Logo El Peruano
Fecha de publicación: 25/08/2026
Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 260-2026-PCM

Lima, 24 de agosto de 2026

VISTA: La Carta S/N de fecha 20 de agosto de 2026 del Ministerio de Minería del Gobierno de Chile; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala como una de las competencias exclusivas del Ministerio de Energía y Minas, diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la referida Ley establece como función específica del Ministerio de Energía y Minas, promover la inversión sostenible y las actividades del sector;

Que, mediante Carta S/N de fecha 20 de agosto de 2026, el Ministerio de Minería del Gobierno de Chile cursa invitación al señor GUILLERMO SHINNO HUAMANI, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, para participar en el “Primer Encuentro Ministerial sobre Minerales Estratégicos para la Integración Regional”, que se realizará el 28 de agosto de 2026 en la ciudad de Santiago, República de Chile;

Que, la reunión política congregará a las máximas autoridades de minería de Argentina, Bolivia, Perú y Chile, para reafirmar una visión compartida sobre el papel estratégico de la región en el abastecimiento responsable de los minerales críticos que el mundo requiere para avanzar en la transición energética, la digitalización y el desarrollo tecnológico;

Que, el encuentro constituirá una instancia de diálogo y cooperación para fortalecer la integración regional y promover una agenda común en torno al desarrollo sostenible de los minerales estratégicos;

Que, en ese sentido, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor GUILLERMO SHINNO HUAMANI, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, el 28 de agosto de 2026, para participar en el “Primer Encuentro Ministerial sobre Minerales Estratégicos para la Integración Regional”;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure ésta, es necesario encargar el Despacho de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor GUILLERMO SHINNO HUAMANI, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago, República de Chile, el 28 de agosto de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y Apellidos

Pasajes aéreos US$

Viáticos

por un (1) día

US$

Totales

US$

GUILLERMO SHINNO HUAMANI

796.72

370.00

1,166.72

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Energía y Minas al señor MARCO ANTONIO VINELLI RUIZ, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI

Presidenta de la República

LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE

Presidente del Consejo de Ministros

GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ

Ministro de Energía y Minas

2547000-2