Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial penal de Mariano Melgar del distrito fiscal de Arequipa
resolución de la junta
de fiscales supremos
Nº 064-2026-MP-FN-JFS
Lima, 20 de agosto de 2026
VISTOS:
La carta del abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO de fecha 07 de agosto de 2026; los proveídos Nº 039422-2026-MP-FN-SEGFIN y Nº 039275-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 07 de agosto de 2026; el oficio Nº 003436-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA de fecha 07 de agosto de 2026; el oficio Nº 571-2026-MP-FN-2FPPC-MM-2D de fecha 07 de agosto de 2026; la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 102-2025-JNJ; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Por Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 102-2025-JNJ de fecha 17 de marzo de 2025, se resolvió nombrar al abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO, fiscal adjunto provincial penal de Mariano Melgar del distrito fiscal de Arequipa.
Segundo: Mediante los proveídos Nº 039422-2026-MP-FN-SEGFIN y Nº 039275-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 07 de agosto de 2026; así como el oficio Nº 571-2026-MP-FN-2FPPC-MM-2D de fecha 07 de agosto de 2026, el abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO, remite su renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Mariano Melgar del distrito fiscal de Arequipa, en mérito a su nombramiento como Juez de Investigación Preparatoria – Subespecialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar- Distrito Judicial de Arequipa, solicitando que la renuncia se haga efectiva desde el 15 de agosto de 2026.
Tercero: A través del Oficio Nº 003436-2026-MP-FN-PJFSAREQUIPA de fecha 07 de agosto de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Arequipa otorga conformidad a la renuncia del abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO.
Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso el señor abogado formula su renuncia el 07 de agosto de 2026, indicando que el último día de sus labores se realizaría el 14 de agosto de 2026, es decir, siete días después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada.
Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es eficaz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión. […]”.
Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 082-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Mariano Melgar del distrito fiscal de Arequipa, desde el 15 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución; debiendo notificarse al abogado haciéndosele de conocimiento que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO al cargo de fiscal adjunto provincial penal de Mariano Melgar del distrito fiscal de Arequipa, desde el 15 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado FABIAN JAVIER VALDIVIA CASTILLO, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional.
Artículo Tercero.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Arequipa, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2546984-3