Convocan a la II Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de Pachacámac
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 023-2026-MDP/A
Pachacámac, 26 de agosto del 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC
VISTO: Los Informes N° 000205-2026-MDP/OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 000155-2026-MDP/GDHyPV emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, los memorandos N° 793 y 891-2026-MDP/GM cursado por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisa que los gobiernos locales están obligados, entre otros, a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuestos, y en la gestión pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, la Ley Nº 31433 que modifica determinados artículos de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, e incorpora el artículo 119-A, el cual establece que las audiencias públicas se realizan dos veces al año, una en mayo y otra en setiembre, las mismas que constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local acerca de 1) aspectos presupuestales, 2) logros de la gestión y 3) dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos;
Que, a través de la ordenanza municipal N° 360-2025-MDP/C, se aprueba el reglamento que norma la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la MDP, en cuyo artículo 2, faculta al alcalde para que, vía decreto, dicte las disposiciones complementarias que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la norma, y en el artículo 12 del reglamento, precisa que deben ser convocadas con una anticipación no menor de treinta días calendario;
Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo 1.- CONVOCAR a la II Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, conforme se detalla a continuación:
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Actividad |
Fechas y Descripción |
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Día y Hora de audiencia pública |
27 de septiembre de 2026 a las 10:00 horas |
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Agenda |
II Audiencia pública de Rendición de Cuentas al mes de septiembre de 2026 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac |
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Medio |
Presencial |
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Dirección |
Plaza Central de Manchay, Pachacámac |
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Inscripción presencial |
Agencia Municipal de Huertos de Manchay Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal Avenida Víctor Malásquez Mz. C lote 19 CPR Pachacámac Horario: De lunes a viernes de 8:00 hasta las 17:00 horas Las inscripciones se realizarán del día 28 de agosto al 26 de septiembre de 2026. |
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia e Desarrollo Humano y Participación Vecinal conformar la relación de organizaciones vecinales y/o vecinos que deseen intervenir durante el evento.
Artículo 3.- PUBLICAR el presente decreto en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe)
Artículo 4.- El decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial El Peruano.
ENRIQUE V. CABRERA SULCA
Alcalde