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Fecha de publicación: 26/08/2026
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Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 2561-2026-MP-FN

Lima, 25 de agosto de 2026

VISTOS:

El informe Nº 000482-2026-MP-FN-OPRES, de fecha 18 de agosto de 2026, emitido por la Oficina de Presupuesto; el oficio Nº 000871-2026-MP-FN-GG-OGPPMO, de fecha 19 de agosto de 2026, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el oficio Nº 001207-2026-MP-FN-OGASEJ, de fecha 19 de agosto de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; oficio Nº -2026-MP-FN-GG, de fecha 24 de agosto de 2026, de la Gerencia General, y;

CONSIDERANDO:

Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3810-2025-MP-FN, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 022: Ministerio Público, bajo los alcances de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.

La Ley Nº 31358, establece que las medidas para la Expansión del Control Concurrente, modificada por la décima disposición complementaria modificatoria de la Ley Nº 31640, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 soles), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; obligatoriedad que alcanza a las obras públicas e inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos, asociaciones público-privadas u otros esquemas de inversión a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control.

El numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31358 autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gastos 2.4 “Donaciones y Transferencias”, quedando exceptuadas de las restricciones anuales de presupuesto, con el fin de efectuar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República; asimismo, el numeral 4.2 dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el diario oficial El Peruano.

El numeral 7.3 de la Directiva Nº 003-2025-CG/GMPL “Directiva Externa que establece disposiciones en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente”, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 168-2025-CG, estipula que estas transferencias financieras se realizan a solicitud de la Contraloría, son gestionadas por la Oficina de Presupuesto de la entidad y requieren la resolución del Titular del Pliego para su posterior publicación en el diario oficial.

La Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, señala que el financiamiento del control concurrente de inversiones se debe registrar en el Código Único de Inversión (CUI) respectivo, bajo la Acción de Inversión “6000053 Control Concurrente”, Finalidad “0348747 Control Concurrente” y la Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional”.

Por Oficio Nº 000116-2026-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicitó una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General por un total de S/ 484 680,00, en el marco de la Ley Nº 31358, para financiar el control concurrente de cinco (5) inversiones prioritarias del Ministerio Público durante el Año Fiscal 2026.

Conforme al anexo del citado oficio, la transferencia se efectúa en el nivel funcional programático en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”, de manera individualizada por cada Código Único de Inversión (CUI) requerido: CUI 2090071 (S/ 88 700,00), CUI 2480971 (S/ 81 620,00), CUI 2480972 (S/ 117 180,00), CUI 2480977 (S/ 104 120,00) y CUI 2662908 (S/ 93 060,00); quedando dicha operación exceptuada de las restricciones presupuestarias vigentes.

Mediante el informe Nº 000137-2026-MP-FN-GG-OGINVER, la Oficina General de Inversiones determinó la disponibilidad de saldos para el control concurrente de dos (2) proyectos de inversión a cargo de la Unidad Ejecutora 002: Gerencia General, por la suma total de S/ 181 760,00 (Ciento ochenta y un mil setecientos sesenta y 00/100 soles), conforme al siguiente detalle: i) CUI Nº 2090071 “Construcción y Equipamiento de la Sede del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Cañete en el marco del Nuevo Código Procesal Penal”, por el monto de S/ 88 700,00 (Ochenta y ocho mil setecientos y 00/100 soles); y ii) CUI Nº 2662908 “Mejoramiento del Servicio Fiscal en las Fiscalías Provinciales y Especializadas del Distrito Fiscal de Huánuco Distrito de Amarilis de la Provincia de Huánuco del Departamento de Huánuco”, por el monto de S/ 93 060,00 (Noventa y tres mil sesenta y 00/100 soles).

Asimismo, a través de los Oficios Nº 000401-2026-MP-FN-DE-UE011-CFE y Nº 000412-2026-MP-FN-DE-UE011-CFE, la Unidad Ejecutora 011: Carpeta Fiscal Electrónica remitió la evaluación situacional y las proyecciones al cierre fiscal de tres (3) proyectos a su cargo por un monto total de S/ 302 920,00 (Tres cientos dos mil novecientos veinte y 00/100 soles), detallados a continuación: i) CUI Nº 2480971 “Creación del Centro Nacional de Perfiles Genéticos Humanos y Fortalecimiento de los Laboratorios de ADN de la Unidad de Biología Molecular y Genética de Lima y de las Unidades Médicos Legales III de Arequipa y Lambayeque del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público de la Provincia de Arequipa del Departamento de Arequipa, la Provincia de Lima del Departamento de Lima y la Provincia de Chiclayo del Departamento de Lambayeque”, por S/ 81 620,00 (Ochenta y un mil seiscientos veinte y 00/100 soles); ii) CUI Nº 2480972 “Mejoramiento de los servicios de exámenes auxiliares de los laboratorios de Biología, Patología y Toxicología de las Unidades Médicos Legales II de Loreto, La Libertad, Lima (Cañete), Tacna y las Unidades Médico Legales III de Lambayeque y Arequipa del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público 6 departamentos”, por S/ 117 180,00 (Ciento diecisiete mil ciento ochenta y 00/100 soles); y, iii) CUI Nº 2480977 “Mejoramiento del servicio de peritaje en los Distritos Fiscales de Lima, Madre de Dios, Lambayeque, Arequipa, Loreto, San Martín, Ucayali y Junín del Ministerio Público 8 departamentos” por S/ 104 120,00 (Ciento cuatro mil ciento veinte y 00/100 soles); mediante los cuales ratificó la inexistencia de saldos de libre disponibilidad en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, debido a que las asignaciones presupuestarias se encuentran comprometidas y vinculadas al cronograma de ejecución anual, por lo que una eventual decremento generaría el desfinanciamiento operativo de dicha Unidad Ejecutora y la consecuente paralización de los proyectos a su cargo.

A través del Oficio Nº 000313-2026-MP-FN-GG-OGPPMO-OPPMI y el Informe Nº 000067-2026-MP-FN-GG-OGPLAP-OPLAN-OPMI, la Oficina de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones emitió opinión técnica favorable para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático respecto de las inversiones con CUI Nº 2525729 y CUI Nº 2662908, con el objeto de habilitar recursos a favor del control concurrente de los proyectos con CUI Nº 2090071 y CUI Nº 2662908; precisando que la Ley Nº 31358, por su jerarquía normativa y carácter imperativo, prevalece sobre las restricciones del literal c) de los lineamientos aprobados por la Resolución Directoral Nº 0007-2026-EF/50.01; concluyéndose que la citada habilitación presupuestal resulta legalmente viable, sujeta a la disponibilidad de recursos y a que no se afecte la continuidad de las inversiones habilitadoras.

El memorando Nº 000442-2026-MP-FN-GG-OGINVER, la Oficina General de Inversiones remitió la estructura programática y la cadena de gasto requeridas para la habilitación de los fondos; en tanto que la Oficina de Presupuesto, a través del informe Nº 000477-2026-MP-FN-OPRES, otorgó la certificación presupuestal favorable por un monto total de S/ 181 760,00 (Ciento ochenta y un mil setecientos sesenta y 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con el informe Nº 000482-2026-MP-FN-OPRES, sustentó la necesidad de aprobar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 022 Ministerio Público, por el citado monto para financiar las acciones de control concurrente de los proyectos de inversión con CUI Nº 2090071 y CUI Nº 2662908 a cargo de la Unidad Ejecutora 002 Gerencia General.

Mediante el oficio Nº 001207-2026-MP-FN-OGASEJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluyó que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que autorice la citada transferencia financiera a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General del Pliego 019;

En atención a lo solicitado y contando con los vistos de la Gerencia General, la Oficina General de Finanzas, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Presupuesto.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 022: Ministerio Público, hasta por la suma de S/ 181 760,00 (Ciento ochenta y un mil setecientos sesenta y 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente de los siguientes proyectos de inversión:

CUI Nº 2090071: “Construcción y Equipamiento de la Sede del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Cañete, en el marco del Nuevo Código Procesal Penal”, por un monto de S/ 88 700,00 (Ochenta y ocho mil setecientos y 00/100 soles).

CUI Nº 2662908: “Mejoramiento del Servicio Fiscal en las Fiscalías Provinciales y Especializadas del Distrito Fiscal de Huánuco, Distrito de Amarilis de la Provincia de Huánuco del Departamento de Huánuco”, por un monto de S/ 93 060,00 (Noventa y tres mil sesenta y 00/100 soles).

Artículo Segundo.- Disponer que la Transferencia Financiera autorizada en el artículo primero de la presente resolución, se realice con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 022: Ministerio Público del presente Ejercicio Fiscal, Unidad Ejecutora 002: Gerencia General, Programa Presupuestal 0086: Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal, Proyectos de Inversión con CUI Nº 2090071 - “Construcción y Equipamiento de la Sede del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Cañete, en el marco del Nuevo Código Procesal Penal”, y con CUI Nº 2662908 - “Mejoramiento del Servicio Fiscal en las Fiscalías Provinciales y Especializadas del Distrito Fiscal de Huánuco Distrito de Amarilis de la Provincia de Huánuco del Departamento de Huánuco”, correspondientes a la Acción de Inversión: 6000053 Control Concurrente, Finalidad: 0348747 Control Concurrente, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias y Específica de Gasto: 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo Tercero.- Disponer que los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos a aquellos para los cuales son transferidos.

Articulo Cuarto.- Disponer que la Oficina General de Finanzas, efectúe las acciones administrativas y financieras necesarias para la ejecución y desembolso de la transferencia bajo el marco legal de la Ley Nº 31358 y en cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remita copia de la presente resolución, a los organismos correspondientes, en cumplimiento del numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el portal institucional a cargo de la Oficina General de Tecnologías de la Información.

Artículo Séptimo.- Notificar la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficina General de Asesoría Jurídica, Órgano de Control Institucional, Oficina General de Inversiones, Oficina General de Finanzas, Oficina General de Logística, Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Oficina de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones y a la Oficina de Presupuesto, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2547367-3