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Fecha de publicación: 27/08/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente

Resolución Directoral que modifica los Anexos del Decreto Legislativo Nº 1586 y del Decreto Supremo Nº 074-2024-EF y aprueba la priorización de bienes para la homologación obligatoria

Resolución Directoral

N° 0032-2026-EF/54.01

Lima, 25 de agosto de 2026

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento tiene por finalidad establecer los principios, definiciones, composición, normas y procedimientos del Sistema Nacional de Abastecimiento (en adelante, SNA), asegurando que las actividades de la Cadena de Abastecimiento Público se ejecuten de manera eficiente y eficaz, promoviendo una gestión interoperativa, articulada e integrada, bajo el enfoque de la gestión por resultados;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del citado Decreto Legislativo establece que el SNA comprende los siguientes componentes: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes, este último componente incluye a los bienes inmuebles y bienes muebles;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1439, la Dirección General de Abastecimiento (en adelante, DGA) del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del SNA, y tiene entre sus funciones ejercer la máxima autoridad técnico - normativa de dicho Sistema. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 167 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 291-2026-EF/41 (en adelante, el ROF del MEF), la DGA tiene como una de sus funciones, el dictar normas, directivas, lineamientos, procedimientos, entre otros, correspondientes al precitado Sistema;

Que, de acuerdo con los artículos 178 y 179 del ROF del MEF, la Dirección de Investigación, Desarrollo e Innovación (en adelante, DIDI), es la unidad orgánica dependiente de la DGA encargada de realizar, proponer y difundir investigaciones, estudios y análisis orientados a la optimización de la Cadena de Abastecimiento Público (CAP);

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1586, Decreto Legislativo que establece disposiciones para la homologación de bienes y servicios para la mitigación del Fenómeno El Niño, se establecieron disposiciones para la homologación obligatoria de veintiún (21) bienes y servicios, de los cuales dieciséis (16) están a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y cinco (5) bienes y servicios al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº 074-2024-EF, Decreto Supremo que establece los objetos a homologar por los Ministerios en el Año Fiscal 2024 y dicta disposiciones para su implementación, se estableció la homologación obligatoria para el año fiscal 2024 de bienes y servicios, correspondiendo: uno (1) al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; seis (6) al Ministerio de Salud; cuatro (4) al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; uno (1) al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y doce (12) al Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, durante el proceso de implementación de las medidas de homologación obligatorias, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicitan a la DGA modificar determinados bienes y servicios comprendidos en los anexos del Decreto Legislativo Nº 1586 y del Decreto Supremo Nº 074-2024-EF, a efectos de excluir y priorizar determinados objetos de la homologación obligatoria;

Que, la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la continuidad de los servicios del Estado y garantizar la transición democrática; y dicta otras medidas, autoriza a la DGA del Ministerio de Economía y Finanzas, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento, a modificar, mediante Resolución Directoral, los anexos del Decreto Legislativo N° 1586 y del Decreto Supremo N° 074-2024-EF, que contienen la relación de ministerios, bienes y servicios para la homologación obligatoria;

Que, la DIDI de la DGA, en el marco de sus funciones y la habilitación prevista en la Ley N° 32732, efectuó la evaluación de las solicitudes realizadas por los mencionados ministerios, concluyendo que resulta viable modificar algunos de los bienes y servicios contenidos en los anexos del Decreto Legislativo Nº 1586 y del Decreto Supremo Nº 074-2024-EF;

Que, de otra parte, el numeral 266.5 del artículo 266 del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por Decreto Supremo
Nº 009-2025-EF, establece que los ministerios incluyen, de manera obligatoria, en su Plan Multianual de Homologación los requerimientos que sean priorizados por la DGA mediante resolución directoral;

Que, sobre la base de la evaluación técnica efectuada y a lo dispuesto en el numeral 266.5 del artículo 266 del Reglamento de la Ley N° 32069, la DIDI de la DGA propone aprobar bienes para la homologación obligatoria, así como los ministerios a cargo del proceso de homologación obligatoria, con la finalidad de que las entidades contratantes cuenten con requerimientos estandarizados, lo que contribuirá a que las entidades contratantes gestionen sus contrataciones bajo condiciones uniformes de calidad, eficiencia y transparencia;

Que, sobre las medidas propuestas, la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación ha emitido opinión técnica favorable; asimismo, la Dirección de Normatividad ha emitido opinión legal favorable;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32732, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de inversiones públicas orientadas al cierre de brechas, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; y, la Resolución Ministerial N° 291-2026-EF/41 que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del Anexo del Decreto Legislativo Nº 1586

Se modifica el Anexo “Relación de ministerios y bienes y servicios para la homologación, en el marco de la mitigación del Fenómeno El Niño” del Decreto Legislativo Nº 1586, Decreto Legislativo que establece disposiciones para la homologación de bienes y servicios para la mitigación del Fenómeno El Niño, excluyendo de la relación de bienes para ser homologados a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la excavadora hidráulica sobre oruga de 3.0 m³; en consecuencia, se sustituye dicho anexo por el Anexo N° 01 de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Modificación del Anexo del Decreto Supremo Nº 074-2024-EF

2.1 Se modifica el Anexo “Relación de ministerios, bienes y servicios para la homologación en el año fiscal 2024” del Decreto Supremo Nº 074-2024-EF, Decreto Supremo que establece los objetos a homologar por los Ministerios en el Año Fiscal 2024 y dicta disposiciones para su implementación, conforme a lo siguiente:

- Excluir de la relación de bienes a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, el tractor agrícola de 150 HP.

- Excluir de la relación de bienes y servicios a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, el módulo temporal de vivienda – MTV; el Servicio de instalación de módulo temporal de vivienda – MTV; y, el módulo temporal de vivienda – MTV con instalación.

- Excluir de la relación de bienes a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC, el camión compactador de basura de 5 m³.

2.2 Se sustituye el Anexo del Decreto Supremo Nº 074-2024-EF, Decreto Supremo que establece los objetos a homologar por los Ministerios en el Año Fiscal 2024 y dicta disposiciones para su implementación, por el Anexo N° 02 de la presente Resolución Directoral.

Artículo 3.- Priorización de bienes para homologación obligatoria

3.1 Se aprueba la priorización de bienes que serán objeto de homologación obligatoria, conforme al siguiente detalle:

MINISTERIOS

BIENES

Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC

Excavadora hidráulica sobre oruga de 1.9 m³.

Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego –MIDAGRI

Tractor agrícola de 90 HP.

3.2 Los respectivos ministerios aprueban las Fichas de Homologación de los bienes citados en el numeral precedente hasta el 31 de diciembre de 2026, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

Artículo 4.- Publicación

La presente Resolución Directoral y sus Anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER FELIX CARRILLO DIAZ

Director General (e)

Dirección General de Abastecimiento

2547852-1