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Fecha de publicación: 25/08/2026
Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

Disponen incorporación y designación de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)

Resolución Directoral Ejecutiva

N° 082-2026/APCI-DE

Miraflores, 24 de agosto de 2026

VISTOS:

El Memorándum N° 0185-2026-APCI/GG del 20 de agosto de 2026, de la Gerencia General; el Informe 0533-2026-APCI/OAD-URH del 21 de agosto de 2026, de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe N° 0115-2026-APCI/OAD del 21 de agosto de 2026, de la Oficina de Administración; y, el Informe N° 0254-2026-APCI/OAJ del 21 de agosto de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene por funciones ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y privado, en función de la política nacional de desarrollo, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI); y, proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de política exterior;

Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado; así como, para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas;

Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los siguientes grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir Servidores de Confianza;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de confianza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el servicio civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó e ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; debiendo cumplir con el perfil del puesto en función de formación, conocimiento y experiencia y no están sujetos a período de prueba, conforme lo prevén los artículos 178 y 263 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM;

Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil dispone que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa; en tanto su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la entidad;

Que, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, el procedimiento de vinculación para el acceso a cargos de confianza se inicia con la solicitud del funcionario proponente ante la Oficina de Recursos Humanos, acompañada de la documentación sustentatoria correspondiente; instancia que verifica el cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa vigente y en los instrumentos de gestión de la entidad, así como la inexistencia de impedimentos para el acceso a la función pública mediante la revisión de los registros legalmente establecidos, emitiendo el informe respectivo; en tal sentido, de verificarse el cumplimiento del perfil y de las condiciones exigidas para el puesto, corresponde continuar con el procedimiento de designación mediante la emisión y publicación del acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 077-2026/APCI-DE del 19 de agosto de 2026, se dio por concluida la designación de la señora Lillian Lourdes Carrillo Meza como Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica, quedando vacante dicho puesto;

Que, con la Resolución Directoral Ejecutiva N° 078-2026/APCI-DE del 20 de agosto de 2026, se efectuó la asignación temporal de funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica a la señora Rosa Guadalupe Calle Parra, en adición a las funciones derivadas de su contratación bajo el régimen del Decreto legislativo N° 1057;

Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 040-2019/APCI-DE del 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, actualizada con la Resolución Administrativa N° 032-2024/APCI-OAD del 27 de agosto de 2024, se incorpora el puesto de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica pertenece al grupo de servidores civiles: Directivo Público, familia de puestos: Dirección Institucional, familia de puestos: Dirección Institucional, rol: Dirección Estratégica, puesto tipo: DP0010214 - Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de Gobierno Nacional, código del puesto: DP0014, dependencia jerárquica. Director Ejecutivo, grupo de servidores al que reporta: Funcionario Público;

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000093-2021-SERVIR-PE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de julio de 2021, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en la Sesión N° 016-021, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, mediante de la Resolución Administrativa N° 064-2026/APCI-OGA del 25 de junio de 2026, se realizó la doceava actualización del CPE, el cual incluye el puesto de jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica (Número de Orden: 014; Naturaleza del Órgano: Asesoramiento; Código: DP0014), el mismo que se encuentra presupuestado; y, en condición de vacante desde el 20 de agosto de 2026 por renuncia voluntaria de la titular; y, con la Resolución Administrativa N° 074-2026/APCI-OGA del 21 de agosto de 2026, se actualiza el Cuadro de Contratación Directa (CCD) y del Plan de Implementación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a fin de incorporar el puesto de confianza correspondiente a jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Quel, el literal n) de artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 006-2026/APCI-DE, establece que la Dirección Ejecutiva es la encargada de la designación y remoción de lo servidores de confianza de los Órganos de la APCI;

Que, los artículos 6, 17, 18 y 19 del Texto Integrado del ROF de la APCI establecen dentro de la estructura orgánica de la APCI a la Oficina de Asesoría Jurídica como órgano de asesoramiento de la Agencia, así como las funciones de dicha unidad organizacional;

Que, mediante Memorándum N° 0185-2026-APCI/GG del 20 de agosto de 2026, la Gerencia General solicitó la evaluación del cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419 respecto de la profesional Adelaida Ávila Bolívar, con la finalidad de determinar la viabilidad de su incorporación al puesto de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, mediante Informe N° 0533-2026-APCI/OAD-URH del 21 de agosto de 2026, la Unidad de Recursos Humanos concluyó que la señora Adelaida Ávila Bolívar cumple los requisitos establecidos para el puesto y no registra impedimento ni inhabilitación para el ejercicio de la función pública;

Que, mediante Informe N° 0115-2026-APCI/OAD del 21 de agosto de 2026, la Oficina de Administración otorgó conformidad al informe emitido por la Unidad de Recursos Humanos y recomendó la emisión del acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante Informe N° 0254-2026-APCI/OAJ del 21 de agosto de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la designación de la señora Adelaida Ávila Bolívar como Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica; precisándose que los derechos y obligaciones del servidor civil se encuentran regulados en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y demás normas complementarias y conexas;

Con los vistos de Gerencia General, la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI); y,

Que, de conformidad con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modificatorias; y, en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 006-2026/APCI-DE; y, en concordancia con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la asignación temporal de funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica efectuada a la señora Rosa Guadalupe Calle Parra, precisando como último día de servicio el 24 de agosto de 2026, dándosele la gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Dar por concluida la participación de la señora Rosa Guadalupe Calle Parra en toda comisión, encargo y/o asignación de funciones, en adición a las realizadas por la asignación temporal de funciones del despacho de la Oficina de Asesoría Jurídica.

Artículo 3.- Disponer la incorporación y designación, a partir del 25 de agosto de 2026, de la señora Adelaida Ávila Bolívar en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), perteneciente al grupo de Directivos Públicos, familia de puestos Dirección Institucional, rol Dirección Estratégica y Código de Puesto DP0014, bajo el régimen de la Ley del Servicio Civil.

Artículo 4.- El vínculo de la servidora se rige por la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General, las disposiciones emitidas por SERVIR y demás normas complementarias aplicables.

Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Administración y a la Unidad de Recursos Humanos para las acciones que correspondan.

Artículo 6.- Encargar a la Unidad de Recursos Humanos la notificación de la presente resolución a la señora Adelaida Ávila Bolívar y a la señora Rosa Guadalupe Calle Parra.

Artículo 7.- Disponer que la Oficina de Administración gestione la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (www.gob.pe/apci) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA SOLEDAD GARAGORRI GOTTFRIED

Directora Ejecutiva

Agencia Peruana de Cooperación Internacional

2546802-1