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Fecha de publicación: 26/08/2026
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Aceptan renuncia de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 2548-2026-MP-FN

Lima, 24 de agosto de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 002565-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 14 de agosto de 2026, e informe Nº 0143-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 21 de agosto de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 574-2025-MP-FN, de fecha 26 de febrero de 2025, se resolvió nombrar al abogado Mirko Eduardo Chulan Carranza, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Carabayllo, con retención de su cargo de carrera.

A través del oficio Nº 002565-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 14 de agosto de 2026, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta presentada en fecha 14 de agosto de 2026, suscrita por el abogado Mirko Eduardo Chulan Carranza, quien formula su renuncia al cargo de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Carabayllo, así como al de fiscal adjunto provincial titular mixto de Los Olivos, Distrito Fiscal de Lima Norte, por motivos laborales.

En su carta de renuncia el citado abogado señala como fecha de último día de labores el 24 de agosto de 2026, solicitando la exoneración del plazo de anticipación, ante lo cual la referida coordinación otorga conformidad, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

En ese contexto, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2026-MP-FN-JFS, de fecha 20 de agosto de 2026, se aceptó la renuncia formulada por el abogado Mirko Eduardo Chulan Carranza al cargo de fiscal adjunto provincial mixto de Los Olivos del Distrito Fiscal de Lima Norte, a partir del 25 de agosto de 2026.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0143-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 21 de agosto de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Mirko Eduardo Chulan Carranza, a partir del 25 de agosto de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Mirko Eduardo Chulan Carranza, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Carabayllo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 574-2025-MP-FN, de fecha 26 de febrero de 2025, a partir del 25 de agosto de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Mirko Eduardo Chulan Carranza que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2547327-15