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Fecha de publicación: 30/09/2026
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Ordenanza Regional que aprueba la “Estrategia Regional Frente al Cambio Climático de Huancavelica al 2050”

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

N° 563-GOB.REG-HVCA/CR

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA

Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA “ESTRATEGIA REGIONAL FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO DE HUANCAVELICA AL 2050”

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, indica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

Que, Constitución Política del Perú, establece entre los derechos fundamentales de la persona, Numeral 22 del artículo 2. a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, en atención a ello, esta misma norma prescribe que, el Estado determina la Política Nacional del Ambiente, promueve el uso sostenible de sus recursos naturales;

Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 61 establece que: “Los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, y en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestión Ambiental (…)”;

Que, la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en su artículo 6 señala como instrumentos de gestión y planificación ambiental: (…) f. El diseño y dirección participativa de estrategias nacionales para la implementación progresiva de las obligaciones derivadas del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Convenio de la Diversidad Biológica y los otros tratados en los que actúe como punto focal nacional”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2015-MINAM, se aprueba la Estrategia Nacional de Cambio Climático (ENCC), el cual contiene elementos que permiten elaborar los planes sectoriales y subnacionales en materia de cambio climático;

Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático que, en su artículo 10 señala como funciones de las autoridades regionales: “1) Elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su ERCC, de conformidad con el ENCC, las NDC y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de su Plan de Desarrollo Regional Concertado (…). 2) Incorporar las medidas de adaptación y mitigación de la ERCC (…) 3) Implementar medidas de adaptación y mitigación al cambio climático a nivel regional que contribuyan a la implementación de la ENCC y NDC, en coordinación con las autoridades sectoriales, de conformidad con la normativa vigente y en el marco de sus competencias”;

Que, el Reglamento de la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado con Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM, de fecha 31 de diciembre de 2019, establece que: “Artículo 1. Objeto. La presente norma tiene como objeto reglamentar las disposiciones establecidas en la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, para la planificación, articulación, ejecución, monitoreo, evaluación, reporte y difusión de las políticas públicas para la gestión integral del cambio climático, orientadas al servicio de la ciudadanía, que buscan reducir la situación de vulnerabilidad del país frente a los efectos del cambio climático, aprovechar las oportunidades de desarrollo bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Conversión Marco de las Naciones sobre el Cambio Climático”;

Que, la Ley N° 30754 - Ley Marco sobre Cambio Climático, que tiene por objeto establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar ejecutar, reportar, monitorear evaluar y difundir políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático, a fin de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, con enfoque intergeneracional. El artículo 8) de la Ley referida a las Autoridades regionales y locales indica que los Gobiernos Regionales son responsables de ejecutar políticas públicas nacionales sobre cambio climático y diseñar, monitorear, evaluar y rediseñar las estrategias regionales sobre cambio climático. Así mismo el artículo 12) referido a los Instrumentos de gestión integral para el cambio climático, reconoce como instrumentos de gestión climática a las Estrategias Nacional y Regional de cambio climático;

Que, la Resolución Ministerial N° 152-2021-MINAM, aprueba los “Lineamientos metodológicos para la formulación actualización de las Estrategias Regionales de Cambio Climático y sus anexos”. En estos lineamientos se considera importante la Declaración de Interés Regional que tiene como objetivo expresar la voluntad política del GORE poniendo de manifiesto la necesidad de iniciar acciones para la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático. Considera también la conformación de un Grupo de Trabajo para la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el que participen todos los actores públicos y privados incluyendo a los representantes de los pueblos originarios, en el caso de la Región Huancavelica se cuenta con el Consejo Regional de Cambio Climático que asumirá el proceso de actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático y como parte del Equipo Técnico al Consejo Regional de Cambio Climático del Huancavelica;

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2024-MINAM, de fecha 27 de noviembre de 2024, se aprueba la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, en cuyos artículos 2 y 3 se determina que la conducción de la misma, se encuentra a cargo del Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación o la que haga sus veces, siendo de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el artículo I de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el ámbito de sus competencias;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 478-GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 20 de mayo de 2022 se dispone el inicio del proceso de actualización de la Estrategia Regional frente al Cambio Climático del Huancavelica.

Que, mediante la Resolución Gerencial Regional N.° 031-2023, de 13 diciembre de 2023 de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, se reconoce al Comité Regional de Mujeres y Cambio Climático de Huancavelica (COREMUCC), el cual promueve la incorporación del enfoque de género en la gobernanza climática regional.

Que, mediante Resolución Gerencial General Regional N.° 331-2025/GOB.REG-HVCA/GGR, de 19 de mayo de 2025, se reconforma el Grupo Técnico Regional de Cambio Climático, con el mandato de impulsar la actualización de la ERCC.

Que, la Comisión Ambiental Regional, en atención al memorando múltiple N° 045-2026/GOB.REG.HVCA/GGR-GRRNyGA y oficio mult. N° 056 -2026/GOB.REG.HVCA/GGR-GRRNyGA que es un órgano consultivo y de concertación entre el Estado, Instituciones privadas y Organizaciones de la Sociedad Civil ha aprobado por unanimidad el Estudio de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático al 2050.Que, mediante Oficio N° 132- 2026/GOB.REG.HVCA/GGR-GRRNYGA de fecha 31 de marzo 2026, y Oficio N° 142- 2026/GOB.REG.HVCA/GGR-GRRNYGA de fecha 09 de abril 2026, la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Ambiental remite el estudio final y las actas de aprobación del estudio de Estrategia Regional de Cambio Climático a la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación del Ministerio del Ambiente del MINAM, exponiendo el día 09 de abril 2026, ante los funcionarios el estudio definitivo de la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Huancavelica, quienes ratificaron el proceso de formulación y aprobación luego de las revisiones realizadas por la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Desertificación y la Dirección de Mitigación de Gases de Efecto Invernadero.

Que mediante el Informe N° 55-2026-GOB.REG. HVCA/GRRNYGA-SGGA/HCI-ECC del responsable de cambio climático comunica y adjunta la Opinión Legal N° 021-2026-GOB.REG.HVCA/ORAJ-jccb y el informe de aprobación suscrito por el Ministerio del Ambiente donde aprueba la Estrategia Regional de Cabio climático al 2050 según consta en el Oficio D00067-2026-MINAM-VMDERN- DGCCD.

Que, el artículo 38º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, con el voto unánime de sus miembros;

ORDENA:

Artículo Primero.- APROBAR la “Estrategia Regional Frente al Cambio Climático Huancavelica al 2050”, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, como responsable del seguimiento y monitoreo de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climático.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica para que formalice las acciones administrativas para la ejecución de la presente ordenanza regional.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica (www.regionhuancavelica.gob.pe).

Comuníquese al señor Gobernador Huancavelica para su promulgación.

En Huancavelica, a los dos días del mes de julio de 2026.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

FREEDY A. CHÁVEZ PARCO

Presidente de Consejo Regional

Dado en la sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los nueve días del mes de julio de dos mil veintiséis.

LEONCIO HUAYLLANI TAYPE

Gobernador Regional

NOTA: El/los anexo/s de la presente norma se podrán visualizar en el portal institucional del Gobierno Regional de Huancavelica, en la siguiente dirección electrónica: https://old.regionhuancavelica.gob.pe/descargas/index.php/doc/35487

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