Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01013-2026-DE
Lima, 24 de agosto del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 6850/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02104-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01577-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° D.G.T.M. Y M.M. ORD N° 12600/300/50, el Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante de la Armada de Chile hace extensiva la invitación al Director General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú y un acompañante, para que participen en el 178° Aniversario de la creación de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante de Chile, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 31 de agosto al 2 de setiembre de 2026;
Que, con Oficio N° 6850/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante OSCAR ALEJANDRO TORRICO INFANTAS, identificado con CIP. 00808532 y DNI. 43341389 (titular), y del Contralmirante CESAR AUGUSTO MAURICIO JARAMILLO, identificado con CIP. 01816810 y DNI. 43442052 (suplente), para participar en el 178° Aniversario de la creación de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante de Chile, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 31 de agosto al 1 de setiembre de 2026; así como autorizar su salida del país el 30 de agosto, sin que este día genere gasto al tesoro público, y su retorno el 1 de setiembre de 2026;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 105-2026, el documento de gastos y declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos el viaje N° 188-2026, la Disponibilidad Presupuestaria N° 199-2026, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000094, N° 0000003625 y 0000007108 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante Informe Técnico N° 068-2026/ASUNIT, la Institución Armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto, permitirá mantener la presencia activa del Estado en el ámbito internacional, profundizando la cooperación bilateral con la citada Dirección General y contribuir al cumplimiento uniforme y eficaz de los convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI), así como de los compromisos asumidos en la Red Operativa de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de las Américas (ROCRAM) y de otros mecanismos de cooperación técnica regional;
Que, conforme a lo indicado en el Oficio N° D.G.T.M. Y M.M. ORD N° 12600/300/50, la Dirección General del Territorio Marítimo y de la Marina Mercante de la Armada de Chile cubrirá los gastos de alojamiento durante los días que dura la actividad, por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) de lo que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa que incluyan financiamiento parcial;
Que, de acuerdo con lo indicado en el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 188-2026, la Marina de Guerra del Perú señala que los gastos por conceptos de pasajes y viáticos con financiamiento parcial, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del año fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante el Oficio N° 02104-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 530-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01577-2026- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante OSCAR ALEJANDRO TORRICO INFANTAS, titular, y del Contralmirante CESAR AUGUSTO MAURICIO JARAMILLO, suplente, para participar en el 178° Aniversario de la creación de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante de Chile, a realizarse en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 31 de agosto al 1 de setiembre de 2026; así como autorizar su salida del país el 30 de agosto y su retorno el 1 de setiembre de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasaje Aéreo: Lima - Ciudad de Santiago de Chile,
República de Chile - Lima
clase económica
US$ 668.24 x 1 persona US$ 668.24
Pasaje terrestre: Santiago de Chile -
Valparaíso - Santiago de Chile
US$ 50.00 x 1 persona x 2 (ida y vuelta) US$ 100.00
Viáticos:
US$ 370.00 x 1 persona x 2 días x 40% US$ 296.00
Total a pagar: US$ 1,064.24
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2547306-1