Autorizan viaje de personal docente de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco para participar en estancia académica e investigativa en Colombia
UNIVERSIDAD NACIONAL
HERMILIO VALDIZÁN HUÁNUCO
RESOLUCIÓN RECTORAL
N° 0962-2026-UNHEVAL
Cayhuayna, 25 de agosto de 2026
VISTOS, los documentos que se adjuntan al expediente, los mismos que comprenden un total de veinticinco (25) folios;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que las universidades gozan de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; asimismo, dispone que se rigen por sus propios estatutos, en el marco de la Constitución y las leyes, disposición concordante con la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y sus modificatorias, así como con el Estatuto de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco (UNHEVAL);
Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM establecen las disposiciones aplicables para la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, disponiendo que toda autorización debe sustentarse en el interés nacional o institucional, precisando el motivo del viaje, duración, gastos y demás condiciones, así como publicarse en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio del viaje;
Que, mediante diversos Resoluciones Directorales emitidas por la Dirección General de Administración, se otorgaron encargos internos individuales, ascendentes a la suma de S/ 4,000.00 (Cuatro mil con 00/100 Soles) cada uno, a favor de los docentes Fleli Ricardo Jara Claudio, Kadir John Marquez Davila y Dalila Illatopa Espinoza, con el objeto de financiar los pasajes, hospedaje, alimentación y movilidad local para su participación en la citada Estancia Académica e Investigativa en la Universidad Nacional de Colombia; actos administrativos que posteriormente fueron objeto de rectificación formal en el extremo de sus fechas de ejecución;
Que, mediante Oficio Nº 000682-2026-UNHEVAL-DIGA, de fecha 24 de agosto de 2026, la Dirección General de Administración solicita la emisión de la resolución que autorice el viaje al exterior de los citados docentes, quienes participarán en el referido Estancia Academia e Investigativa, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 07 al 11 de agosto de 2026;
Que, mediante el Proveído N° 004890-2026-UNHEVAL-R, el señor rector dispone a la Secretaría General la emisión de la resolución rectoral correspondiente; y,
En uso de las atribuciones conferidas al rector por la Ley N° 30220, Ley Universitaria y sus modificatorias; por el Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución N° 067-2021- UNHEVAL-CEU, de fecha 9 de agosto de 2021, emitida por el Comité Electoral Universitario de la UNHEVAL, mediante la cual se proclamó y acreditó al rector y a los vicerrectores de la UNHEVAL para el período comprendido del 2 de septiembre de 2021 al 1 de septiembre de 2026; asimismo, considerando el Oficio N° 5224-2021-SUNEDU-02-15-02, emitido por la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), mediante el cual se informa el registro de los datos de las autoridades de la UNHEVAL; y la Resolución Rectoral N° 0066-2024-UNHEVAL, ratificada mediante Resolución de Consejo Universitario N° 0670-2024- UNHEVAL, que designa a la secretaria general de la UNHEVAL a partir del 19 de enero de
2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, del 07 al 11 de setiembre de 2026, al personal docente de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco que se detalla a continuación, con la finalidad de que participen en una estancia académica e investigativa en la Universidad Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución:
1.1. Fleli Ricardo Jara Claudio
1.2. Kadir John Marquez Davila
1.3. Dalila Illatopa Espinoza
Artículo 2.- DISPONER que la Dirección General de Administración, en el marco de sus competencias, adopte las acciones administrativas necesarias para que las rendiciones de cuentas correspondientes a los montos otorgados al personal docente y no docente se efectúen dentro de los plazos legalmente establecidos.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al inicio del viaje autorizado.
Artículo 4.- DAR A CONOCER la presente Resolución a las unidades de organización y unidades funcionales competentes, para la adopción de las acciones complementarias que resulten necesarias para su cumplimiento.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUILLERMO AUGUSTO BOCANGEL WEYDERT
Rector
NINFA YOLANDA TORRES MUNGUIA
Secretaria General
2547712-1