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Fecha de publicación: 27/08/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial penal de Urubamba del distrito fiscal de Cusco

RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES

SUPREMOS Nº 085-2026-MP-FN-JFS

Lima, 20 de agosto de 2026

VISTOS:

La carta del abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO presentada el 07 de agosto de 2026; el proveído nº. 040320-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 12 de agosto de 2026; el oficio Nº 002093-2026-MP-FN-PJFSCUSCO de fecha 11 de agosto de 2026; la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 428-2011-CNM; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 428-2011-CNM de fecha 21 de noviembre de 2011, se resolvió nombrar al abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO, fiscal adjunto provincial penal de Urubamba, del distrito fiscal de Cusco.

Segundo: Mediante el proveído nº. 040320-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 12 de agosto de 2026, el abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO, remite su renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Urubamba, del distrito fiscal de Cusco, en mérito a su nombramiento como Juez Unipersonal de Lima del distrito judicial de Lima, solicitando que la renuncia se haga efectiva al 17 de agosto de 2026.

Tercero: A través del Oficio Nº 002093-2026-MP-FN-PJFSCUSCO de fecha 11 de agosto de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Cusco, otorga el visto bueno a la renuncia del abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO.

Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señor abogado formula su renuncia el 07 de agosto de 2026, solicitando que la misma se haga efectiva el 17 de agosto de 2026, es decir, diez días después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada.

Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es eficaz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión. […]”.

Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 103-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Urubamba, del distrito fiscal de Cusco, desde el 17 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución; debiendo notificarse al abogado haciéndosele de conocimiento que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Urubamba, del distrito fiscal de Cusco, desde el 17 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado HUGO CESAR JARA PALOMINO, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.

Artículo Tercero.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Cusco; a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

Presidente de la Junta de Fiscales Supremos

2547710-4