° 30916, el juez no ratificado cesa en el cargo a partir del día siguiente de notificada la resolución, y la interposición del recurso de reconsideración no suspende su ejecución; por tanto, dicho recurso no modifica su situación de cese ni le permite mantener la condición de juez superior.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

1. DAR POR CONCLUIDA la participación de don Noe Rodecindo Ñahuilla Alata como presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica, expresándosele las gracias por los servicios prestados en la impartición de justicia electoral.

2. CONVOCAR al magistrado Hernán Pozo Chávez para que asuma el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica, en calidad de titular, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

3. PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio Público, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Defensoría del Pueblo, de la Contraloría General de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, de don Noe Rodecindo Ñahuilla Alata y don Hernán Pozo Chávez, para los fines pertinentes.

4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, así como en el panel del Jurado Electoral Especial de Huancavelica.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

GONZALES BARRON

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Con el Oficio N.° 000073-2026-P-CSJHU-PJ, del 13 de enero de 2026, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica comunicó el Acuerdo N.° 907 de la Sala Plena oficializada mediante la Resolución Administrativa N.° 18-2026-P-CSJHU-PJ, del 12 de enero de 2026, sobre la designación de los magistrados Noe Rodecindo Ñahuinlla Alata, como presidente, en calidad de titular, y Hernán Pozo Chávez, en calidad de presidente suplente del JEE de Huancavelica.

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