Convocan a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas
de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el año 2026
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2026/MDV-ALC
Ventanilla, 21 de agosto de 2026
LA PRIMERA REGIDORA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD
DE VENTANILLA
VISTO:
El Memorando Nº 2321-2026/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 300-2026/MDV-GPLP-SGPI de la Subgerencia de Planificación e Inversiones, el Informe Nº 293-2026/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 928-2026/MDV-GM y el Proveído Nº 8636-2026 de la Gerencia Municipal respecto a la emisión del Decreto de Alcaldía que disponga la realización de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el año 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización, prescribe que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la gestión pública, para lo cual deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas;
Que, asimismo, los artículos 20º, numeral 36, y artículo 119-A de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modificada por la Ley Nº 31433, establecen que es atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales, conforme a la circunscripción de gobierno local; y, que las audiencias públicas municipales constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las dificultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, así como que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, a su vez, los artículos 39° y 42° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señalan que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de Gobierno, mediante Decretos de Alcaldía, los que resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, los artículos 112º, 121º y 148º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, preceptúan que, los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la gestión, para tal fin deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información; y que ejercen el derecho de control, a través de la demanda de rendición de cuentas; así como que, los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos; y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confianza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos públicos;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, se aprobó el Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales que tiene por objetivo brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y gobiernos locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;
Que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 043-2026/MDV-CDV de fecha 03 de agosto de 2026, se encargó, con eficacia anticipada al 06 de junio de 2026, el despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Ventanilla a la señora Rocío del Pilar Cáceres Saboya, Primera Regidora, a partir del 06 de junio de 2026 hasta el 04 de octubre de 2026;
Que, en este contexto, de acuerdo con las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado por Ordenanza Municipal N° 010-2021/MDV y N° 022-2021/MDV, mediante los documentos del visto, la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica y Subgerencia de Planificación e Inversiones, remiten la propuesta del Decreto de Alcaldía que convoca a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de Ventanilla y vecinos en general, a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla a llevarse a cabo el 29 de setiembre de 2026, el formulario de inscripción de participantes, la propuesta de agenda de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, así como se apruebe el cronograma respectivo;
Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de las unidades orgánicas competentes, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 y artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil de Ventanilla, y vecinos en general, a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el año 2026, según el cronograma que se indica a continuación:
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AUDIENCIA PÚBLICA |
FECHA |
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Convocatoria Pública (Publicación en el Diario Oficial y portal web). |
Hasta el 30 de agosto de 2026 |
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Difusión de la Audiencia Pública. |
Del 01 al 28 de setiembre de 2026 |
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Inscripción y registro de participantes de manera presencial en el Centro de Mejor Atención al Ciudadano, MAC -Ventanilla (*), de acuerdo al Anexo 1. |
Del 01 al 29 de setiembre de 2026 |
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Audiencia Pública, a realizarse en el Auditorio del Centro de Mejor Atención al Ciudadano, MAC - Ventanilla (*). |
29 de setiembre de 2026 Hora: 10:00 hrs. |
* Ubicado en la Calle 6, Mz. C9, Nº 133, Urbanización Ex Zona Comercial e Industrial de Ventanilla
Artículo 2.- PRESENTAR la propuesta de Agenda de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el año 2026, según Anexo 2 del presente Decreto y establecer un plazo improrrogable de quince (15) días calendarios, contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria, para que la ciudadanía formule propuestas sobre la temática de la Audiencia Pública, el cual vence el 14 de setiembre de 2026.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Participación Vecinal, a los órganos y demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, procediendo conforme a sus funciones acorde a Ley; así como también a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación del presente en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y en la página del portal oficial del Estado Peruano.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General disponga la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROCÍO DEL PILAR CÁCERES SABOYA
Primera Regidora
Encargada del Despacho de Alcaldía
ANEXO N° 1
FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES EN LA SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
1) Datos personales
Apellidos y Nombres:
…………………………………………………………………………………………….................
Documento de Identidad:
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DNI |
Carné de extranjería |
Otro (especificar) |
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Número de documento de identidad: …………………………………
Edad: ………………………………….…..
Dirección domiciliaria: ……………………..……………………………………………………………………....……………………………………………………………………………………………………………………......
Correo electrónico:
……………………………………………………………………………………………….................................
Teléfono: ………………………………………….. Número de celular: ……………………………………….
Lengua materna: ……………………………….…………………………………………………………………
Indicar si requiere de algún ajuste razonable para poder participar en la audiencia
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Sí |
No |
Si la respuesta es sí, indique la clase de ajuste razonable requerido
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Reducida o nula movilidad |
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Reducida o nula visibilidad |
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Reducida o nula audición/habla |
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Otros |
2) Indicar los datos de la institución, entidad, organización o similares a los que representa, de ser el caso.
Nombre de la organización: ………………………………………………………………………………….....
R.U.C.: ……………………………………………………
Dirección: ………………………………………………………………………………………………………….
La organización es una entidad:
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Púbica |
Privada |
Social/ONG |
Asociación/ comité/ fundación |
Empresa |
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3) Intervención en la audiencia pública de rendición de cuentas. Marcar la alternativa que corresponda:
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Participará como asistente |
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Participará formulando propuestas, observaciones o comentarios de interés sobre la agenda |
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Formulará preguntas escritas, las mismas que serán entregadas el día de la audiencia |
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Intervendrá formulado una pregunta verbal |
Indicar el tema o pregunta de interés para la audiencia pública de rendición de cuentas (solo un tema o pregunta por participante):
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4) Derechos y obligaciones de los participantes a las audiencias públicas de rendición de cuentas:
- Participar en la audiencia pública de rendición de cuentas sin barreras que generen limitaciones por razones de discapacidad, vulnerabilidad o filiación política.
- Hacer uso de la palabra para realizar preguntas o comentarios referentes a los temas detallados en la agenda de rendición de cuentas.
- Recibir información referente a los temas objeto de rendición de cuentas previo al desarrollo de la audiencia pública.
Del mismo modo, los participantes de la audiencia pública de rendición de cuentas deben observar las siguientes obligaciones:
- Respetar el orden de participación establecido para las intervenciones.
- Emplear un vocabulario adecuado al realizar las intervenciones.
- Respetar la participación de todos los involucrados en la audiencia pública.
¿Acepta las normas de conducta descritas anteriormente para participar de la audiencia pública de rendición de cuentas?
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Sí |
No |
5) Lugar, fecha y firma del participante
Lugar: ……………………………………..
Fecha: …………………………………….
Firma:
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ANEXO N° 2
PROPUESTA DE AGENDA DE LA SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA
TEMÁTICAS DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS
1. Ejecución Presupuestal;
2. Ejecución de Inversiones;
3. Principales Servicios Públicos en el Distrito de Ventanilla:
- Desarrollo Humano (Mujer y Familia, DEMUNA y OMAPED);
- Servicios Educativos, Culturales, Deportivos y Recreativos;
- Participación Vecinal y Programas Sociales y apoyo a la formalización de Asentamientos Humanos;
- Servicios de Salud;
- Desarrollo Económico;
- Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos de Desastres;
- Gestión de Residuos Sólidos y Gestión Ambiental.