Aceptan renuncia de vocal del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios
RESOLUCIÓN N° 000104-2026-CD/OSIPTEL
Lima, 24 de agosto del 2026
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OBJETO |
ACEPTACIÓN DE RENUNCIA AL CARGO DE VOCAL DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCIÓN DE RECLAMOS DE USUARIOS |
VISTO:
La carta de renuncia presentada por el señor José Angello Tangherlini Casal a su cargo de vocal del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu);
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) es competente para resolver los reclamos de los usuarios en segunda instancia; asimismo, dispone que la conformación y el funcionamiento del Trasu serán definidos por el Osiptel, mediante resolución del Consejo Directivo;
Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00109-2022-CD/OSIPTEL, se aprueba el Procedimiento para la selección y designación de los Vocales del Trasu, quienes son designados por decisión del Consejo Directivo;
Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 00176-2024-CD/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de junio de 2024 se designó entre otros, al señor José Angello Tangherlini Casal como vocal del Trasu a partir del 28 de junio de 2024 por un periodo de tres (3) años;
Que, con fecha 7 de agosto, el señor Tangherlini presentó su carta de renuncia al cargo de vocal del Trasu, por motivos personales, solicitando que ésta sea aceptada con efectividad a partir del 7 de agosto de 2026;
Que, mediante Informe N° 44-2026-STSR/OSIPTEL, la Secretaría Técnica de Solución de Reclamos emite opinión favorable respecto a la procedencia de la tramitación de la renuncia presentada;
Que, el numeral 2 del artículo 7 del Reglamento Interno del Trasu, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 102-2017-CD/OSIPTEL, referido a la vacancia del cargo de vocal del Trasu, precisa que la renuncia al cargo de vocal debe ser aceptada por el Consejo Directivo;
Que, al no existir objeción a la renuncia presentada por el señor José Angello Tangherlini Casal, resulta viable su aceptación, correspondiendo dejar constancia del reconocimiento institucional por los servicios prestados;
Que, en aplicación de lo previsto por el inciso g) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y modificado mediante Decreto Supremo N° 140-2023-PCM, y estando al Acuerdo N° 1085/5211/2026 adoptado por el Consejo Directivo en la sesión de fecha 20 de agosto de 2026; y, sobre la base del Informe N° 000044-2026-STSR/OSIPTEL.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el señor José Angello Tangherlini Casal al cargo de vocal del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios, con eficacia anticipada, a partir del 7 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas la notificación de la presente resolución al señor José Angello Tangherlini Casal, para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del Osiptel (https://www.gob.pe/osiptel).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ
Presidente Ejecutivo
Consejo Directivo
2547050-1