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Fecha de publicación: 26/08/2026
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Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima

Resolución de Junta

de Fiscales Supremos

Nº 093-2026-MP-FN-JFS

Lima, 20 de agosto de 2026

VISTOS:

La carta de la abogada KELLY TARAZONA MATOS, de fecha 11 de agosto de 2026; los proveídos Nº 040283-2026-MP-FN-SEGFIN y Nº 040005-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 11 de agosto de 2026, el oficio Nº 003190-2026-MP-FN-FSNCEDCF de fecha 11 de agosto de 2026; la hoja de envío Nº 016723-2026-MP-FN-FSNCEDCF de fecha 11 de agosto de 2026; la hoja de envío Nº 000009-2026-MP-FN-KTM-4D-2FPCEDCF-LIMA de fecha 11 de agosto del 2026; la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 374-2013-CNM; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 374-2013-CNM de fecha 28 de octubre de 2013, se resolvió nombrar a la abogada KELLY TARAZONA MATOS, fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima.

Segundo: Mediante los proveídos Nº 040283-2026-MP-FN-SEGFIN y Nº 040005-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 11 de agosto de 2026, la hoja de envío Nº 016723-2026-MP-FN-FSNCEDCF de fecha 11 de agosto de 2026 y la hoja de envío Nº 000009-2026-MP-FN-KTM-4D-2FPCEDCF-LIMA de fecha 11 de agosto del 2026, la abogada KELLY TARAZONA MATOS, remite su renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, por asuntos estrictamente personales y profesionales, señalando como último día de labores el día viernes 14 de agosto de 2026.

Tercero: A través del Oficio Nº 003190-2026-MP-FN-FSNCEDCF de fecha 11 de agosto de 2026, la Fiscalía Superior Nacional Coordinadora Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios, otorga la conformidad a la renuncia de la abogada KELLY TARAZONA MATOS.

Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señora abogada formula su renuncia el 11 de agosto de 2026, indicando como último día de labores el día viernes 14 de agosto de 2026, es decir, tres días después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada.

Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es eficaz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión. […]”.

Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 111-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por la abogada KELLY TARAZONA MATOS, al cargo de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, desde el 15 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución; debiendo notificarse a la abogada haciéndosele de conocimiento que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por la abogada KELLY TARAZONA MATOS, al cargo de fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, desde el 15 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada KELLY TARAZONA MATOS, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.

Artículo Tercero.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Fiscalía Superior Nacional Coordinadora Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como a la interesada, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

Presidente de la Junta de Fiscales Supremos

2547327-7