Modifican la Resolución Ejecutiva N° 000071-2026-ITP/DE, que delegó facultades en diversos funcionarios del Instituto Tecnológico de la Producción durante el Año Fiscal 2026, y dictó otras disposiciones
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
N° 000155-2026-ITP/DE
San Isidro, 25 de agosto del 2026
VISTOS:
El Informe N° 000097-2026-ITP/OA, de la Oficina de Administración; el Memorando N° 005393-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 000102-2026-ITP/OPPM-UFM, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 389-2026-ITP/OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 del Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante la LPAG), establecen que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante la Ley de Contrataciones), contempla los supuestos excluidos de su ámbito de aplicación. En esa línea el literal n) prevé la exclusión de las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país, siempre que se configure alguno de los supuestos establecidos en dicho literal;
Que, mediante la Resolución Ejecutiva N° 000071-2026-ITP/DE, la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, delegó facultades a diversos órganos, en virtud de lo previsto en la LPAG;
Que, a través del Informe N° 000097-2026-ITP/OA, la Oficina de Administración sustenta la modificación de la Resolución Ejecutiva N° 000071-2026-ITP/DE, a fin de otorgar a la Unidad de Abastecimiento la facultad de aprobar o denegar, total o parcialmente, solicitudes de ampliación de plazo durante la ejecución contractual, así como la facultad de resolver total o parcialmente los contratos suscritos en el marco del literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley de Contrataciones, con el objetivo de reducir tiempos de atención, brindar seguridad jurídica y garantizar una administración eficiente de los contratos celebrados con proveedores no domiciliados en el país;
Que, mediante el Memorando N° 005393-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 000102-2026-ITP/OPPM-UFM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite pronunciamiento favorable, señalando que la propuesta de ampliación de delegación de facultades resulta viable y contribuye a una mayor eficiencia en la gestión interna;
Que, a través del Informe N° 389-2026-ITP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta jurídicamente viable que la Dirección Ejecutiva otorgue a la Unidad de Abastecimiento las facultades solicitadas por la Oficina de Administración;
Con los vistos de la Gerencia General; de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Oficina de Administración; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus funciones;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Resolución Ejecutiva N° 000038-2026-ITP/DE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; y, la Resolución Ejecutiva N° 000071-2026-ITP/DE, mediante la cual se delegan del Director Ejecutivo a diversos órganos del ITP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la Resolución Ejecutiva N° 000071-2026-ITP/DE incorporando el numeral 5.3 en el artículo 5, conforme al siguiente texto:
“Artículo 5.- Delegación de facultades en el/la encargado/a de las funciones de la Unidad de Abastecimiento
Delegar en el/la encargado/a de las funciones de la Unidad de Abastecimiento las siguientes facultades:
(…)
5.3. En materia de contrataciones públicas
Las siguientes facultades se otorgan de manera adicional a las delegadas en el numeral 5.2 de la presente resolución, el cual regula las contrataciones financiadas con recursos otorgados por organizaciones internacionales:
a) Suscribir las adendas con proveedores no domiciliados en el país, a que se refiere el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley.
b) Aprobar o denegar total o parcialmente las solicitudes de ampliación de plazo durante la ejecución contractual, de aquellos contratos suscritos en el marco del literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley.
c) Resolver total o parcialmente los contratos suscritos en el marco del literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley.”
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ALARCÓN DÍAZ
Director Ejecutivo (e)
2547900-1