Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Sullana
resolución de la junta
de fiscales supremos
Nº 061-2026-MP-FN-JFS
Lima, 20 de agosto de 2026
VISTOS:
La carta de la abogada RUDY ANGELICA CORDOVA ROSALES de fecha 07 de agosto de 2026; el proveído Nº 039289-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 07 de agosto de 2026; el oficio Nº 001457-2026-MP-FN-PJFSSU de fecha 10 de agosto de 2026; la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 374-2013-CNM; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 374-2013-CNM de fecha 28 de octubre de 2013, se resolvió nombrar a la abogada RUDY ANGELICA CORDOVA ROSALES, fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Sullana.
Segundo: Mediante el proveído Nº 039289-2026-MP-FN-SEGFIN de fecha 07 de agosto de 2026, la abogada RUDY ANGELICA CORDOVA ROSALES, remite su renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Sullana, en mérito a su nombramiento como Juez Penal Unipersonal del Distrito Judicial de Lima Centro, solicitando que la renuncia se haga efectiva desde el 11 de agosto de 2026.
Tercero: A través del Oficio Nº 001457-2026-MP-FN-PJFSSU de fecha 10 de agosto de 2026, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Sullana otorga conformidad a la renuncia de la abogada RUDY ANGELICA CORDOVA ROSALES; asimismo la fiscal renunciante hizo entrega de cargo el día 10 de agosto de 2026.
Cuarto: De acuerdo a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta (30) días siguientes; en el presente caso la señora abogada formula su renuncia el 07 de agosto de 2026, indicando que el último día de sus labores se realizaría el 10 de agosto y que la efectividad de su renuncia sea el 11 de agosto de 2026, es decir, tres días después de la presentación de su renuncia, pedido y plazo que se ajusta a lo establecido en la normativa señalada.
Quinto: Y, si bien el artículo 16.2 del artículo 16 del Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo es eficaz desde la fecha de su emisión, es aplicable excepcionalmente el numeral 17.1 del artículo 17 de la misma ley, que establece: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión. […]”.
Sexto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, mediante Acuerdo Nº 079-2026 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 20 de agosto de 2026, ACORDÓ por unanimidad aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por la abogada RUDY ANGELICA CORDOVA ROSALES al cargo de fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Sullana, desde el 11 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.
Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar con eficacia anticipada la renuncia formulada por la abogada RUDY ANGELICA CORDOVA ROSALES al cargo de fiscal adjunto provincial penal (corporativo) de Sullana, desde el 11 de agosto de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo Segundo.- Remitir copia certificada de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fines pertinentes.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Sullana, a la Gerencia General, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, así como a la interesada, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2546984-2