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Fecha de publicación: 27/08/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente

Aceptan renuncia de fiscal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, del distrito fiscal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur

Resolución de LA Junta

de Fiscales Supremos

Nº 089-2026-MP-FN-JFS

Lima, 20 de agosto de 2026

VISTOS:

La carta del abogado ROGER YANA YANQUI de fecha 10 de agosto de 2026, el oficio Nº 002639-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT de fecha 11 de agosto de 2026; el oficio Nº 408-2026-3FSUPRA-DHI-MP-FN de fecha 10 de agosto del 2026, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1451-2024-JNJ; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Por Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 1451-2024-JNJ, de fecha 20 de diciembre de 2024, se resolvió nombrar al abogado ROGER YANA YANQUI, fiscal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro del distrito fiscal de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur.

Segundo: Mediante el Oficio Nº 002639-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT, de fecha 11 de agosto de 2026, el abogado ROGER YANA YANQUI, remite su renuncia al cargo de fiscal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro del distrito fiscal de Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, en mérito a su nombramiento como Juez Penal Colegiado de Lima, del distrito judicial de Lima, solicitando que la renuncia se haga efectiva desde el 13 de agosto de 2026.

Tercero: A través del Oficio Nº 002639-2026-MP-FN-CFSN-FPS-DHT, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, otorga conformidad a la renuncia del abogado ROGER YANA YANQUI.

Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señor abogado formula su renuncia el 11 de agosto de 2026, indicando que el último día de sus labores se realizaría el 12 de agosto de 2026, es decir, un día después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada.

Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es eficaz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión. […]”.

Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 107-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado ROGER YANA YANQUI, al cargo de fiscal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, del distrito fiscal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, desde el 13 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución; debiendo notificarse al abogado haciéndosele de conocimiento que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado ROGER YANA YANQUI, al cargo de fiscal provincial especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, del distrito fiscal del Callao, Lima Centro, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur, desde el 13 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado ROGER YANA YANQUI, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.

Artículo Tercero.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

Presidente de la Junta de Fiscales Supremos

2547710-6