Formalizan designación de Secretario Técnico de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi
RESOLUCIóN N° 000081-2026-PRE/INDECOPI
San Borja, 26 de agosto de 2026
VISTOS: El Acuerdo N° 045-2026 del Consejo Directivo, el Informe N° 000548-2026-ORH/INDECOPI de la Oficina de Recursos Humanos, el Informe N° 000304-2026-OAJ/INDECOPI, el Memorándum N° 001295-2026-OAJ/INDECOPI de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 000220-2026-GEG/INDECOPI de la Gerencia General y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, se establece que este es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa; adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y que rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias;
Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que es función del Consejo Directivo designar a los Secretarios Técnicos de la entidad, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva;
Que, mediante el Acuerdo N° 045-2026, el Consejo Directivo del Indecopi acordó designar como Secretario Técnico de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi al señor Edwin Gabriel Aldana Ramos y encomendar a la Gerencia General y a la Presidencia Ejecutiva realizar las gestiones correspondientes para la debida ejecución de dicho acuerdo;
Que, con el Informe N° 000548-2026-ORH/INDECOPI, la Oficina de Recursos Humanos concluyó que el señor Edwin Gabriel Aldana Ramos cumple con los requisitos para ser designado como Secretario Técnico de la Sala Especializada en Protección al Consumidor;
Que, con el Informe N° 000304-2026-OAJ/INDECOPI y el Memorándum N° 001295-2026-OAJ/INDECOPI, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión señalando que considera legalmente viable que el Presidente Ejecutivo emita el acto resolutivo que formalice la designación del señor Aldana Ramos como Secretario Técnico de la Sala Especializada en Protección al Consumidor;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI y en su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Formalizar la designación del señor EDWIN GABRIEL ALDANA RAMOS como Secretario Técnico de la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS GERÓNIMO DEL PRADO PONCE
Presidente Ejecutivo
2547768-1